El Plan Nacional de Desarrollo gira alrededor del agua
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El Plan Nacional de Desarrollo gira alrededor del agua

Escrito por Erwing Rodríguez-Salah

Uno de los puntos más importantes del Plan Nacional de Desarrollo es la protección del agua y los ecosistemas. Esto después de años de darles prioridad a las empresas mineras.

Erwing Rodríguez-Salah*

Giro de 180 grados

Relevante y trascendental es para nuestro país el primer eje de transformación, explícito en el Artículo 3º, del Plan Nacional de Desarrollo (PND) del gobierno Petro “Colombia potencia mundial de la vida” sea el ordenamiento del territorio alrededor del agua.

Dice este artículo que el Plan “Busca un cambio en la planificación del ordenamiento y del desarrollo del territorio, donde la protección de los determinantes ambientales y de las áreas de especial interés para garantizar el derecho a la alimentación sean objetivos centrales que, desde un enfoque funcional del ordenamiento, orienten procesos de planificación territorial participativos”.

Este primer eje se conecta con el tercero (el Derecho humano a la alimentación), que “busca que las personas puedan acceder, en todo momento, a una alimentación adecuada. Se desarrolla a través de tres pilares principales: disponibilidad, acceso y adecuación de alimentos”.

El cuarto eje (Transformación productiva, internacionalización y acción climática) “apunta a la diversificación de las actividades productivas que aprovechen el capital natural y profundicen en el uso de energías limpias, que sean intensivas en conocimiento e innovación, que respeten y garanticen los derechos humanos, y que aporten a la construcción de la resiliencia ante los choques climáticos. Con ello, se espera una productividad que propicie el desarrollo sostenible y la competitividad del país, aumentando la riqueza al tiempo que es incluyente, dejando atrás de manera progresiva la dependencia de actividades extractivas”.

De los cinco, bastan los ejes 1º y 4º para entender que el gobierno Petro, con una visión conservacionista ambiental, enfocada en el desarrollo sostenible, se desmarca y hace un giro de 180 grados en relación con lo que conceptualizaron y ejecutaron los gobiernos anteriores.

Estos, con una visión minera, dieron preponderancia a las actividades extractivas, favoreciendo especialmente a las transnacionales mineras, alineando el aparato estatal para tal fin. Con mayorías en el Congreso, legislaron en esa dirección.

Esto se hizo a costa del menoscabo en la protección y conservación de los ecosistemas vitales y estratégicos, como nuestros frágiles páramos y sus ecosistemas circunvecinos, como el bosque andino, con su principal producto ecosistémico: el agua.

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Del otro lado

Hoy, el gobierno Petro, con su visión conservacionista, se ubica al lado de los movimientos ambientalistas que durante décadas estuvieron en la resistencia, oponiéndose a los proyectos de megaminería, que favorecieron con creces los gobiernos anteriores y que jamás tendrán la licencia social de los colombianos.

Este gobierno, que comparte la visión de los movimientos sociales ambientalistas, da prioridad al agua sobre la minería. Se apalanca en conceptos clave como el ordenamiento del territorio alrededor del agua y la soberanía alimentaria, explícitos en su PND.

Por otra parte, el Artículo 29°, que modificó el artículo 10 de la Ley 388 de 1997, sobre los determinantes de ordenamiento territorial y su orden de prevalencia, enumera lo que deberán tener en cuenta los municipios y distritos en la elaboración y adopción de sus planes de ordenamiento territorial.

En el nivel 1 menciona “las determinantes relacionadas con la conservación, la protección del ambiente y los ecosistemas, el ciclo del agua, los recursos naturales, la prevención de amenazas y riesgos de desastres, la gestión del cambio climático y la soberanía alimentaria”.

Este gobierno, que comparte la visión de los movimientos sociales ambientalistas, da prioridad al agua sobre la minería. Se apalanca en conceptos clave como el ordenamiento del territorio alrededor del agua y la soberanía alimentaria, explícitos en su PND.

Foto: Alcaldía de Medellín - El primer eje del PND propone un ordenamiento y desarrollo del territorio para garantizar el derecho a la alimentación.

En este mismo nivel, en el literal c, se da relevancia a “las regulaciones sobre conservación, preservación, uso y manejo del ambiente y de los recursos naturales renovables, en especial en las zonas marinas y costeras y los ecosistemas estratégicos; las disposiciones producidas por la Corporación Autónoma Regional o la autoridad ambiental de la respectiva jurisdicción en cuanto a la reserva, alindamiento, administración o sustracción de los distritos de manejo integrado, los distritos de conservación de suelos, y las reservas forestales”.

La herencia minera

Aquí alcanza preponderancia el mandato de la Sentencia T-361 (2017) de la Corte Constitucional, que exigió al Ministerio de Ambiente hacer una nueva delimitación de Santurbán, al dictaminar que la Resolución 2090 (2014) vulneró el derecho a la participación ambiental de las comunidades afectadas por ella.

No podemos desconocer el contexto y el legado que heredó la administración Petro de los gobiernos anteriores.  Se han dado muchas situaciones y tela que cortar desde que en 2017 la Corte Constitucional, aún en la administración Santos, exigió una nueva delimitación de la fábrica de agua del Gran Santander.

