El plebiscito que viene
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El fallo de la Corte fue impecable y según las encuestan ganaría el “sí”. Pero la campaña será polarizada y todavía falta la pregunta del millón: ¿votaremos antes o después de que la desmovilización de las FARC sea un hecho irreversible?
Hernando Gómez Buendía*
El fallo
El gobierno buscaba un referendo pero la Corte Constitucional le aprobó un plebiscito.
La diferencia es de fondo: el referendo reforma la Constitución o aprueba una ley, y debe contener tantas preguntas como reformas específicas se quieran; el plebiscito le dice “sí” o “no” al presidente cuando quiere tomar una decisión que él mismo considera de especial trascendencia.
La confusión fue creada por el propio gobierno, que presentó un proyecto de ley sobre el Plebiscito pero le colgó un artículo que lo volvía un mega-referendo porque el “sí” daría validez constitucional y legal a todas las reformas que resulten del Acuerdo de La Habana.
A juzgar por el comunicado del 18 de julio, la Corte falló en derecho y ajustó la Ley a lo que dice la Constitución sobre el plebiscito: “Artículo 104. El Presidente de la República, con la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del Senado, podrá consultar al pueblo decisiones de trascendencia nacional. La decisión del pueblo será obligatoria. La consulta no podrá realizarse en concurrencia con otra elección”.
Este enfoque ortodoxo condujo a cinco precisiones principales:
El gobierno buscaba un referendo pero la Corte Constitucional le aprobó un plebiscito.
1. Sí al plebiscito. Firmar la paz es una decisión política del presidente que él puede (o no) someter a plebiscito porque el asunto es de trascendencia nacional y no implica invadir facultades de otras Ramas del poder.
2. Sí al umbral. La Constitución del 91 delegó en una ley estatutaria la reglamentación del plebiscito, y la 134 de 1994 había establecido como umbral de participación “la mayoría del censo electoral” (o sea que hoy habrían sido necesarios más de 16 millones de votos por el “sí” o por el “no”). La nueva ley fijó un umbral de aprobación del 13 por ciento del censo electoral (4,2 millones de votos por el “sí”), y la Corte estimó que esta cota es “representativa”. Se trata de un criterio respetable de los magistrados, aunque queda el “pero” de que la rebaja del umbral hubiera sido una jugada del gobierno para facilitar la ratificación del Acuerdo.
3. No a la obligatoriedad jurídica. La Corte en cambio frustró el intento del mega-referendo, de modo que el plebiscito en realidad no “ratifica” nada distinto de la firma de Santos, y que las leyes o reformas constitucionales que resulten del Acuerdo con las FARC serán libremente decididas por la instancia competente.
4. Pregunta sin maquillaje. Para reducir el riesgo de una respuesta inducida, la Corte precisó que el plebiscito no se refiere a la paz sino al Acuerdo de la Habana. El fallo sin embargo no estipula una fórmula precisa, y aquí queda un espacio lingüístico y semántico que el gobierno o el Congreso podrían aprovechar en su momento.
5. Pedagogía pero no propaganda. Por esta única vez, la mayoría de los funcionarios públicos podrán hacer campaña por el “sí” o el “no” (aunque con “más de 127 restricciones”); y la campaña no podrá promover partidos o candidatos, sino apenas ideas. Esto es buscar el gobierno pedagógico y es un esfuerzo (poético y patético) para que la democracia participativa sea también deliberativa.
