La Constitución, ¿para qué? - Razón Pública

La Constitución, ¿para qué?

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El Ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, radicó el proyecto de “Equilibrio de Poderes” en la Secretaría del Senado el pasado 3 de septiembre.

Camilo CastilloTodos la invocan, la defienden o quieren reescribirla. Pero, ¿qué es una constitución y para qué sirve? Este libro analiza estos asuntos con reflexiones muy oportunas para Colombia.

Camilo Castillo*

Constitucionalismo: Experiencias históricas y tendencias actuales

Maurizio Fioravanti

Editorial Trotta. Madrid.

2014

Reelegirse para dejar de reelegirse

En la noche del 15 de junio de este año, un remozado presidente Santos daba parte de victoria en la segunda vuelta de la elección presidencial. Su situación no podía ser mejor porque había perdido en la primera vuelta frente al candidato apoyado por su némesis – Uribe- y porque Oscar Iván Zuluaga se presentaba como un crítico acerbo  de su obra de gobierno, en especial del proceso de paz con las FARC.

Poco después de celebrar el triunfo, el presidente reelecto anunció una gran reforma constitucional para corregir las distorsiones creadas por la figura de la reelección  inmediata.

La constitución se convierte en una especie de artefacto que protege la pluralidad de la sociedad, y al mismo tiempo trata de construir la unidad política mediante la búsqueda del bien común.

El ministro del Interior presenté entonces la reforma llamada “de equilibro de poderes”. El proyecto de acto legislativo del gobierno proponía muchos cambios, pero uno de sus ejes es sin duda eliminar la reelección de los altos cargos del Estado, comenzando por la Presidencia.

El proyecto ha sido objeto de elogios y de críticas. Quienes lo apoyan consideran que así se le da la estocada a la figura de la reelección, mientras los críticos creen que es apenas otra muestra más del estilo prestidigitador del presidente, ya que se hizo reelegir para prohibir la reelección de quienes le sucedan en el cargo.

Otros afirman que el proyecto debió ser conocido y debatido con mayor profundidad, pues la premura del gobierno en entregarlo al Congreso no permitió buscar un consenso más amplio.

¿Qué es una constitución?

El episodio anterior invita varias preguntas: ¿Qué es una constitución? ¿Es un “papelito” (como dice el “primer magistrado”, un dictador de novela) que se puede cambiar al arbitrio del gobernante? ¿Es posible enmarcar la tradición constitucional colombiana dentro del constitucionalismo?

El libro Constitucionalismo: Experiencias históricas y tendencias actuales, de Maurizio Fioravanti, da algunas ideas para afrontar estas preguntas. El primer capítulo de este texto se dedica a mostrar el devenir histórico del concepto de constitución que comienza en la primera modernidad, es decir, en el siglo XV, y culmina con el constitucionalismo del siglo XX.

Luego presenta los dos modelos constitucionales que más han influenciado al constitucionalismo: el modelo americano, y el inaugurado por la Revolución francesa; después dedica un amplio apartado a la igualdad como la nota predominante de las constituciones contemporáneas y culmina con los desafíos que representa para el constitucionalismo la conformación del espacio común europeo.

Firma de la Constitución Política de Colombia de 1991.
Firma de la Constitución Política de Colombia de 1991.
Foto: Biblioteca Luis Ángel Arango

Fioravanti afirma en su texto que el constitucionalismo es un fenómeno propio del Estado moderno. Si bien en la Antigüedad y en la Edad Media se utilizó la palabra constitución, este uso no tiene que ver con el que se le da hoy a ese concepto. El autor plantea que el constitucionalismo actual tiene al menos dos objetivos políticos concretos: limitar los poderes públicos y garantizar los derechos mediante normas jurídicas.

De esta tesis se infiere que el constitucionalismo contemporáneo tiene dos dimensiones: la de resistencia, que consiste en un límite que se le impone al poder político para salvaguardar la integridad y la libertad de cada persona; y la de participación, que comprende los mecanismos a través de los cuales los ciudadanos pueden ser agentes activos en la conformación de la voluntad política. En este sentido, la constitución se convierte en una especie de artefacto que protege la pluralidad de la sociedad, y al mismo tiempo trata de construir la unidad política mediante la búsqueda del bien común.

