¿Es conveniente para Colombia retirarse de la Corte Penal Internacional?
Foto: Corte Penal Internacional

¿Es conveniente para Colombia retirarse de la Corte Penal Internacional?

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Es una pésima decisión salir de la CPI dado el papel —muchas veces invisible— que ha cumplido a favor de la paz en Colombia y su función de crear una conciencia universal a favor del respeto a los derechos humanos.

El pasado 18 de agosto el secretario de Estado, Marco Rubio, anunció sanciones contra la presidenta de la CPI, la jueza japonesa Tomoko Akane, y contra el juez senegalés Abdoulaye Seye, quien sustituye provisionalmente al fiscal destituido de la Corte Karim Khan, tales como la prohibición de viajar a Estados Unidos y el congelamiento de sus activos, en un nuevo paso de este país para intentar acabar con este tribunal. 

Según un comunicado del secretario de Estado, Marco Rubio, “estas personas se han involucrado directamente en los intentos de la CPI para investigar, arrestar, detener o perseguir a funcionarios cuyos gobiernos no reconocen la jurisdicción” de ese tribunal, añadiendo que “la administración Trump ha sido clara: la CPI es un tribunal supranacional corrupto y fatalmente politizado que ha abusado de manera maliciosa de su autoridad y ha excedido su mandato. No toleraremos este asalto a la soberanía”.

Pero Rubio no se ha limitado a distanciar aún más a Estados Unidos de la CPI, sino que ha iniciado una ofensiva para presionar a otros gobiernos aliados para que rompan sus vínculos con la Corte. 

En un comunicado, la CPI reaccionó considerando que esas sanciones “socavan el Estado de derecho (…). Cuando se amenaza a los actores de la justicia por aplicar la ley, es el orden legal internacional el que se pone en riesgo”. Y anunció que continuará su labor. 

Es decir, estamos viviendo un momento nada fácil para la CPI, y en nuestro caso existen serios rumores del retiro de Colombia. ¿Se trata de una decisión autónoma o el resultado de una presión de Washington? Durante la reunión de la naciente Coalición de las Américas contra los Carteles celebrada a mediados de agosto en Panamá, el secretario de Guerra estadounidense, Pete Hegseth, llamó a los países del llamado Escudo de las Américas a abandonar el tribunal.

¿Ha sido positiva para Colombia la CPI?

El Tratado de Roma fue aprobado durante la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el Establecimiento de una Corte Penal Internacional el 17 de julio de 1998 y entró en vigor cuatro años más tarde, el primero de julio de 2002, tras su ratificación por parte de sesenta Estados. 

En Colombia, el Congreso de la República aprobó en último debate en la Cámara de Representantes el 16 de mayo de 2002 la adhesión del país al Tratado de Roma, y el 5 de agosto de 2002 Andrés Pastrana firmó el tratado. Más tarde, la Corte Constitucional sostuvo que el tratado se ajustaba a la normatividad interna. 

Lo interesante fue que Andrés Pastrana consultó con Álvaro Uribe Vélez la adhesión a la CPI y este aceptó con una condición: aplicar la “disposición de transición” contenida en el artículo 124 del Estatuto de Roma. 

Artículo 124. Disposición de transición. No obstante lo dispuesto en los párrafos 1 y 2 del artículo 12, un Estado, al hacerse parte en el presente Estatuto, podrá declarar que, durante un período de siete años contados a partir de la fecha en que el Estatuto entre en vigor a su respecto, no aceptará la competencia de la Corte sobre la categoría de crímenes a que se hace referencia en el artículo 8 cuando se denuncie la comisión de uno de esos crímenes por sus nacionales o en su territorio. La declaración formulada de conformidad con el presente artículo podrá ser retirada en cualquier momento.

Es decir, el Estatuto de Roma solo entró a regir en Colombia en 2002 para genocidio (art. 6º) y crímenes de lesa humanidad (art. 7), y para los crímenes de guerra (art. 8), a partir del 5 de agosto de 2009. La idea de Uribe era aprovechar este lapso de siete años para adelantar las negociaciones en curso con las AUC y, eventualmente, con el ELN y las FARC. 

Ahora bien, el vínculo de Colombia con la CPI ha sido muy positivo para el país. Quisiera el respecto recordar algunos episodios de los cuales fui testigo. 

Primer impacto positivo

En el año 2003 el gobierno de Álvaro Uribe había presentado al Congreso de la República el Proyecto de Ley Estatutaria N. 85 de 2003, “por el cual se dictan disposiciones en procura de la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional”, más conocida como la Ley de Alternatividad Penal. 

Sin embargo, voces, tanto internas como externas, expresaron su inconveniencia debido a los riesgos de que la CPI pudiera intervenir en Colombia por sus débiles estándares de justicia. No olvidemos que un caso nacional es admisible en la CPI por dos razones: (1) por la incapacidad de un Estado para administrar justicia o (2) por la falta de voluntad de un Estado para administrar justicia. 