Ganará el sí
![]() Palacio de Justicia en la Plaza de Bolívar de Bogotá. Foto: young shanahan |
Para que el pueblo ratifique el acuerdo se necesita (i) un mínimo de 4.286.770 votos por el “si”, y (ii) que haya más votos por el “sí” que por el “no”. Sobre estas bases, las últimas encuestas sugieren que va a ganar el “sí” cómodamente. Proyectando al volumen del censo electoral (32.975.154 votantes), se obtendrían los siguientes resultados:
Tasa de votación Total votos Por el sí Por el no
(en millones)
Encuestas más recientes
Ipsos (marzo) 63% 20,8 6,9 5,2
Cifras &Conceptos (marzo) 67% 22,1 13,5 6,4
Gallup (abril) 52% 17,1 9,1 6,3
Cifras & Conceptos (mayo) 59% 19,5 11,1 6,4
Ipsos (junio) 64% 21,1 7,6 5,3
Gallup (junio) 54% 17,8 12,5 3,0
Cifras y Conceptos (junio) 65% 21,4 16,7 4,1
Fuente: encuestas mencionadas y cálculos del autor
De esta manera – y en el peor de los casos- el “sí” tendría casi dos millones de votos más que el “no” y estaría 2,3 millones por encima del umbral. Este margen de seguridad sin duda fue el argumento principal y la baza de último momento para auto-convencer a Santos y, sobre todo, convencer al mando de las FARC para correr un riesgo innecesario y de tan graves consecuencias potenciales (al punto que en pasada edición de Razón Publica yo hubiera sugerido la existencia de un acuerdo secreto entre la Corte, el gobierno y las FARC para evitar la consulta con el pueblo).
Pero el riesgo persiste
-En cuanto a la abstención porque votar es mucho más difícil que expresar la intención de votar, o sea que las encuestas tienden a exagerar las tasas de participación electoral.
Entre 1978 y 2014 en elecciones nacionales (presidente o Congreso) la participación ha fluctuado entre 33 y 55 por ciento (con un 40-45 por ciento como valor típico), un rango muy por encima del 52-67 por ciento que las encuestas estiman para el plebiscito. Y a esto habría que sumarle dos factores:
- Sin estar de por medio el interés personal de los políticos no se van a mover sus maquinarias, y el plebiscito sería más bien comparable a la Constituyente del 91 (cuando votó apenas el 24 por ciento de la gente) o al referendo de Uribe (cuando solo una de las 15 preguntas logró el umbral del 25 por ciento).
- Sin obstar lo que dicen las encuestas, hay un cierto “cansancio de la paz” en la opinión -y especialmente en la ciudades-. Esto sería el fruto de por lo menos tres razones poderosas:
-Las conversaciones han tomado demasiado tiempo.
-Las negociaciones dejaron de ocuparse de la gente (tierra, drogas…) para ocuparse de los guerrilleros (justicia transicional, seguridad en zonas de concentración,…).
-El beneficio principal del Acuerdo (disminución de la violencia) se logró antes de firmarse el Acuerdo.
Aún si no alcanzaran para frustrar el “si”, las consideraciones anteriores son sin embargo suficientes para entender la de otro modo inexplicable vacilación del Centro Democrático entre apostarle al “no” o a la abstención.
-En cuanto al voto por el “sí” o el “no” porque las dos campañas están apenas comenzando. Aunque la ventaja porcentual del “sí” es muy considerable (más de 20 puntos en todos los sondeos), la opinión ha tenido sus altas y sus bajas, y por ejemplo en julio del año pasado habría ganado el “no” en un plebiscito.
Se ha escrito mucho y no sabemos nada sobre cómo deciden los votantes. Las encuestas colombianas, para peor, no permiten el tipo de “análisis factorial” que arrojaría alguna luz sobre el asunto. Pero en este caso y a título de hipótesis, diría yo que las creencias van a tener un peso significativo y versarán sobre cuatro ejes principales de lectura del (tan extenso y complejo) “Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”. Estos ejes serían los siguientes:
Lecturas para el sí Lecturas para el no
“El Acuerdo me afecta” “El Acuerdo me afecta”
“Voto por la paz” “Voto contra la impunidad”
“Voto por Santos” “Voto por Uribe”
“Voto por reformas necesarias” “Voto contra el castro-chavismo”
Las campañas organizadas de lado y lado –y sobre todo los medios de comunicación- acentuarán una u otra lectura, y cada quien votará según perciba y valore en su momento esos varios referentes. Un comentario apenas sobre cada eje:
- La abstención será mayor entre la gente que no cree en la importancia del Acuerdo. La movilización y la participación de los extremos serán mayores que las del centro.
