Matrimonio igualitario: discriminación, estigmatización y poca cabeza fría - Razón Pública
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Matrimonio igualitario: discriminación, estigmatización y poca cabeza fría

Escrito por Mauricio Noguera
2013-17-1- MatrimonioIgualitario

El debate se está dando en muchos países, pero en Colombia ha tomado ribetes inquisitoriales, sobre todo por obra de la Procuraduría General de la Nación. Cinco argumentos que no hablan bien de nuestras autoridades.

Votación aplazada

El pasado miércoles 17 de abril, los colombianos nos quedamos esperando la votación del proyecto que reconocería el matrimonio para parejas del mismo sexo. Aunque el debate y la votación quedaron pospuestos para este martes 23, los hechos se han  sucedido con tanta rapidez que resulta difícil apreciar la actuación de las instituciones colombianas frente al tema.

Una vez más, los ánimos se han caldeado por cuenta del matrimonio igualitario, y ambos bandos han adoptado posiciones radicales.  Pero los funcionarios públicos — en  ejercicio de sus funciones —  deberían dar ejemplo de ecuanimidad y cabeza fría para garantizar que el debate sea de veras democrático.

A continuación esbozo cinco argumentos que podrían calificar la actuación de los funcionarios públicos frente al desafío ético y político que representa el tema del matrimonio igualitario.

 

 
2013-17-1- MatrimonioIgualitarioFoto:  http://www.eltiempo.com

1. Violencia sin condena

Independientemente de la posición que se asuma respecto de la conveniencia de establecer el matrimonio igualitario, lo mínimo que debe hacer el Estado es asegurar que cada persona se sienta segura y libre de expresar sus opiniones.

Sin embargo, dos hechos recientes menguaron esta libertad de expresión para los defensores del matrimonio igualitario:

  • El pasado 10 de abril, la fachada del nuevo Centro Comunitario LGBT fue pintada por la autodenominada “resistencia católica” con frases que rechazaban abiertamente al movimiento LGBTI como tal y al matrimonio igualitario.  El robo de la bandera de arcoíris — emblema del movimiento LGBTI — constituyó otra agresión simbólica. 
    Los hechos se denunciaron ante la Fiscalía General de la Nación. El Programa Presidencial de Derechos Humanos y DIH repudió la agresión.  Sin embargo, hasta la fecha, el Ministerio Público no se ha pronunciado al respecto, cuando es la entidad encargada de velar por la defensa de los derechos humanos en Colombia.
  • El 17 de abril – día previsto para la votación del Congreso – grupos auto-identificados como neonazis arribaron a la Plaza de Bolívar y provocaron confrontaciones con algunos de los asistentes al plantón del sector LGTBI, calificando a la comunidad LGBTI como "sidosos, nidos de enfermedades y antinaturales".  Hasta el momento, ninguna entidad encargada de velar por la  seguridad de los ciudadanos ha manifestado su rechazo ante estos hechos. El silencio de las entidades estatales encargadas de velar por la protección de los derechos humanos — en cabeza del Ministerio Público — constituye un mensaje solapado que propicia este tipo de actos.
 

 
2013-17-1- MatrimonioIgualitario1Foto: http://www.flickr.com

2. Silencios que discriminan

La omisión estatal ante actos vandálicos y amenazas de violencia contra quienes expresan una opinión es en sí misma un acto de discriminación.  Pero en el debate del martes se oyeron expresiones que estigmatizan no solo a la población LGBTI, sino a otros sectores sociales.  

Por ejemplo, Mario Cely — quien se presentó como experto en Antropología y en Teología (ver video) —  acusó a la población LGBTI de ser fuente de contagio del VIH.  Uno de sus argumentos contra el matrimonio igualitario fue justamente el supuesto aumento del riesgo del SIDA asociado con esta decisión.

Argumentos descabellados como el anterior promueven la estigmatización de otros grupos de población: en este caso, la comunidad que convive con el VIH/SIDA — enfermos y sus familiares, médicos, enfermeras.

La Corte Constitucional y el Programa Conjunto de Naciones Unidas sobre el VIH y SIDA (ONUSIDA) han señalado repetidamente que evocar riesgos imaginarios de contagio provenientes de quienes viven con VIH/SIDA constituye una discriminación contra ciudadanos indefensos. El Estado debería intervenir señalando que estos argumentos  promueven el temor y el odio contra un sector social, de por sí ya gravemente estigmatizado.  

Pero ni el Congreso, ni el gobierno ni la Procuraduría creyeron necesario exigir que el debate se diera en un ambiente respetuoso y sereno, sobre la base de argumentos racionales y con bases científicas

 

 
2013-17-1- MatrimonioIgualitario2Foto: http://www.flickr.com

3. Tomando partido

El Ministerio Público tiene una posición tomada contra el matrimonio igualitario: es un hecho conocido que a Ilva Myriam Hoyos — Procuradora Delegada para la Infancia y la Adolescencia — se le ha confiado la misión de asistir al Senado para hundir el proyecto de ley que hoy está en curso.  Así quedó registrado en su propio celular, donde se pudo leer:

“— Dedicada al lobby.
¿Y estamos ganando?
 No se ha votado.  Yo creo, por lo que he hablado, que se hunde”

¿No es deber de la Procuraduría promover y proteger las voces contrarias a sus propias  posturas? Dada la naturaleza de este debate, el interés público consiste en que ambos puntos de vista puedan expresarse y el Ministerio Público sea un garante neutral del debate.