Estas dos características del constitucionalismo son las que el autor utiliza a lo largo del texto para explicar las transformaciones que el concepto de constitución ha tenido desde la primera modernidad hasta el día de hoy.

Al inicio de la modernidad, el término constitución denotaba el equilibrio de poderes que debía existir entre los diferentes estamentos de la comunidad política. Este conjunto de pactos, aplicados de manera horizontal, entre las diferentes ciudades, comarcas y gremios mantenía unido al cuerpo político, y por ende era la ley fundamental que permitía la convivencia de todos gracias al ejercicio moderado y prudente del gobierno.

El concepto de constitución evolucionó a causa de las guerras de religión en la Europa del siglo XVI y surgió la figura del soberano, es decir, aquel que tiene la posibilidad de dar y derogar la ley, declarar la guerra y la paz, nombrar magistrados, administrar justicia e imponer tributos.

El soberano será identificado de diversas maneras a lo largo del tiempo, primero fue el monarca, después la nación y en los momentos revolucionarios con el pueblo. Hoy en día, las constituciones tienen un matiz importante, pues el soberano es el pueblo, pero ejerce la soberanía a través de los mecanismos establecidos en la constitución.

Por eso, una constitución, si quiere tener ese nombre, debe expresar estas dos ideas de forma clara, ya que sin equilibrio de poderes desaparece la noción de gobierno limitado, y sin soberano no es posible reconocer el elemento que le da legitimidad a las instituciones políticas.

Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia.
Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia.
Foto: Ministerio del Interior

La justicia constitucional

Las complejidades del siglo XX, una época signada por el uso masivo de la violencia letal y la aparición de una pluralidad de formas de vida antes desconocida, llevó a que el tribunal constitucional tuviera un papel importante a la hora de ayudar a mantener la unidad política.

En consecuencia, las clásicas formas de interpretar la ley debieron ser dejadas atrás por los jueces constitucionales. Por ejemplo, la igualdad entendida como aplicación uniforme de la ley dejó de ser el único criterio relevante, y los jueces tuvieron que volverse sensibles a las diferencias de la sociedad al momento de juzgar los asuntos que llegaban a sus estrados.

En otras palabras, los jueces constitucionales entraron a cumplir una actividad de gobierno, pero no en el sentido se usurpar las competencias de las otras ramas del poder público “sino ese otro gobierno con un origen histórico más remoto, que es lo que contribuye de modo decisivo a tener unida una comunidad política compleja a través de una sabia obra de mediación, en busca del resultado fundamental del equilibrio”.

Hoy en día, las constituciones tienen un matiz importante, pues el soberano es el pueblo, pero ejerce la soberanía a través de los mecanismos establecidos en la constitución.

Fioravanti identifica este trabajo de mediación con la jurisprudencia. En el caso colombiano es posible identificar diversas situaciones en las cuales la Corte Constitucional ha mediado con el fin de preservar la unidad política de la nación.

El caso de la Sentencia C-376 de 2006 es muy elocuente, pues logró corregir muchos de los errores que tenía la Ley de Justicia y Paz. Sin la intervención del juez constitucional es muy probable que la impunidad total hubiera sido la nota predominante en la desmovilización de los paramilitares, dejando a las víctimas sin la posibilidad jurídica de hacer valer sus derechos.

Más que un papelito

De lo visto hasta aquí queda claro que la constitución es mucho más que una ley ordinaria, pues representa el límite que debe tener el poder político frente a los ciudadanos. Asimismo, es la garante tanto de los derechos como de la posibilidad de participar en la conformación de las decisiones del cuerpo político.

Por tanto, las reformas a la constitución deben ser objeto de un debate reposado y argumentado, pues ella expresa la diversidad y complejidad de los ciudadanos que están bajo su jurisdicción. Por ende, la constitución es mucho más que un papelito o un articulito que se puede cambiar según el vaivén de las mayorías políticas, ya que ella es, en suma, el acuerdo fundamental que plasma la forma en que es posible que vivamos juntos.

 

* Licenciado en Filosofía y letras de la Universidad Santo Tomás de Bogotá. Abogado y Especialista en Derecho Constitucional de la Universidad Nacional de Colombia. Candidato a doctor en Derecho por la Universidad del Rosario. Profesor de Teoría del Derecho de la Universidad del Rosario.

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Camilo Castillo
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