Ante este riesgo, este proyecto fue abandonado y el gobierno Uribe decidió presentar ante el Congreso la Ley 975 de 2005, más conocida como Ley de Justicia y Paz, con dientes más afilados y que permitió la detención y la condena de la cuasi totalidad de la cúpula de las Autodefensas Unidas de Colombia, así como de más de seiscientos de sus miembros de rango alto o medio.

Foto: Asamblea de Estados Parte CPI

Segundo impacto positivo 

En junio de 2004, el primer fiscal de la CPI, Luis Moreno Ocampo —tan recordado por su papel clave en el Juicio a las Juntas en 1985, en el cual se juzgó a los máximos responsables de la última dictadura militar en Argentina— decidió abrir un “examen preliminar” en nuestro país, es decir, la etapa previa prevista en el Estatuto de Roma antes de abrir en forma un proceso de investigación. 

Este examen preliminar, el primero a nivel mundial, tuvo un gran impacto en Colombia. En efecto, en una visita a la cárcel de Máxima Seguridad de Itagüí en el oriente antioqueño, en donde se hallaban recluidos los principales jefes de las AUC como presidente de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR), les pregunté a varios de ellos las razones para haberse acogido a la Ley de Justicia y Paz y, por tanto, a las penas previstas, y me respondieron que había sido el resultado de una consulta con sus abogados: estos les habían recomendado acogerse a esta ley para evitar el riesgo de ser llamados a juicio por la CPI y pagar altísimas penas de prisión lejos de su país. Es decir, la CPI fue clave para la desmovilización de las AUC. 

Tercer impacto positivo

El fiscal de la CPI Luis Moreno Ocampo, quien ejerció este cargo entre el 16 de junio de 2003 y el 15 de junio de 2012, antes de terminar su mandato había tomado la decisión de cerrar el examen preliminar en Colombia y solicitar a los jueces una apertura en forma de una investigación contra la cúpula de las FARC y contra miembros de la cúpula militar.  

Esta decisión habría simple y llanamente terminado de tajo con las conversaciones de paz que se estaban desarrollando en secreto con las FARC y que habrían de culminar con las negociaciones en La Habana. Sin embargo, apenas el Fiscal supo del proceso en curso tomó la decisión de no solicitar una investigación en forma, con objeto de salvaguardar el derecho a la paz en Colombia. 

Pero, a su turno, también decidió mantener a Colombia bajo examen preliminar, pues esta figura constituía una sólida “espada de Damocles” sobre los grupos armados e, incluso, sobre las Fuerzas Armadas para evitar que cayeran o recayeran en acciones contrarias al Derecho Internacional Humanitario. Yo fui testigo de estas sabias decisiones de Moreno Ocampo, pues me encontraba en La Haya desde 2011, primero como miembro de la Junta Directiva del Fondo de Víctimas de la CPI, y luego como embajador de Colombia ante el gobierno de los Países Bajos. 

Cuarto impacto positivo

A pesar de los esfuerzos del gobierno de Juan Manuel Santos, lo cierto es que las negociaciones de paz con las FARC en La Habana transcurrían a un ritmo muy lento, lo cual generaba dudas sobre su resultado final. 

Inesperadamente, tras la salida del fiscal Moreno Ocampo y su sustitución por la entonces vicefiscal Fatou Bensouda proveniente de Gambia, una pequeña nación africana situada en la Costa Atlántica, esta llegó con la firme intención de abrir, finalmente, una investigación en Colombia contra las FARC por tres delitos, secuestro; delitos sexuales, y reclutamiento de niños, niñas y adolescentes, y contra algunos miembros de la cúpula militar por los denominados “falsos positivos”.

Sin duda, la situación de nuestro país era inusual, pues, a diferencia de otros países, tras un período de tiempo prudencial o se cerraba el examen preliminar o se abría una investigación en firme. Por esta razón y por una fuerte presión de las naciones africanas molestas con el hecho de que inmensa mayoría de los casos abiertos en aquel momento eran en su región, la nueva fiscal tomó la decisión de “desafricanizar” la CPI con el caso colombiano. Este hecho produjo un gran impacto en La Habana, pues, según me comentaron miembros de las FARC, esa posibilidad constituyó un fuerte incentivo para acelerar las negociaciones finales. 

Sin embargo, es interesante recordar que, finalmente, la apertura de la investigación no se produjo. La razón fue el costo que pagó la Fiscalía de la CPI por la apertura de una investigación contra la cúpula del Ejército de Resistencia del Señor liderada por un temible criminal de guerra, Joseph Kony, quienes se hallaban en negociaciones de paz con el gobierno de Uganda y que como consecuencia de la decisión infortunada rompieron las conversaciones. Las críticas contra la CPI fueron muy duras y, ante este hecho, Fatou Bensuda decidió dejar a Colombia bajo la figura del examen preliminar. Sabia decisión: el acuerdo de paz con las FARC pudo culminar con la firma del Acuerdo final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera el Teatro Colón el 24 de noviembre de 2016. 

