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Democracia, liberalismo y derechos de los homosexuales

Escrito por Farid Benavides

Farid Samir Benavides ¿Cuál es el fondo del debate? ¿Quién tiene la razón? Un análisis de los argumentos que se han formulado en contra y a favor de las uniones homosexuales en Estados Unidos y en Colombia.

Farid Samir Benavides Vanegas*

Pro y contra del 113

En los próximos días se discutirá en la Corte Constitucional la demanda contra el artículo 113 del Código Civil que impide el matrimonio entre parejas del mismo sexo. El trato discriminatorio al que se somete a estas últimas se considera contrario a la Carta.

Los defensores del matrimonio gay acuden al liberalismo y al constitucionalismo como base de su estrategia para obtener acceso, en iguales condiciones, a los derechos de que disfrutan las parejas heterosexuales.

Los opositores enfrentan la democracia de las mayorías al liberalismo, y sostienen que conceder igualdad a los homosexuales llevaría a un exceso en los derechos de las minorías. Si analizamos con detenimiento su retórica, se verá que pretenden señalar el matrimonio gay como parte de una conspiración mundial que busca acabar con las tradiciones y con el derecho de las mayorías a imponer su moral sobre las minorías.

I. La retórica liberal

Las minorías también tienen derechos

Uno de los trabajos políticos más consistentes a lo largo del siglo XX fue el del movimiento de los derechos civiles en Estados Unidos, que luchó contra la segregación de las comunidades de origen africano. La estrategia de movilización se resumía en la concepción de los derechos como algo a lo que todos los seres humanos tienen igual acceso. A pesar de la oposición de la mayoría blanca, la minoría negra obtuvo conquistas que persisten hasta hoy en día.

Las comunidades gay de Estados Unidos han luchado para obtener un tratamiento igual, de modo que no se vean discriminadas por el sólo hecho de su identidad sexual. La lucha se ha dado en diversos frentes, pero el más importante ha sido el de la descriminalización de prácticas que forman parte de la vida íntima.

Decisión privada de dos adultos capaces

De manera sorpresiva, dado su carácter extremadamente conservador, la actual Corte Suprema encontró que la penalización de la sodomía era inconstitucional. En Lawrence vs. Texas (2003) la Corte dijo que debía protegerse el derecho a la privacidad de las personas y que ese derecho se veía afectado cuando el Estado intervenía en la decisión privada de dos adultos capaces. De acuerdo con la Corte la Constitución de Estados Unidos garantiza la libertad de todos y no la posibilidad de imponer un código de conducta moral de un grupo en particular.

Para los grupos de derecha se trató de una decisión que afecta la moral de la familia y que forma parte de la agenda homosexual, como lo señaló el juez católico conservador Antonin Scalia en su opinión disidente. Para Scalia, la Corte debió ser neutral en este caso, lo que significa hacerse del lado de la mayoría cristiana y heterosexual.

II. La retórica de las mayorías

Las mayorías son la voluntad general

La Corte Suprema de Justicia del Estado de Vermont decidió que negar el acceso de las parejas del mismo sexo a los derechos de las parejas heterosexuales implicaba negarles un tratamiento igual, y para sus hijos la protección que el Estado debía proveer.

En abril de 2009 el Congreso de ese Estado se convirtió en el primero en aprobar el matrimonio de personas del mismo sexo por la vía legislativa. El 18 de noviembre de 2003 la Corte Suprema de Justicia de Massachusetts había decidido que las parejas del mismo sexo tenían derecho a celebrar contratos de matrimonio, pues no existía justificación alguna para negar a estos ciudadanos/as el acceso a una institución vital para el desarrollo de la comunidad.

La Corte de ese Estado, al igual que la de Alaska, encontró que de lo que se trataba no era del derecho a la conservación de la institución del matrimonio, sino de la protección del derecho de cada persona a escoger su compañero/a independientemente de su sexo. En esto es importante señalar que lo que buscaban las parejas del mismo sexo no era la protección de un privilegio sino el acceso en condiciones de igualdad a un derecho.

La derecha responde

La respuesta a las decisiones liberales de las Cortes ha sido la de acudir a las mayorías para de ese modo modificar el texto constitucional, dándoles a ellas la facultad de imponer su visión al final del debate.

Recientemente en California se aprobó por ley la prohibición del matrimonio gay, luego de que la Corte Suprema del Estado encontrara que era constitucional. El gobierno republicano de Arnold Schwarzenegger promovió la “Proposición Número 8” para lograr la prohibición de ese tipo de enlaces. La proposición fue aprobada y el matrimonio gay quedó prohibido. Sin embargo un juez federal encontró que con ella se violaba la Constitución de Estados Unidos. De modo que desde el pasado 4 de agosto el matrimonio entre personas del mismo sexo es nuevamente legal en California. Sin embargo la Corte Suprema de Justicia decidió suspender esta decisión mientras estudia la apelación interpuesta en contra de la decisión del juez federal.

