Garzón, la Vicepresidencia y las reglas de juego: ¿flexibilidad o confusión? - Razón Pública
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Garzón, la Vicepresidencia y las reglas de juego: ¿flexibilidad o confusión?

Escrito por Juan Manuel Charry
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juan manuel charryFractura entre Santos y Uribe, vacíos en las normas, acciones y declaraciones equivocadas de los protagonistas han dando pie a interpretaciones, sospechas y respuestas políticas confusas.

Juan Manuel Charry *

La institución

La Constitución de 1991 cambió la figura del Designado por la del Vicepresidente de la República, para solucionar el tema de la sucesión presidencial en caso de faltas absolutas o temporales de Jefe de Estado y de Gobierno.

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Vicepresidencia: se trata de una figuradesde donde se pueden ocasionar significativas perturbaciones políticas a los presidentes.

Se trató de dar una mayor legitimidad democrática al cargo de Vicepresidente, estableciendo que debía ser elegido popularmente en la misma fórmula con el presidente, en consonancia con las demás constituciones de Latinoamérica.

De otra parte, se permitió al Presidente designar al Vicepresidente en un cargo de la Rama Ejecutiva — ministro, embajador o cualquier otro — así como atribuirle misiones o encargos especiales, de manera que pudiera dar la dimensión al cargo de acuerdo con las necesidades y condiciones políticas.

Los problemas

El Constituyente de 1991 estuvo consciente de las dificultades y de las características de la institución. Se mencionaron casos en que el titular del poder ejecutivo puso en peligro el orden institucional al “deshacerse” de su sucesor:

  • Simón Bolívar suprimió la Vicepresidencia y asumió la dictadura;
  • Rafael Núñez hizo revocar la elección del vicepresidente Eliseo Payán, quien lo había sucedido temporalmente en el ejercicio de la Presidencia, porque no era él la persona indicada para dar tránsito al nuevo orden constitucional nacido en 1886.
  • En el otro sentido, el Vicepresidente, aprovechando la investidura constitucional, prefirió sentarse en la silla presidencial en casos históricos de no grata recordación como el del 31 de julio de 1900, día en que el vicepresidente José Manuel Marroquín decidió sacar del poder al presidente Sanclemente, a quien le había prometido fidelidad absoluta.
  • Se equivocó el Senado al tratar de someter al Vicepresidente a un examen médico y dio a las disposiciones de la Ley 5ª de 1992 un alcance que no tienen, pues el estado de salud e historia clínica hacen parte de la intimidad de las personas, sin importar qué tan alto sea el cargo público que desempeñen.
  • Se equivocó el Vicepresidente al responder políticamente, denunciando una conspiración inexistente.
  • la forma como lo hizo el presidente Santos, directa, clara y oportuna, sin causar sobresaltos y bien entendida por la comunidad;
  • el manejo que le dio el vicepresidente Garzón, en una situación más compleja y con variables políticas de profundidad, pero también más reservada, que ha ocasionado suspicacias y muy diversas interpretaciones.

Pero también se tuvo en cuenta que ejercieron el poder ejecutivo como vicepresidentes, dentro del más absoluto respeto a la Constitución de cada época: el doctor Francisco Antonio Zea, el Precursor de la Independencia don Antonio Nariño, los generales Francisco de Paula Santander, Domingo Caicedo, José María Obando y Eliseo Payán y los doctores José Ignacio de Márquez, Rufino Cuervo, José de Obaldía, Manuel María Mallarino y Miguel Antonio Caro, sin que ninguno de ellos hubiese pretendido tomarlo por asalto o retenerlo indebidamente.

Lo cierto es que se trata de una figura desde donde se pueden ocasionar significativas perturbaciones políticas a los presidentes, como ocurrió más recientemente en el gobierno de Ernesto Samper, con ocasión del debate en torno a la financiación de la campaña presidencial por parte de un cartel de la droga: el vicepresidente Humberto De la Calle renunció a su cargo, retirando su apoyo al Presidente.

Cada vez que se presentan problemas con el Vicepresidente — en el caso del gobierno Samper como en el actual— esa manía reformatoria que nos aqueja reactiva propuestas orientadas a abolir dicha figura y volver al Designado.

La coyuntura

La fórmula de Juan Manuel Santos y Angelino Garzón fue elegida para el actual período 2010-2014, como garantía de continuidad del legado del anterior gobierno de Álvaro Uribe.

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La fórmula de Juan Manuel Santos y Angelino Garzón fue elegida como garantía de continuidad del legadodel anterior gobierno de Álvaro Uribe.

 

Sin embargo, a pocos meses de iniciado el gobierno, se fueron haciendo evidentes diferencias que terminaron enfrentando al Presidente con su antecesor, de manera que el Vicepresidente quedó atrapado en una inédita situación política, intentando promover una conciliación que día a día parece más difícil e improbable.

A estos hechos de carácter político se vienen sumando episodios que comprometen la salud del vicepresidente: primero una afección cardíaca, después un accidente cerebrovascular que dejó significativas secuelas en materia de movilidad y de habla, y luego la presencia de un tumor canceroso en la próstata.

