El disruptivo juramento de la nueva directora del Archivo General apunta a la igualdad de género. Motivo para reflexionar sobre ‘patrimonio’ y ‘herencia’.
Elías Sevilla Casas*
Juramento a la matria
Lo recuerdo muy bien. Ocurrió en el Primer Encuentro Nacional de Patrimonio Cultural organizado por el Ministerio de Cultura. En una de las plenarias, una asistente de mediana edad levantó la mano y preguntó —¿Si estamos en igualdad de género, por qué no hablamos también de ‘matrimonio cultural’? Un silencio incómodo reinó en el salón. Detecté unas cuantas sonrisas entre los asistentes.
Este 24 de octubre, Ivonne Suárez se posesionó como directora del Archivo General de la Nación. Patricia Ariza, ministra de Cultura, tomó su juramento:
—¿Jura usted por Dios, por todas las diosas del Olimpo, por la patria y por la matria, cumplir y defender la Constitución y las leyes, y desempeñar los deberes que el cargo le impone?
—Sí, lo juro. Especialmente por la matria, que está en lo más profundo de mi corazón— respondió Suárez.
Hoy, las sensibilidades frente al género comienzan a tocar el campo del ‘patrimonio cultural’ con reclamos de desigualdad en los órdenes internacional y nacionales. El nombre ‘patrimonio’ puede entonces añadir combustible a estos reclamos.
En el contexto nacional, el juramento de Ivvone Suárez demuestra un llamado a la coherencia en el uso del lenguaje y en las prácticas que de allí se derivan. Por tanto, es preciso pensar en los cambios que vendrán en materia de ‘patrimonio cultural’.
Uno de ellos, el que analizo en esta nota, es el de la nomenclatura. Por ejemplo, ¿la actual Dirección de Patrimonio se llamaría ‘de Matrimonio’? o ¿de ‘Mapatrimonio’ para conservar algún rasgo de igualdad?
Utilizo la coyuntura para colaborar desde la antropología con unas reflexiones que ponen el asunto en términos de mayor alcance. Espero en futuras notas abrir el debate más amplio porque hoy solo puedo dar puntadas.
Las culturas cambian
Conviene repensar los nombres. Estos esconden, como en este caso, modos persistentes, a veces inconscientes, de pensar y actuar.
Sin embargo, ‘las culturas’ son como ríos de colores, según Lourdes Arizpe, que están en permanente cambio. El cambio es muy lento, imperceptible, pero a veces se acelera. Siempre aparecen mesetas de estabilidad, pero no se pierde el dinamismo, sometido a ritmos y a escalas.
El ‘Ministerio de las Culturas’, como se llamará ahora y como lo analicé en una nota reciente, no se libra de esta inevitable condición cambiante, a pesar de que algunos en su burocracia piensen lo contrario.
Paterfamilias y patrimonio
En las familias de la Roma precristiana, el hombre estaba a cargo de todos los asuntos relacionados con su dominio familiar; era un paterfamilias, un patriarca. En virtud del manus —potestad concedida por el derecho civil—, el paterfamilias tenía poder hasta de vida o muerte sobre esposa(s), hijos, familiares y esclavos.
La Ley de las Doce Tablas fue elaborada hacia el 450 A. C y distinguía el derecho público del derecho privado. Esta último regía los usos y costumbres del pueblo romano. Entre ellas, había ordenado muy bien lo referente a la herencia de los bienes materiales, llamados patrimonium —patrimonio—.
Prueba de esto es la célebre lápida de hace unos 2000 años llamada Laudatio Turiae. En ella, un paterfamilias que enviudó honra la memoria de su esposa Turia: «Todo el patrimonio que habías recibido de tus padres lo hemos conservado junto con igual diligencia, y aunque era una adquisición tuya me lo entregaste enteramente. Dividimos nuestros deberes de manera tal que yo custodiase tus bienes y tú los míos. Sobre este punto omito muchos particulares para no apropiarme de parte de tus méritos, baste con lo dicho para dar cuenta de cuales fueron tus sentimientos».
Con el ascenso del Imperio Romano, que coincidió más o menos con la Era después de Cristo (D.C) y con la cristianización de Occidente, se transmitió el legado romano: asuntos jurídicos, de lenguaje y la cultura en general.
La influencia ha sido tal que hasta los mismos “Derechos del Hombre y del Ciudadano”, formulados por el pueblo francés en 1789, se nutren del Derecho Romano. Por este motivo, algunas autoras hoy señalan que, a pesar de su talante libertario, la concepción ‘patriarcalista’ afecta a ‘los Derechos’.