De hecho, la Procuraduría fue convocada recientemente ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que respondiera nuevamente ante las dudas sobre si está cumpliendo con la obligación de proteger a quienes defienden los derechos sexuales y reproductivos y los derechos de la población LGBTI.

El Estado colombiano recibió un solemne “jalón de orejas” en el comunicado de cierre de sesiones de la CIDH: “…preocupa a la Comisión la situación de las y los defensores de los derechos humanos de las personas LGTBI en estos dos países, y hace un llamado a los Estados de Colombia y Honduras para que lleven a cabo las investigaciones debidas sobre actos de violencia y discriminación en contra de las y los defensores de los derechos humanos de las personas LGTBI y adopten medidas eficaces para respetar y garantizar sus derechos humanos” i.

 

 
2013-17-1- MatrimonioIgualitario3Foto: http://www.flickr.com

 4. Cosa juzgada constitucional

Los argumentos religiosos, morales o éticos merecen todo el respeto, cuando tienen bases sólidas y pueden ser esgrimidos por los ciudadanos del común. Pero los altos funcionarios tienen la obligación de apegarse a la Constitución y a la Ley.  Más aún cuando participan en la toma de decisiones trascendentales para la sociedad.

La Corte Constitucional ha juzgado en forma definitiva que las familias conformadas por parejas del mismo sexo son familias reales, mediante la nueva interpretación del artículo 42 de la Constitución.

Como expliqué en un artículo anterior en Razón Pública, tanto la sentencia sobre matrimonio como otras subsiguientes explican que ha habido un cambio en la interpretación del concepto de familia: la Corte reconoce que la orientación sexual no puede ser óbice para proteger la dignidad e igualdad de derechos que tienen todas las familias. 

En teoría el matrimonio igualitario puede admitir discusiones e interpretaciones legales.  Pero el concepto de familia homosexual está sólidamente definido por la Corte y hace parte de la ratio decidendi, es decir, del núcleo esencial de la sentencia de matrimonio. En este sentido, no admitiría discusión o rechazo por parte de los funcionarios que están obligados a respetar estos aspectos vinculantes de la jurisprudencia constitucional.

 

 
2013-17-1- MatrimonioIgualitario4Foto: http://confidencialcolombia.com

5. Normas  de orden público

Si bien nadie puede negar la creatividad del Colegio de Notarios al crear un nuevo contrato para regular las “uniones solemnes” entre parejas del mismo sexo, tales contratos no pueden tener efectos legales sobre el derecho de familia mediante una figura jurídica del derecho privado.

En Colombia, las normas encargadas de regular la institución familiar son de orden públicoi. Esto significa que no pueden modificarse o aplicarse según la voluntad de las partes, de acuerdo con el artículo 16 del Código Civil. También es claro que la Corte Constitucional no legisla y por tanto no puede autorizar la creación de regímenes familiares especiales o “sui generis”.

Al respecto, Manuel Páez — abogado constitucionalista y profesor de la Universidad Externado de Colombia — considera que “creer lo contrario implica negar el carácter de orden público de la institución familiar y sería abrirle la puerta a que las parejas del mismo sexo diseñen contratos innominados, incluso al margen del derecho civil o de las leyes creadas, para proteger a los integrantes más débiles de la familia como núcleo esencial de la sociedad”3.

Es decir, los notarios deberían apegarse a sus funciones asignadas y no promover figuras jurídicas que no les corresponden y que legalmente subvertirían gravemente el orden legal del derecho de familia.

En conclusión: si bien el debate del matrimonio igualitario despierta pasiones, esto no autoriza a los altos funcionarios a actuar sin cabeza fría.  En particular, la Procuraduría debe garantizar un debate sin violencia, sin discriminaciones, con neutralidad y respetando el orden legal vigente. Los notarios no pueden usurpar funciones legales, generando confusión jurídica.


Notas

[1] Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Anexo al Comunicado de Prensa 023A emitido al culminar el 147 Período de Sesiones. 5 de abril de 2013. Disponible en http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2013/023A.asp

[2] MONROY, Cabra. Marco G, Derecho de familia y de menores, Octava edición, Librería Ediciones del Profesional, Bogotá, 2003, p. 34.

[3] Entrevista realizada el 19 de abril de 2013, con motivo de la publicación del modelo de “contrato solemne de vínculo marital”, propuesto por el colegio de notarios.

 

* Abogado y candidato a la maestría en Estudios de Género de la Universidad Nacional de Colombia, Becario 2012 Comisión Interamericana de Derechos Humanos. @reth2002.

 

Mauricio-Noguera

Mauricio Noguera*

 

Pero los funcionarios públicos — en  ejercicio de sus funciones —  deberían dar ejemplo de ecuanimidad y cabeza fría para garantizar que el debate sea de veras democrático. 

 

 Pero ni el Congreso, ni el gobierno ni la Procuraduría creyeron necesario exigir que el debate se diera en un ambiente respetuoso y sereno, sobre la base de argumentos racionales y con bases científicas. 

 

 El Estado colombiano recibió un solemne “jalón de orejas” en el comunicado de cierre de sesiones de la CIDH. 

 

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