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Una explosión descontrolada de partidos

Escrito por Esteban Salazar

Tenemos 31 partidos que confunden a la ciudadanía, desordenan el sistema político y deterioran nuestra democracia. Cómo llegamos a esta situación y quiénes son los responsables.

Esteban Salazar*

La democracia colombiana y sus problemas

Colombia es conocida como la democracia más estable de América Latina debido a su trayectoria ininterrumpida en procesos electorales desde la Constitución de 1991.

Pero la democracia no es apenas la alternancia del poder determinada en elecciones periódicas, sino que también depende de la calidad de los partidos, de la representación, la participación y del sistema electoral.

Sobre estos últimos aspectos, la democracia colombiana tiene serias debilidades, que sobre todo resultan de

  • los autoritarismos regionales y el control de los clanes políticos;
  • la falta de disciplina y representatividad efectiva de los partidos, y
  • la subutilización de los mecanismos de participación ciudadana.

Adicionalmente, en la actualidad legislativa e institucional se están aumentando los riesgos por dos factores: la explosión descontrolada de partidos políticos, y las reformas política y al Código Electoral en curso en el Congreso.

En este artículo me ocuparé del tema de los partidos.

Un acordeón democrático

En 1957 la negociación entre los partidos Conservador y Liberal puso punto final al periodo de La Violencia, cuando el país vivió una auténtica guerra civil por razones políticas. Esta paz, conocida como Frente Nacional, fue un periodo de alternancia negociado entre ambos partidos entre 1957 y 1974, que en efecto se extendió hasta  la Constitución de 1991.

La mejor ilustración sobre el sistema de partidos colombianos podría hacerse con la figura de un acordeón, donde este primer periodo es una contracción —bipartidismo— y, a parir de la Constitución del 91, se da una ampliación de partidos,  empezando con 23 movimientos políticos con personería jurídica —posibilidad de otorgar avales— hasta llegar al 2002 con 72 partidos políticos.

La Constitución de 1991 establece el concepto de representación fundamental, que se logra mediante votos suficientes para lograr curules en el Congreso de la República. Aunque teóricamente deben cumplirse ciertos requisitos, como el umbral mínimo —que ha variado en cada reforma posterior—, un registro de militantes y estatutos, en la vida real todo se reduce a obtener votos.

La mejor ilustración sobre el sistema de partidos colombianos podría hacerse con la figura de un acordeón, donde este primer periodo es una contracción —bipartidismo— y, a parir de la Constitución del 91, se da una ampliación de partidos, empezando con 23 movimientos políticos con personería jurídica —posibilidad de otorgar avales— hasta llegar al 2002 con 72 partidos políticos.

Mediante el Acto Legislativo 01 de 2003, durante el gobierno Uribe, se realizó una reforma política que, en términos ilustrativos, hizo que el acordeón se contrajera nuevamente y resultaran apenas 9 partidos con capacidad de representación efectiva en el Congreso. Con una variación entre 5 y 7 partidos, esto se mantuvo estable hasta 2018, desde cuando el acordeón se extiende nuevamente y en forma descontrolada.

La llegada de partidos artificiales

Si bien la ley actual establece que las personerías jurídicas dependen solamente de superar un umbral del 3 % del voto para Senado o Cámara— poco más de 550 mil sufragios—, desde el 2018 se han añadido seis factores que distorsionan el sistema político, mediante la creación artificial de partidos con personerías jurídicas, por fuera de la regla general. Estos factores son:

  • La reparación política;
  • El Acuerdo de Paz;
  • El estatuto de la oposición;
  • Las curules indígenas y afro;
  • Las coaliciones de partidos y movimientos sin personería jurídica, y
  • Las divisiones o escisiones dentro de los partidos

Reparación política

Tras una batalla jurídica, por decisión del Consejo de Estado y, posteriormente, del Consejo Nacional Electoral (CNE), en el marco del genocidio de la Unión Patriótica (UP), en 2013 se estableció la posibilidad de devolver la personería a este partido.