El legado persiste en la actualidad. Todo abogado en el ámbito de influencia latina, incluida Colombia, tiene que estudiar Derecho Romano. En él se encuentran los antecedentes de lo que hoy nos rige en materia de patrimonio de bienes heredados, sin excluir las deudas. Y es que el patrimonium fue heredado por los pueblos del Imperio que hablaban lenguas romances —castellano, francés, italiano y otras 37 lenguas más—.
Los hablantes de estas lenguas trasladaron a la Convención de la UNESCO de 1972 (iniciativa para el reconocimiento y salvaguarda de ciertas ‘manifestaciones de ‘las culturas’) el concepto y el término ‘patrimonio’ con sus antecedentes romanos. Es decir, se echaron a hombros un problema de nomenclatura ‘patriacalista’ que tarde o temprano tendrían que resolver.
Problemas con la ‘herencia cultural’
En aquella Convención, las lenguas no romances parecen haberse salvado del problema de la nomenclatura ‘patrimonio’ al optar por la palabra ‘herencia’ (hereditage en inglés, Erde en alemán, etc.). Sin embargo, hay otro problema de fondo con é sta, que afecta también a las lenguas romances, puesto que patrimonio se entiende como herencia romana.
El problema consiste en que ‘Herencia cultural’ o ‘Patrimonio cultural’ no es equivalente a cualquiera de las culturas locales del mundo. Es un error categorial —cuando la respuesta dada es de un nivel diferente al requerido— expuesto en 2004 por Barbara Kirshenblatt-Gimblett en su artículo “Heritage as a metacultural production”(reproducido en castellano por la UNESCO).
En resumen, la ‘metacultura’ muestra la necesidad de distinguir entre (a) los miles de millones de culturas locales o de sitios naturales especiales que ha habido y hay en el mundo, y (b) Las ‘producciones’ o ‘artefactos’ que algunos funcionarios o autoridades estatales hacen sobre una mínima selección de estas. De ninguna manera se pueden confundir las dos categorías.
De hecho, en 2022, solo 1194 ‘sitios’ o ‘manifestaciones’ han entrado en la Lista de Patrimonio Mundial, de los cuales nueve están en Colombia.
Los Estados trasladaron estas filosofías y prácticas de la UNESCO a sus propios dominios a través de la producción de metaculturas del patrimonio en las diversas escalas de su organización política.
En Colombia, el Ministerio de las Culturas es el encargado de manejar estos procesos. Sin embargo, la inclusión de la Lista nacional de patrimonio también se ha hecho, a veces, a espaldas de Mincultura, por medio de decisiones del legislativo. Este modo de actuar se replica en los departamento y municipios.
Por otro lado, existen problemas adicionales al de la confusión de ‘las culturas’ con las metaculturas global y nacionales.
Kristin Kuutma y Laurajane Smith dicen que las metaculturas del patrimonio constituyen ‘regímenes de arbitraje e ingeniería’ que se pueden llegar a convertir en herramientas de poder para autoridades de todo nivel o para grupos particulares. Así, intervienen en dos derechos básicos: el del reconocimiento identitario de las comunidades y el de la participación equitativa ciudadana en los bienes públicos.
Por su parte, la antropóloga Lourdes Arizpe escribió que el trabajo de los investigadores independientes de la sociedad civil en conjunto con los funcionarios de la UNESCO y de los diversos Estados ha casi desaparecido. El control de los procesos metaculturales ha sido tomado por estos últimos y se han excluido a los independientes. Concluye que hay urgencia de que se restablezca esta colaboración.
Cómo podemos avanzar
Me permito sugerir:
- Que se reconozca que ‘el patrimonio cultural’ es un ‘artefacto meta’, distinto de ‘las culturas’ que existen en todas las localidades de Colombia, urbanas y rurales. La misión del Ministerio de las Culturas, tal como su nombre lo indica, es proteger las diversas culturas. No se niega la importancia del ‘artefacto meta’, pero debe ubicarse donde debe ser.
- Que los nombres de ‘herencia’ o ‘tradición’ no se usen en lugar de ‘patrimonio’ porque estos nombres cubren también los procesos no patrimonializados, que son la casi totalidad de ‘las culturas’.
- Como el artefacto se inventó para la salvaguarda y el reconocimiento, que su nombre incluya estos dos nobles propósitos. Por ejemplo, ‘Oficina para la Salvaguarda y el Reconocimiento Cultural’.
- Opción por defecto: dejar el nombre como está (“patrimonio cultural”) y seguir con la importante misión del artefacto en cuestión. Esto implicaría jugar diplomáticamente con pirotecnias verbales que distraen, al menos por un tiempo, las exigencias relacionadas con la igualdad de género.