Había razones de fondo para no elegir a Ordoñez, y hay impedimentos jurídicos, éticos y políticos para volver a elegirlo. Pero estamos en Colombia.
Hernando Gómez Buendía
Intolerancia de los progresistas
“Yo soy la persona más discriminada de Colombia”, dijo el procurador Alejandro Ordoñez en estos días. En un país machista, racista, clasista, homofóbico y violento, la frase en boca de un jurista que ha escalado tan alta posición resulta algo estridente o cuando menos un tanto exagerada.
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Pero todos entendimos a qué se refería: a las críticas que han llovido sobre él por ser católico y no creer en el aborto, la eutanasia, el matrimonio entre parejas del mismo sexo y otras prácticas que contradicen su conciencia.
Obedecer a la conciencia es el primer mandato de la ética, y en eso el señor procurador tiene toda la razón. Es más: el hecho de ser católico – o masón, o budista, o ateo – no le quita (ni le pone) méritos a nadie para ocupar puestos públicos. Los “progresistas” que censuran a Ordoñez en virtud de sus creencias en realidad están a la cabeza de los retardatarios a quienes ellos suponen detestar.
De religión a subversión
Pero eso sí: entre las creencias del ciudadano Ordoñez hay una sola que sí lo inhabilita para ser procurador: es su tesis, tomada de San Agustín, según la cual “ la ley injusta no es ley”, o sea que debemos quebrantar la ley injusta.
Pues resulta que las leyes injustas no se violan. La ley injusta se cambia según las reglas del Estado de derecho. O -cuando los ciudadanos tienen el coraje de un Gandhi- la ley injusta se desobedece pero se paga el precio legal por desobedecerla.
Saltarse por encima de las leyes “injustas” es poner una moralidad particular sobre la ética civil que hace posibles la convivencia y la democracia. Es lo mismo que piensan (o pensaban) las FARC o los mormones que insisten en la poligamia: es una incitación abierta a la subversión y es la única creencia -o para ser exacto, es la única prédica-que no cabe en una sociedad pluralista.
Interpretación y moralidades
Con todo y esa tesis subversiva, el Congreso eligió a Ordoñez como Procurador General de la Nación hace cuatro años. Y desde entonces el alto funcionario comenzó a navegar en una zona gris que se acentuó con el paso del tiempo: la zona gris de interpretar la Constitución colombiana desde la perspectiva de una moralidad determinada.
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Todas las normas son por supuesto susceptibles de interpretación, pero un funcionario no puede hacerlo a la luz de un código moral que excluye o contradice los códigos morales de otras religiones aceptadas dentro de la sociedad que él representa. Y esto sencillamente porque ninguna persona tiene el derecho de imponer su conciencia sobre la del otro.
Digo que el gris se fue haciendo más oscuro porque las interpretaciones del procurador Ordoñez contradecían las interpretaciones (también, pero más autorizadas) de la Corte Constitucional. Semejantes diferencias de opinión son naturales si se trata de los conceptos previos a los fallos que corresponda emitir a la Procuraduría. Pero al procurador no le corresponde ni debe criticar abiertamente las decisiones del alto tribunal, como Ordoñez lo hizo de modo repetido. Ni mucho menos podía él negarse a cumplir las sentencias de la Corte, como hizo en relación con el aborto y con la píldora del día después.
Tres clases de impedimentos
Desobedecer los mandatos de la Corte Constitucional no es un acto de entereza sino una acción ilegal. De modo pues que Ordoñez el ciudadano estaba inhabilitado para ser procurador, y Ordoñez el procurador estaba legalmente impedido para ser postulado por la Corte Suprema de Justicia, más aun para ser reelegido por el Congreso en pleno.
También está impedido moralmente: por sentencia T-627/12 y según las pruebas que Mónica Roa detalló en Razón Pública, el procurador mintió a sabiendas sobre la “píldora del día siguiente”, sobre la objeción de conciencia y sobre la supuesta “campaña masiva” de la Corte para promover los abortos en Colombia (Marcela Anzola examina en esta misma edición este fallo de las Corte).
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Por consistencia lógica, sino por consistencia ética, un procurador que sancionó a directores de institutos descentralizados, a alcaldes de ciudades capitales y a diputados departamentales por el hecho de incluir información falsa en documentos públicos, debería auto-destituirse por el hecho de divulgar información falsa y perjudicial para la vigencia de los derechos constitucionales de los colombianos.
Las procuradoras delegadas por él, Ilva Myriam Hoyos y María Eugenia Carreño, renunciaron “por razones éticas”. ¿Con qué cara puede presentarse Ordoñez a la reelección como titular del poder moral que encarna o debería encarnar la Procuraduría?
Esta además impedido políticamente. Como Rodrigo Uprimny explicó en esta revista, ningún procurador debe ser reelegido: no puede ser que los congresistas cuya conducta supuestamente ha venido vigilando durante varios – y en este caso, tormentosos- años, voten a su favor o en su contra para que siga vigilándolos.
Pero en Colombia no hay política sino pequeña política: según denuncia ante el Consejo de Estado, hay por lo menos 335 funcionarios que Ordoñez ha nombrado y son parientes de magistrados que lo postularon o de congresistas que podrían reelegirlo. El por supuesto dice que todos son por méritos cuando su mayor mérito es ignorar las leyes…de la estadística.
Me corrijo: en Colombia no hay política, ni hay derecho, ni hay ética; apenas quedan algunas moralidades.
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