Aunque la reparación política es importante para las colectividades que hayan sido víctimas de violencia y persecución, desde 2018 se han otorgado estas personerías de manera artificial. Esto ha causado distorsiones en otros casos que han sido avaladas por la jurisprudencia de la Corte Constitucional.

En 2021, la Corte resolvió que se debía devolver la personería al Nuevo Liberalismo por el magnicidio de Luis Carlos Galán y, desde ahí, se abrió la puerta para el regreso de:

  • Salvación Nacional, por la desaparición de Álvaro Gómez Hurtado;
  • El Partido Comunista, por la persecución política a este partido;
  • Verde Oxígeno, por el secuestro de Íngrid Betancourt;
  • Nueva Fuerza Democrática, por la persecución política a Andrés Pastrana;
  • Esperanza, Paz y Libertad, por la ex guerrilla del EPL

Los últimos, mediante una decisión del CNE del pasado 1 de marzo.

Acuerdo de Paz

El Acuerdo entre el gobierno Santos y las FARC-EP estableció la posibilidad de conformar un partido sobre la base de las curules transitorias en Senado y Cámara, entre 2018 y 2026.

Pero en ninguno de estos dos periodos, el partido Comunes ha logrado más de 60 mil votos en el Congreso, muy por debajo del umbral exigido para los partidos que llevan décadas  en la competencia democrática.

Estatuto de la oposición

La Constitución del 91 ordenó expedir un estatuto de la oposición, como mecanismo para superar el bipartidismo y dar garantías a la participación política. Pero apenas con el Acuerdo de Paz en 2016 y el reconocimiento del partido Comunes, se incluyó en el paquete legislativo del fast-track la reglamentación extemporánea de este estatuto, que empezó a operar en las elecciones de 2018.

El estatuto establece que los candidatos que ocupen el segundo lugar para cargos plurinominales (Presidencia, gobernaciones y alcaldías), podrán ocupar una curul en la corporación pública correspondiente —a excepción del Congreso, en donde el/la candidata/o a presidente en segundo lugar, podrá ocupar una curul en el Senado; y el/la candidata/o a vicepresidente/a, podrá tener el cargo en la Cámara de Representantes—.

En el caso de las elecciones presidenciales de 2018, tras la victoria de Iván Duque, quien quedó de segundo, Gustavo Petro, tomó la opción de ocupar la curul en el Senado y su fórmula vicepresidencial, Ángela María Robledo, ocupó la respectiva curul en la Cámara de Representantes.

La regla general es que quienes superen el umbral del 3 % en el Senado o la Cámara pueden tener personería jurídica. Pero, a través de un artificio e interpretación debatible, el CNE le dio esta posibilidad al movimiento Colombia Humana, con el que Petro y Robledo se candidatizaron a la Presidencia, por obtener una curul en el Senado y otra en Cámara; y por tener más de 8 millones de votos, aunque estos fueran para la Presidencia.

Lo misma situación se presentó en 2022, cuando Rodolfo Hernández quedó en segundo lugar y solicitó por esta vía la personería jurídica para su movimiento Liga de Gobernantes Anticorrupción; sin embargo, la solicitud se empantanó debido a problemas con sus estatutos, que logró solucionar recientemente y podrán presentar candidaturas en 2023.

Curules indígenas y afro

Para avanzar hacia un sistema democrático que garantice la participación amplia y diversa, desde la Constitución del 91 se estableció que, además de las circunscripciones de carácter nacional (Senado) y territorial (representantes a la Cámara), habría curules especiales indígenas, afro y raizal en Senado y Cámara, respectivamente.

Estas curules especiales también son susceptibles de beneficiarse con personerías jurídicas, y han sido objeto de críticas por la instrumentalización de algunos políticos  que no han representado a los indígenas, los afros y los raizales, sino a  otros propósitos.

Estos son los casos del Partido de Integración Nacional, del criticado Yahír Acuña; y de los movimientos étnicos en los que participó el parapolítico Juan Carlos Martínez Sinisterra.