Los ministros de Ambiente estaban acosados por aperturas de incidentes de desacato, de parte de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, por no demostrar “avances significativos” en  la nueva delimitación.

Nosotros, en calidad de accionantes de la T-361, en cabeza de la Corporación Colectivo de Abogados Luis Carlos Pérez (CCALCP), denunciamos, mediante sendos derechos de petición, la persistente vulneración del derecho fundamental a la participación ambiental.

También se produjo una Propuesta Alternativa de Delimitación de Santurbán, realizada por los accionantes, y que contempla el Estudio ecológico y ambiental de la Ecorregión de Santurbán, con  la realización de los estudios hidrológicos e hidrogeológicos,  radicada en noviembre de 2018, en el gobierno Duque, sin ser tenida  en cuenta.

Además, hubo presiones de los intereses mineros para que la nueva delimitación que expidiera la cartera de Ambiente se acomodara perfectamente a sus intereses.

Finalmente, se dio la “Propuesta Integrada de Delimitación de Santurbán”, realizada por el gobierno Duque, que fue el  continuismo del más grande engaño en la historia ambiental del país: la Resolución 2090 (2014), durante el gobierno Santos.

Esta fue una delimitación exprés político-minera, sin los estudios científicos suficientes  pertinentes, como son los hidrológicos e hidrogeológicos. Protegió más los intereses de la gran minería que el ecosistema y desvirtuó el concepto de integralidad del páramo, pues ningunea los ecosistemas circunvecinos complementarios al páramo (como el bosque andino), también fundamentales para el buen funcionamiento del ciclo hídrico, para que las mineras puedan entrar a las entrañas del páramo metros más abajo.

Amenazas de demandas

Por otra parte, es posible que si no se les otorga la licencia a los proyectos de megaminería, las transnacionales mineras  demanden por cifras estratosféricas al Estado colombiano ante los tribunales internacionales, a la luz de los Tratados de Libre Comercio (TLC) y los acuerdos bilaterales de inversión firmados previamente.

El gobierno Petro debe hacer una revisión juiciosa de los TLC y acuerdos de inversión bilaterales y considerar la salida de los tribunales internacionales con sus mecanismos de Solución de Conflictos Inversionista Estado (SCIE) para no brindar un doble seguro a las trasnacionales mineras, para que, si no logran ganar saqueando nuestros recursos, lo hagan demandando al Estado colombiano.

Este Gobierno tiene que enfrentar, además, la herencia de una parte del aparato estatal aún anquilosado en una visión minera anacrónica, como legado de gobiernos anteriores.

La actual ministra, Susana Muhamad, ha tenido que enfrentar presiones por la nueva delimitación de Santurbán que debe expedir su cartera de Ambiente. Entre ellas, y a mi modo de ver indebida, la de la Procuraduría General de la Nación, solicitando que se ajuste o reformule el cronograma  detallado del cumplimiento de cada una de las fases establecidas en el Supra 19.2 de la Sentencia T-361  para la nueva delimitación de Santurbán.

Como reza el Oficio 639, este “debe obedecer a la necesidad de definir a la mayor brevedad la delimitación del páramo para frenar procesos de explotación ilícita de los recursos que se están agravando ante la falta de esta delimitación, lo anterior aunado a la renuencia u obstaculización de algunos actores al proceso”.

En ese orden de ideas, ¿es indispensable expedir la nueva delimitación de Santurbán para que haya un Estado eficaz para controlar la minería ilegal?

El gobierno Petro debe hacer una revisión juiciosa de los TLC y acuerdos de inversión bilaterales y considerar la salida de los tribunales internacionales con sus mecanismos de Solución de Conflictos Inversionista Estado (SCIE) para no brindar un doble seguro a las trasnacionales mineras, para que, si no logran ganar saqueando nuestros recursos, lo hagan demandando al Estado colombiano.

Las mineras nunca pierden

Aunque la Corte Constitucional, en el Supra 19.4 de la T-361, solicita a la Procuraduría General de la Nación el acompañamiento a la comunidad del páramo de Santurbán en el proceso de delimitación y en el seguimiento a ese acto administrativo, no debe entenderse esto como la presión en los tiempos del proceso, más cuando la Corte Constitucional se reserva la competencia para verificar el cumplimiento de su mandato.

Cada vez que la Procuraduría presiona por los tiempos de la delimitación, en últimas le hace el favor a los intereses mineros, especialmente a los de las transnacionales, pues en la práctica termina abogando por otra delimitación exprés político-minera como la de la Resolución 2090, en vez de una de tipo técnico-científica, con todo el rigor de la ciencia.

Por otra parte, el Artículo 245º del PND, plantea la formulación e implementación del  Programa Agua es Vida en los territorios marginados y excluidos, con el fin de brindar soluciones de agua potable  y saneamiento básico a los sujetos de especial protección constitucional y a la población vulnerable, aplicando enfoques diferenciales y de género, de derechos, territorial e intersección.

Un punto importante aquí es el respeto por las captaciones (bocatomas) de los acueductos que abastecen las poblaciones para que no se aprueben proyectos de megaminería por encima de aquellas, en salva guarda del agua, la vida y los territorios, visión que comparte nuestro presidente Petro con los defensores del agua y los páramos del país.

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