III. En Colombia

Catolicismo como petición de principio

En Colombia se han dado tres argumentos retóricos contra el matrimonio gay:

1.Se trata de un acto inmoral. Este argumento se basa en una concepción que une democracia y moralidad por encima de los derechos de las minorías. De acuerdo con los opositores esto significa que dado que la mayoría de los colombianos es católica no es posible conceder derechos iguales a las parejas del mismo sexo.

El argumento no se sostiene mientras no sepamos cuál es la opinión de la mayoría de los colombianos, si esa mayoría es católica y, si lo es, cuántos de esos católicos están de acuerdo con el matrimonio gay y con la unión civil para parejas del mismo sexo.

Quienes esgrimen este argumento no aportan razones y sólo acuden a una distorsión de las prácticas de los homosexuales con el fin de asociarlos con crímenes como el abuso de menores. Aún en el evento de que la homosexualidad fuera inmoral desde un punto de vista católico (algo que tampoco ha sido demostrado), debe recordarse que nuestra Constitución no protege morales religiosas sino la moral civil que corresponde a todos, protección que pasa por el respeto a los derechos de las minorías.

Conspiración mundial contra Colombia

2.Las parejas del mismo sexo tienen algunos derechos pero no todos. Esto significa que pueden acceder a ciertas instituciones pero si piden un trato igual estarían abusando de sus derechos.

Este argumento fue esgrimido en la discusión para revisar la decisión de la Corte Suprema de Massachusetts en 2003 y años atrás en Hawaii para reformar la Constitución y proteger los derechos de la mayoría indígena. Los opositores a los derechos de las parejas del mismo sexo arguyeron en Hawaii que se trataba de la actitud de una minoría blanca y gay que quería imponer su punto de vista a las mayorías de la isla.

La retórica de los opositores busca que las mayorías sean tratadas como mayorías oprimidas, de modo que la conciliación entre democracia y liberalismo se dé a través de la protección de los derechos de las mayorías en contra de los “abusos” de las minorías.

En Colombia este argumento se ha usado en algunos periódicos para mostrar que los Estados Unidos y las comunidades gays están dirigiendo una conspiración global en contra de los heterosexuales colombianos.

Tradición, familia ¿y propiedad?

3. La Constitución protege la tradición del matrimonio. Este argumento se usa para unificar lo moral con lo democrático. Con base en él se sostiene que los grupos homosexuales atacan la institución del matrimonio y que la obligación de las Cortes es proteger a la tradición.

Basta decir que uno de los resultados del liberalismo es precisamente la protección de los individuos como individuos y por tanto la protección de sus derechos en contra de prácticas religiosas que puedan resultar opresivas.

Conclusión

 Tres ideas, tres preguntas

La discusión en Colombia se ha movido desde la simple homofobia hasta la idea de los derechos de igualdad como exceso. Para efectos de la discusión conviene formularse tres preguntas:

a. Si la Constitución tiene una base liberal que protege los derechos de todos los ciudadanos e incluso los de las minorías, ¿qué es lo que justifica que un grupo de personas sea tratado de manera diferente sólo por el hecho de su identidad sexual?

b. ¿Qué justifica que la concepción moral de la mayoría –suponiendo que esa mayoría realmente exista− se imponga sobre las minorías? ¿Esto significa que la mayoría católica colombiana puede prohibir otras religiones y creencias por el sólo hecho de constituir mayoría?

c. Si nuestra Constitución se basa en la tradición liberal –con los elementos sociales con los que cuenta todavía−, ¿qué es lo que justifica que una concepción religiosa tradicionalista (por ejemplo, el matrimonio como institución) se imponga por encima de la libertad de contratar a que tienen derecho todos los habitantes del territorio colombiano?

Lo religioso y lo civil

No parece existir ningún argumento a favor de la limitación a los derechos de parejas del mismo sexo. Moral mayoritaria, tradición y, mucho menos, homofobia, no pueden considerarse como razones válidas para privar de derechos a un grupo de personas fundamentándose exclusivamente en su identidad sexual.

Al privar a las parejas del mismo sexo de su derecho a un trato igual al de las parejas heterosexuales se les está discriminando. La unión civil e inclusive el matrimonio son contratos a los cuales tienen y deben tener acceso las parejas del mismo sexo.

 

* Investigador, Campus per la Pau, Universitat Oberta de Catalunya UOC faridbenavides@gmail.com

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