Actualmente, aunque estas curules y aspiraciones se han depurado, siguen siendo un trampolín para obtener personerías jurídicas. Estos son los casos de:

  • Alianza Democrática Amplia —ADA—, que surgió de Alianza Democrática Afrocolombiana y se convirtió en fundador del Pacto Histórico.
  • Colombia Renaciente, creado tras el ingreso del Consejo Comunitario Ancestral de Comunidades Negras Playa Renaciente al Congreso en las elecciones de 2018.
  • Partido Ecologista Colombiano, que nació del Consejo Comunitario Fernando Ríos Hidalgo y que, cabe recordar, fue el que avaló a Miguel Polo Polo.
  • Partido Demócrata Colombiano en San Basilio de Palenque, el primer partido de origen palenquero que recibe personería jurídica en el país.

Lo mismo ha pasado con el Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS), que pasó de ser un partido netamente indígena, a acompañar a Gustavo Petro y avalar sus candidatos en elección tras elección.

Coaliciones

Para ampliar su capacidad de otorgar personerías jurídicas, el CNE ha ampliado sus interpretaciones y ha extendido esta posibilidad a movimientos políticos que no las tienen, incluso a aquellos cuyos miembros llegaron al Congreso avalados por otros partidos en coaliciones.

Además, ha fragmentado la personería jurídica para permitir que cada congresista que representa a un movimiento dentro de una coalición con representación en el Congreso pueda solicitar su propia personería jurídica. Esta práctica ha llevado al estiramiento cada vez mayor del caucho y a la dilución del significado y la importancia de la personería jurídica.

Sobre este aspecto, Independientes, de Daniel Quintero, obtuvo recientemente la personería jurídica, después de haber puesto a algunos de sus miembros dentro de la coalición del Pacto Histórico, aunque estaban avalados por la Colombia Humana.

Escisiones y excepciones inventadas

Este es otro ejemplo que genera distorsiones democráticas en cuanto a las personerías jurídicas. Según lo establecido por el CNE, los partidos que deciden escindirse pueden obtener personería jurídica para las partes que se separan.

Foto: Twitter: Unión Patriótica - Desde 2013, cuando se regresó la personería jurídica a la Unión Patriótica como reparación política, otros casos se han acogido a este antecedente y han causado distorsiones democráticas.

Esta «explosión» artificial de partidos se sustenta en proyectos personalistas que no responden al interés general, no ofrecen disciplina de partido ni garantías jurídicas para la participación ciudadana. En este contexto colombiano, tener más partidos no significa una democracia más sólida o eficiente.

Este es el caso de Dignidad, que se separó del Polo Democrático, y de La Fuerza de la Paz, el partido de Roy Barreras que se escindió del Movimiento ADA. El partido de Barreras obtuvo su personería jurídica gracias a un consejo comunitario afro, lo que permitió la creación artificial de un partido político para él y el santismo.

También es el caso de En Marcha, de Juan Fernando Cristo, el cual, en una interpretación confusa del CNE, habría obtenido su personería jurídica; y Fuerza Ciudadana, del gobernador Carlos Caicedo, que habría obtenido su personería por tener este cargo de elección popular.

Consecuencias

Durante los últimos diez años se ha producido una seria distorsión en el sistema político-electoral que resulta de las personerías jurídicas concedidas por fuera de la regla general (es decir, del umbral del 3%).

Hoy por hoy al menos 16 de los 31 partidos políticos son nuevos o no cumplen las condiciones básicas para su constitución, como representación política, una agenda programática y la capacidad de movilizar demandas sociales.

De lo anterior resulta la gran dificultad para categorizar o matizar esos partidos en términos de su ideología, ya sea de izquierda, centro o derecha.

Esta «explosión» artificial de partidos se sustenta en proyectos personalistas que no responden al interés general, no ofrecen disciplina de partido ni garantías jurídicas para la participación ciudadana. En este contexto colombiano, tener más partidos no significa una democracia más sólida o eficiente.

Tales interpretaciones artificiosas son los magistrados del CNE, quienes son escogidos por el Congreso de la República y que en su mayoría responden a los intereses de los partidos más poderosos, agravan aún más la situación.

*Este artículo es resultado de la investigación llevada a cabo por el autor en la Fundación Paz y Reconciliación (PARES). 

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