Este último episodio coincidió con que el presidente Santos, a diferencia del Vicepresidente, decidió informar pública y claramente sobre su estado de salud: anunció incluso que se sometería a una intervención quirúrgica para que le fuera extraída la próstata por razones similares.

Esta situación abrió el debate sobre las condiciones en las que el Presidente podría eventualmente ser reemplazado por un Vicepresidente, a su vez enfermo y disminuido.

Las reglas de juego

El artículo 205 de la Constitución regula el supuesto de falta absoluta del Vicepresidente de la República, esto es, muerte, renuncia aceptada o incapacidad física permanente: atribuye al Congreso la elección de quien debe reemplazarlo para el resto del período.

El artículo 25 de la Ley 5ª de 1992 señala a su vez la forma de elección del reemplazo, de manera que corresponde al Congreso en pleno escoger entre candidatos pertenecientes al mismo partido o movimiento del Vicepresidente a reemplazar.

En cuanto a la incapacidad física permanente, los artículos 26 y 326 indican que el Congreso, con fundamento en informes médicos y el cuadro sintomático certificado, declarará el estado y lo extenderá por escrito al Presidente y Vicepresidente.

Para el caso de las faltas temporales, las disposiciones constitucionales no regulan la materia. Tampoco hay una norma legal específica que se ocupe del tema.

¿Cuál sería la situación en caso de faltas absolutas simultáneas del presidente y del vicepresidente? Es cierto que el artículo 203 dispone que a falta del Vicepresidente, cuando estuviere ejerciendo la Presidencia, el cargo será asumido por el ministro en orden de precedencia. Esta no sería la norma aplicable, sin embargo, pues en este caso no se cumple con el supuesto de que el Vicepresidente esté ejerciendo funciones presidenciales.

El estado de salud

El Senado solicitó al Vicepresidente que se sometiera a un examen médico para determinar sus condiciones e idoneidad para el ejercicio del cargo ante una eventual sucesión presidencial.

La respuesta fue insólita y desproporcionada: no habría lugar al examen, porque amenazaba la democracia e insultaba al Presidente, quien también sufría quebrantos de salud en ese momento.

La renuncia

Finalmente, se han levantado voces que consideran que el Vicepresidente debería renunciar en razón de las limitaciones físicas que le han ocasionado sus afecciones de salud.

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Entre Santos y Uribe: el Vicepresidente quedó atrapado en una inédita situación política, intentando promover una conciliación improbable.

Desde el punto de vista jurídico, la renuncia es un acto libre y espontáneo del funcionario: no cabe la posibilidad de que ninguna otra autoridad solicite que se produzca; de ahí que cuando se induce una renuncia se pueda viciar el acto.

Otra cosa es que, desde el punto de vista político y de opinión, se considere como lo más conveniente que tal renuncia se produzca -lo cual sería un hecho de carácter político. Ante esta circunstancia, el vicepresidente Garzón respondió políticamente, afirmando que agradecería que alguien le solicitara la renuncia. Con esto causó una reacción entre distinto funcionarios de solidaridad y apoyo, pues al parecer nadie estaría dispuesto a asumir el costo político de tal solicitud a quien se esta recuperando de sus dolencias y confía en restablecerse prontamente.

Lo cierto es que si las condiciones de salud de Angelino Garzón siguen afectando la estabilidad de las instituciones y causando más traumatismos, él debería considerar seriamente su renuncia.

Reglas de juego: ¿flexibles o confusas?

El debate en torno al Vicepresidente de la República y a sus condiciones de salud se debe en buena medida a la fractura política derivada de las diferencias entre el presidente Juan Manuel Santos y su antecesor Álvaro Uribe.

De otra parte, se debe también al vacío constitucional y legal respecto de las faltas temporales del Vicepresidente ocasionadas por enfermedad.

Por último, se debe a la indefinición histórica de la sucesión presidencial en una u otra figura, pues cada vez que se presenta un problema, se opta por la reforma, generándose así un movimiento pendular entre la figura del Designado y del Vicepresidente.

No soy partidario de establecer el deber legal de un examen médico periódico para los altos funcionarios del Estado, en especial para el Presidente y Vicepresidente de la República, porque daría oportunidad para malos manejos políticos y manipulaciones indeseadas, ocasionando una inestabilidad innecesaria.

Las actuales reglas de juego permiten a los funcionarios manejar la información relativa a su propio estado de salud y a las condiciones de su cargo:

En las actuales condiciones, corresponderá al fuero interno del vicepresidente Garzón evaluar si permanece en el cargo o renuncia.

* Abogado constitucionalista, exdecano de la Facultad de Derecho de la Universidad del Rosario. Fue Procurador Auxiliar, Asesor de la Asamblea Nacional Constituyente, Conjuez de la Corte Constitucional, el Consejo de Estado y el Consejo Superior de la Judicatura. Es autor de numerosas publicaciones. Agradeceré comentarios: jcharry@charrymosquera.com

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