El fin de la “Espada de Damocles”

A pesar de los enormes beneficios que había traído para la paz en Colombia, la figura del “examen preliminar” para los avances de los procesos de desmovilización de las AUC y las FARC, así como para una mejoría notable en el terreno de los derechos humanos por parte de las FF. AA., el 28 de octubre de 2021 en una visita de Karim Khan a la sede de la Justicia Especial para la Paz (JEP), el fiscal saliente tomó la decisión de abandonar esa figura. 

Khan fundamentó la decisión en el principio de complementariedad del Estatuto de Roma, es decir, que la CPI solo interviene cuando los sistemas judiciales nacionales no pueden o no tienen la voluntad de investigar y procesar de manera efectiva los delitos contemplados en el Estatuto de Roma. Sin duda, la JEP constituía una muestra de la voluntad de Colombia de juzgar a los principales responsables de crímenes atroces, pero, debido a la persistencia de la violencia en el país habría sido deseable no envainar la “espada de Damocles”. Para mi modo de ver, fue un error del fiscal de la CPI.  

El retiro de Colombia de la CPI

Y ahora estamos ad-portas de un nuevo error, incluso con consecuencias más funestas: el retiro de Colombia de la CPI. 

En primer término, por el alineamiento de nuestro país a los Estados Unidos (a los Estados Unidos de Trump) y a Israel (al Israel de Netanyahu). Es decir, a dos naciones dirigidas por dos líderes seriamente cuestionados. En relación con Washington, es muy alarmante el ingreso de Colombia como miembro del Escudo de las Américas y más aún el anuncio del secretario de Defensa, Pete Hegseth, afirmando que el gobierno colombiano autorizó operaciones militares tanto marítimas como terrestres conjuntas para combatir el narcoterrorismo. ¿Es que acaso se nos olvida que el gobierno Trump aún no asume su responsabilidad en los ataques del Comando Sur en el Caribe, que dejaron más de 221 lancheros muertos? Múltiples organizaciones de Derechos Humanos han denunciado que estas acciones son ejecuciones extrajudiciales que violentan el derecho internacional.

Y, en relación con Tel Aviv, algunas decisiones tomadas por el gobierno actual ya han despertado hondas incomodidades diplomáticas, como es el caso del reconocimiento de la soberanía israelí sobre los Altos del Golán, una región de Siria ocupada de forma ilegal por Israel desde 1967, tal como lo ha planteado una y otra vez la Asamblea de las Naciones Unidas. Solo Estados Unidos había reconocido en el pasado este acto y ahora Colombia. Una pésima decisión que va a aislar a nuestro país en los organismos internacionales. No olvidemos que actualmente de las 193 naciones que tienen asiento en Naciones Unidas, 125 son miembros de la CPI, es decir, el 65%.

En síntesis

Como sostienen Adam Keith y Nina Moraitou-Politzi (“Why the Trump Administration is Pushing States to Quit the ICC, and How Member States Can Push Back”, en Just Security, 27 de agosto de 2026), “la CPI es una institución imperfecta, pero su trabajo importa. Gracias a la Corte, y a las víctimas y Estados que la han apoyado, Rodrigo Duterte, supuesto arquitecto de asesinatos extrajudiciales masivos en Filipinas, enfrentará juicio este otoño. Las autoridades nacionales de Ucrania tienen un aliado poderoso en la CPI para enjuiciar crímenes de guerra rusos en su territorio. Y el año pasado, la CPI condenó a un alto comandante involucrado en las brutales guerras de Darfur”.

Por otra parte, no va a ser un camino fácil para el actual gobierno retirarse de la CPI y, además, su impacto sería limitado. No va a ser fácil, pues el Acto Legislativo 02 de 2001 modificó el artículo 93 de la Constitución de 1991 con objeto de reconocer la jurisdicción de la CPI y, además, el Estatuto de Roma fue aprobado mediante la Ley 742 de 2002 y declarado constitucional mediante la Sentencia C-578 de 2002. Es decir, que la decisión del retiro exigiría mayorías parlamentarias y un concepto favorable de la Corte Constitucional. 

Por otra parte, incluso si el gobierno actual lograra sortear estas barreras, sus efectos serían limitados, pues, si bien el artículo 127 del Estatuto de Roma afirma que “todo Estado Parte podrá denunciar el presente Estatuto mediante notificación por escrito dirigida al secretario general de las Naciones Unidas”, añade que “la denuncia surtirá efecto (solamente) un año después de la fecha en que se reciba la notificación” —y, además, no borra la competencia de la CPI en torno a los crímenes cometidos mientras una nación era parte del Tratado. 

En síntesis, es una pésima decisión salir de la CPI dado el papel —muchas veces invisible— que ha cumplido a favor de la paz en Colombia y a su función de crear una conciencia universal a favor del respeto a los derechos humanos.

Le recomendamos: Retiro de la Corte Penal Internacional: ¿defensa de la soberanía o puerta a la impunidad?

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Eduardo Pizarro Leongómez
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*Profesor emérito de la Universidad Nacional de Colombia

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