El debate en torno a las drogas sintéticas ocultó lo importante del proyecto: definir el consumo como un problema de salud pública, darle un papel mayor a los municipios, endurecer las sanciones donde sí es necesario y no enfrascarse en el prohibicionismo.
El debate que no era Hace más de diez años se vienen haciendo esfuerzos por modificar, actualizar o sustituir el Estatuto de Estupefacientes (ley 30 de 1986), plagado de imprecisiones y bastante inadecuado frente a la realidad actual. No deja de sorprender que, a pesar de sus limitaciones, el Estatuto haya sobrevivido 26 años,
El proyecto de ley que el gobierno ha preparado para reemplazarlo — que fue presentado a los medios de comunicación el 30 de enero bajo el nombre tentativo de Estatuto Nacional sobre Drogas y Sustancias Psicoactivas — ha despertado múltiples reacciones en diferentes ámbitos, aun cuando las más numerosas tienden a ser negativas o, por lo menos, a expresar muchas reservas. Las excepciones a favor han sido el Fiscal General, uno que otro senador y, por supuesto, los voceros del Ministerio de Justicia. Muchos se quejan de que el proyecto no haya sido previamente consultado con ellos, otros sugieren que su aplicación podría tener consecuencias imprevisibles o gravemente adversas. Sin embargo, una lectura objetiva del texto muestra que gran parte de las críticas se centraron en la eventual despenalización del uso de ciertas anfetaminas y de sustancias como el éxtasis, tema que fue objeto de titulares sensacionalistas en algunos medios de comunicación. Pero tales reacciones son perfectamente injustificadas: primero, porque ese punto concreto representa uno de los aspectos menos relevantes del proyecto, y segundo, porque precisamente esas dos sustancias no tienen prácticamente ninguna importancia desde el punto de vista epidemiológico. El consumo de anfetaminas en Colombia es muy pequeño, y el de éxtasis viene en caída desde hace varios años. Además, contrariamente a los que afirmaron algunos de los críticos más severos del proyecto, el éxtasis no produce dependencia física, aun cuando puede producir efectos peligrosos si se mezcla con alcohol. Pero esto mismo ocurre con una gran cantidad de medicamentos, y a nadie se le ha ocurrido prohibirlos. El presidente del partido conservador, Efraín Cepeda, recomendó abrir centros de tratamiento especializados en esas dos sustancias: serían probablemente los centros de tratamiento más ociosos del continente. ¿Qué lógica tiene, por lo demás, admitir la dosis mínima para cocaína — sustancia esa sí bastante peligrosa— y arrancarse los cabellos por la de éxtasis, que lo es mucho menos? Una encuesta realizada a las carreras y sin las debidas precauciones estadísticas, entre personas abordadas en la calle, mostró que más del 80 por ciento de los encuestados estaba en contra de la idea de una dosis mínima de anfetaminas y éxtasis. Pero al hablar con la gente común se pone en evidencia una gran confusión:
– despenalización del consumo en mayores de 18 años — que ya está consagrado desde 1994 en una sentencia de la Corte Constitucional, tal como lo subrayó el Fiscal General hace pocos días —; – despenalización de la producción; – venta y tráfico (totalmente prohibidas); – legalización de las drogas, idea que despierta grandes temores, y no sin razón, pero que no es de ninguna manera materia de este proyecto de ley. Despenalizar no aumenta el consumo ¿No se estará sobredimensionando el debate? Porque una lectura atenta del proyecto permite ver que no contiene grandes novedades, aun cuando está organizado de una manera muy coherente, enmarcado por primera vez por definiciones correctas de los términos básicos de este campo (una de las muchas deficiencias de la Ley 30 de 1986), y es razonablemente exhaustivo en su enfoque.
O por lo menos las novedades no son de las que puedan producir reacciones de pánico o desencadenar brotes epidémicos de consumo: en 1994 hubo protestas contra la sentencia C- 221 de la Corte Constitucional, y se afirmaba enfáticamente que el país se hundiría en la drogadicción, porque se autorizaba a los jóvenes a consumir. En realidad ocurrió todo lo contrario: no pasó absolutamente nada, o por lo menos no pasó nada que pudiera atribuirse a la sentencia. En países como Portugal — que despenalizó totalmente el consumo hace más de dos años — se observa una paradójica tendencia a la disminución del consumo, que probablemente tampoco está relacionado con esta medida específica, sino con la evolución de la sociedad. México, Argentina y casi todos los países de la Unión Europea van en la misma dirección, buscando evitar que los sistemas penales se vean desbordados por casos que no ameritan la intervención de la justicia o, peor aún, donde la sanción contra una conducta que desaprueban algunas personas, convierte a los sancionados en criminales. En la realidad concreta de Colombia, el aumento del consumo de sustancias ilegales ha sido menor que en muchos otros países del continente como Argentina, Chile, Uruguay y Brasil, a pesar de una oferta extremadamente abundante, de una altísima calidad y a precios irrisorios, en medio de una sociedad donde los factores de riesgo son agudos: desigualdades sociales extremas, conflicto armado crónico, altos niveles de delincuencia e inseguridad, escasas oportunidades educativas y laborales. Buen proyecto Muchos de los apartes del proyecto de ley ya han sido analizados y debatidos durante años, debido a la inconformidad existente desde hace mucho con la ley 30. Esta propuesta organiza normas y enfoques vigentes en leyes dispersas e incluso en la propia Constitución, pero que no han sido ejecutados.
Muy poca prevención y tratamiento Junto con España y Tailandia, Colombia fue uno de los primeros países en tener programas de prevención de carácter nacional (1985). Sin embargo, durante estos 28 años la prevención del consumo de drogas no ha recibido un apoyo especial, salvo en el gobierno de Andrés Pastrana: actividades puntuales, campañas o iniciativas un tanto miopes y de corto alcance, con una muy baja probabilidad de haber producido un impacto efectivo.
De otra parte, durante los dos gobiernos de Uribe prácticamente no se hizo nada en ese campo. Uno de los problemas centrales ha sido la descoordinación: se esperaba que las soluciones vinieran de los ministerios de Salud y de Educación, pero en la práctica nadie asumió esa responsabilidad. El proyecto de ley puede modificar radicalmente la situación: los municipios tendrán que asignar los recursos para la prevención, y los organismos estatales centrales deberán ofrecer capacitación, asesoría y supervisión, pero no tendrán a su cargo la ejecución de las acciones. Algo similar ocurre con el tratamiento. En Colombia, donde los datos oficiales aseguran que hay por lo menos 300.000 personas con necesidad de tratamiento, el Estado carece por completo de la capacidad de responder a esta necesidad. El sistema de salud, ya tan precario, se hundiría por completo si tuviera que asumir 300.000 nuevos pacientes que requieren tratamientos largos, relativamente costosos y, con frecuencia, ineficaces. Si los municipios son ahora responsables de poner en marcha los servicios de tratamiento, el gobierno central tendrá que supervisarlos y evaluarlos en forma permanente para controlar varios riesgos:
Lo nuevo del Estatuto Pero sí hay elementos novedosos en el proyecto, y no son de poca monta:
Se recomienda leer y analizar el proyecto con seriedad: conviene abandonar la tendencia a fijar la atención en lo insubstancial y se debería aceptar de una vez por todas que la despenalización del consumo de sustancias en adultos implica unos riesgos ínfimos de aumentar el número de consumidores. * Corporación Nuevos Rumbos.
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Augusto Pérez Gómez *
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