
Un análisis jurídico sobre lo que sigue en el proceso contra el expresidente y los posibles caminos que podría tomar su caso.
Ángela María Buitrago*
La renuncia
El 18 de agosto, el expresidente Álvaro Uribe anunció en Twitter que renunciaría a su curul en el Senado. Horas después, con 82 votos por el sí y 12 por el no, la corporación admitió su renuncia.
Desde entonces se han formulado toda clase de hipótesis sobre lo que pasará con el expresidente y con su proceso. A continuación, examino los posibles motivos de la renuncia de Uribe y sus consecuencias.
¿Proteger el cargo y las instituciones?
Hay muchos motivos para que un funcionario público renuncie a su cargo. En algunos casos, dichos motivos son legítimos y deseables; en otros, pueden ser peligrosos.
Un funcionario público que se enfrenta a un proceso judicial puede renunciar a su cargo para ejercer su defensa adecuadamente y para proteger a la institución que representa. Cuando la investigación surge por hechos cometidos en relación con el cargo que se ostenta, la renuncia puede añadir un componente de transparencia.
Las anteriores son opciones válidas, pues el cargo puede sufrir deterioro cuando la persona se encuentra sumida en una investigación penal. En estos casos, la renuncia es deseable. En Colombia y en el mundo, hemos visto algunas personas que renuncian a su cargo para evitar suspicacias, influencias, y lesiones a la majestad de la institución que representan.
¿Menoscabar actos de otras ramas?
En el caso de Uribe, la decisión de renunciar se toma casi inmediatamente después de que la Corte Suprema de Justicia hubiera ordenado su detención preventiva.
La renuncia estuvo precedida de ataques virulentos contra la legitimidad de uno de los órganos más importantes del sistema de justicia. Los seguidores del expresidente y su defensa dijeron que los magistrados tomaron la decisión de forma sesgada e ilegal, y el expresidente mismo dijo sentirse “secuestrado” por la decisión de la Corte.
En ese contexto, la estrategia de Uribe ha sido y probablemente seguirá siendo criticar las decisiones judiciales por vías externas al proceso y no mediante los recursos ordinarios que la ley establece para este fin. El objetivo de esa estrategia es desacreditar ante la opinión nacional y mundial a la Corte Suprema de Justicia por decisiones que Uribe llama ilegales e ilegítimas.
Por ejemplo, en vez de interponer el recurso de reposición contra la orden de detención preventiva, la defensa de Uribe prefirió promover una “tutelatón”, es decir, pedirles a los ciudadanos que interpusieran tutelas contra la Corte Suprema de forma masiva.
En total, se interpusieron más de 400 tutelas que, desde luego, fueron negadas por la misma Corte Suprema de Justicia. Y aunque la estrategia era mostrar que un gran número de personas apoyan al expresidente y poner en entredicho a la rama judicial, este abuso de la tutela tiene graves consecuencias sobre el sistema de justicia, pues impide que se resuelvan los problemas de otros miles de ciudadanos y le quita a la Corte un valioso tiempo.
Por todo esto, hay serios indicios de que la renuncia del expresidente Uribe no tuvo una finalidad legítima, sino que buscó agitar a la opinión pública y oponerse a las decisiones legales de los órganos de la rama judicial.

¿Qué pasa si el caso va a la Fiscalía?
Pero, además, la renuncia tiene un fin práctico que podría beneficiar al expresidente Uribe: la Corte Suprema de Justicia podría perder competencia y, en ese caso, la Fiscalía asumiría la investigación.
Para entender esta pérdida de competencia es necesario dividir en dos grupos las investigaciones contra del expresidente: las que involucran presuntos delitos cometidos antes del 1 de enero de 2005, que deben regirse por la Ley 600 de 2000; y las que involucran presuntos delitos posteriores, que deben regirse por el nuevo Código de Procedimiento Penal.
1. Investigaciones por presuntos delitos antes del 1 de enero de 2005
Si la Corte admite que perdió la competencia por la renuncia de Uribe, y las conductas no tienen relación con su función pública, las investigaciones por presuntos delitos cometidos antes del 1 de enero de 2005 deben ser trasladadas a la Fiscalía. Desde luego, este traslado puede demorar el proceso en sus diferentes etapas.
Sin embargo, el proceso seguirá rigiéndose por la Ley 600 de 2000, como sucede actualmente en la Corte Suprema de Justicia. Por eso, las pruebas contra el expresidente seguirán siendo plenamente válidas: cambiará el investigador, pero no habrá modificaciones de fondo.
2. Investigaciones por presuntos delitos después del 1 de enero de 2005
En cuanto a estos delitos, si la Corte pierde competencia y los procesos se trasladan a la Fiscalía, y además se determina que las actuaciones de Uribe no tuvieron relación con su función pública, las investigaciones tendrían grandes cambios de fondo.
En efecto, los procesos del expresidente ya no estarían regidos por la Ley 600 de 2000 sino por la Ley 906 de 2004, que introdujo el sistema penal acusatorio. Para el proceso por el que fue detenido Uribe, este cambio tiene varias consecuencias:
-Las pruebas dejarían de tener ese carácter y pasarían a ser “elementos materiales probatorios” o evidencia física. Esto significa que todavía no podrán ser tenidas en cuenta para una posible condena o absolución, pues únicamente serán pruebas las que se practiquen en el juicio oral y, en ese lapso puede cambiar el poder de convicción de lo que existe en el proceso.
-Además, la detención del expresidente podría enredarse, pues en la Ley 906 de 2004, la solicitud de medida de aseguramiento se hace ante un juez de control de garantías. Por eso, existen dos opciones en lo que concierne a esta decisión:
• La Fiscalía podría afirmar que la medida de aseguramiento proferida por la Corte Suprema de Justicia quedó en firme y debe mantenerse. En este caso, la Fiscalía continuaría investigando y decidiría si hay suficientes bases para pedirle al juez que el proceso avance o no a la etapa de acusación.
• La defensa del expresidente podría buscar la anulación de la detención. Sin embargo, esto no es tan sencillo, pues la decisión judicial está vigente y la defensa no la controvirtió en su momento. Además, las nulidades solo podrían discutirse en la audiencia preparatoria, es decir, cuando ya el proceso haya avanzado bastante.

Lo que sigue
Aunque aún hay muchas discusiones sobre el caso de Uribe, es necesario tener en cuenta que ya existen precedentes para analizar qué debería suceder.
En 2008, varios congresistas acusados por parapolítica renunciaron, intentando quitarse de encima la competencia de la Corte Suprema de Justicia. En esa ocasión, sus procesos fueron trasladados a la Fiscalía General de la Nación, pues los congresistas perdieron su fuero. Sin embargo, la Corte Suprema reclamó nuevamente su competencia, y afirmó de forma reiterada que la renuncia no podía ser un método para evadir la justicia.
En todo caso, todo lo anterior desgastó el sistema judicial y tuvo serias consecuencias sobre la justicia.
En el caso de Uribe, las maromas de su defensa ya tienen y seguirán teniendo consecuencias negativas sobre el sistema judicial. Si la Corte decide que perdió la competencia para investigar al expresidente, es probable que su proceso se dilate y hasta se entorpezca. Si la Corte continúa con la investigación, habrá una amplia campaña para desprestigiar a los jueces y para minar su independencia. ¿Será que ahora sí lo logran?