- Los mismos encuestados que están mayoritariamente a favor de “la paz”, están abrumadoramente en contra de “la impunidad para las FARC” y “su llegada al Congreso”: ¿cuál de estas dos lecturas acabará por imponerse?
- Santos es muy impopular y Uribe es muy popular. Pero Santos tiene el gobierno y los medios de comunicación, mientras que Uribe no logró las mayorías para el Centro Democrático (¿será que Uribe tiene más pasado que presente?).
- La izquierda espera que haya cambios sociales y apertura política, la derecha dice que vendrá el castro-chavismo; pero todos sabemos que en el fondo no habrá mucho de lo uno o de lo otro, y por eso para mí este no es el primero sino el cuarto de los ejes en disputa.
La pregunta del millón
![]() Firma del Cese al Fuego entre el Presidente Santos y Timoleón Jiménez. Foto: United Nations Photo |
Aunque no existen palabras neutrales, pienso yo que una lectura “imparcial” del acuerdo entre el gobierno y las FARC diría que esta guerrilla acepta desmovilizarse a cambio de unas reformas moderadas en el campo, de una justicia mucho menos punitiva para los exguerrilleros y de las garantías para hacer política. Los resultados tangibles e inmediatos que podemos esperar serían, por una parte, la disminución de la violencia política, y por la otra el no castigo o el castigo reducido de los exguerrilleros.
Se ha escrito mucho y no sabemos nada sobre cómo deciden los votantes.
Bajo estas circunstancias el votante “medio” y el votante “racional” (los que imaginan los textos académicos) harían el cálculo entre la desmovilización (el beneficio) y el “no castigo” (costo). Y para no perderme en abstracciones, plantearé la cuestión así a la bruta: ¿qué necesidad tienen los colombianos de pagar el costo (no castigo) si ya tienen seguro el beneficio (la desmovilización)?
Por eso aquel votante “racional” -y tal vez muchos votantes reales- se inclinarán por el “no” en tanto perciban que la desmovilización de las FARC ya se produjo o no tiene reversa. Este dato esencial no está aclarado y depende, entre otras cosas, de:
- Si el Acuerdo se aplica a partir de la fecha de su firma o de la del Plebiscito (hay realidades, bases jurídicas y textos de La Habana para afirmar lo uno o lo otro).
- El cronograma pactado para la desmovilización (concentración en zonas transitorias, entrega gradual de armas…) y el previsto en la Ley de Plebiscito (cruzar estos cronogramas es un trabajo de relojero que bien merece otro artículo).
- La evaluación que debe hacerse sobre el estado militar de las FARC y sobre el grado de reversibilidad de las medidas que ha venido adoptando o que adopte con anterioridad al plebiscito (cese al fuego, no secuestros, no reclutamientos, no instrucción militar, entrega gradual de armas…)
- La seriedad del compromiso de las FARC con la declaración inicial de su vocero: “no volveremos a la guerra si los colombianos votan en contra del plebiscito”.
No exagero al decir que desde los puntos de vista ético y estratégico, esta frase es la más importante de cuantas se han pronunciado o escrito en la mesa de La Habana.
Queda por ver su efecto sobre la decisión de los votantes.
*Director y editor general de Razón Pública. Para ver el perfil del autor, haga clic en este enlace.
Acerca del autor
Hernando Gómez Buendía
* Director y editor general de Razón Pública. Para ver el perfil del autor, haga clic aquí.
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El fallo de la Corte fue impecable y según las encuestan ganaría el “sí”. Pero la campaña será polarizada y todavía falta la pregunta del millón: ¿votaremos antes o después de que la desmovilización de las FARC sea un hecho irreversible?






