Análisis desapasionado y muy bien informado sobre el significado real de la solicitud presentada por Nicaragua ante la Comisión de Límites de Plataforma Continental de la ONU: Colombia necesita menos retórica y más estrategia.
Andrés Molano Rojas*
Foto: Colombia Travel
Salir del trauma
¿Qué habría pasado si en vez de reaccionar como lo hizo ante el fallo de la Corte Internacional de Justicia en el litigio frente a Nicaragua, el gobierno colombiano hubiera tomado otro camino?
¿Qué hubiera sucedido si en lugar de la retórica del derrotismo y de la frustración, de anunciar un desacato tan alevoso como inviable y de reivindicar una “soberanía” que nunca existió, se hubiera valorado la sentencia como lo que es: un título jurídico definitivo, cierto e incontestable?
El fallo confirió a Colombia derechos sobre más del 65 por del Caribe Occidental — una zona donde concurren ocho Estados — al cabo de un proceso donde fue denegado el grueso de las pretensiones de Nicaragua y como resultado del cual la roca Q32 (en Quitasueño) fue dotada de 12 millas náuticas de mar territorial: todo ello muy, pero muy lejos, del peor escenario posible.
¿Qué pasaría si en vez de una cacería de brujas para buscar un chivo expiatorio — desde el Pacto de Bogotá hasta una presunta conspiración sino–nicaragüense y los negocios personales del hijo y el yerno de uno de los publicistas más connotados— el gobierno y la sociedad colombianos estuvieran pensando en la gran estrategia que requieren la inserción en el Caribe y la capitalización de varias décadas de esfuerzo para hacer de Colombia una virtual potencia marítima y naval en el área?
La solicitud presentada por Nicaragua ante la Comisión de Límites de Plataforma Continental de la Organización de las Naciones Unidas el pasado 25 de junio en relación con su presunta plataforma continental extendida — y la manera como ésta ha sido recibida en Colombia — hacen que éstas preguntas se vuelvan pertinentes y obligan a superar el trauma post–fallo, so pena de comprometer aún más las posibilidades que su privilegiada posición geográfica en el Mar Caribe ofrece al país, objeto de mucha más retórica que de estrategias bien concebidas para aprovecharla efectivamente.
“Nicaragua viene por más”
Foto: OEA-OAS |
No es un secreto para nadie que Nicaragua ha tenido aspiraciones geopolíticas en el Caribe. Y mucho menos, que está dispuesta a agotar todos los recursos jurídicos existentes para hacerlas realidad, por ejemplo en relación con las competencias territoriales menores — que no soberanía — reconocidas por la Convención sobre Derecho del Mar de Naciones Unidas (Convemar) a favor de los Estados dotados de plataforma continental, en los términos que el mismo instrumento internacional establece. Así se desprende del propio proceso iniciado por Nicaragua contra Colombia a propósito del Tratado Esguerra-Bárcenas y del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina [1] .
En efecto, una de las pretensiones de aquél país — denegada en su momento por la Corte Internacional de Justicia— tenía que ver con la delimitación de la plataforma continental extendida entre los dos Estados.
Poco después de conocerse el fallo, el agente de ese país ante el tribunal, Carlos Argüello, expresó que Nicaragua seguiría adelante con sus reclamaciones en ese sentido. Y una advertencia del mismo tenor hizo en abril de este año el excanciller colombiano, Julio Londoño Paredes, en una conferencia impartida en la Universidad del Rosario: “Nicaragua viene por más”.
Era cuestión de tiempo, por lo tanto, que Nicaragua presentara ante la Comisión de Límites de Plataforma Continental un requerimiento para que ésta, con fundamento en las pruebas allegadas por la parte interesada y de conformidad con lo establecido en la Convemar, formule las recomendaciones pertinentes para fijar el límite exterior hasta donde se extiende el ejercicio de esa competencia territorial menor.
No es una segunda demanda
Al revés de lo que parece creer la opinión pública, el procedimiento iniciado por Nicaragua no es una nueva demanda contra Colombia. Tampoco el pronunciamiento de la Comisión define por sí solo la suerte de la delimitación de la plataforma continental con Colombia. Entre otras razones, porque:
· La Comisión no es una instancia jurisdiccional — esto es, un tribunal o corte internacional;
· La Comisión no profiere sentencias de carácter vinculante sino recomendaciones y ni éstas ni ninguna de sus acciones o procedimientos puede afectar asuntos relacionados con la delimitación entre Estados con costas opuestas o adyacentes;
· Las recomendaciones de la Comisión deben tener en cuenta la equidad y la proporcionalidad, y deben considerar también los legítimos intereses de todas las partes involucradas —y eso incluye a otros Estados, no sólo a Nicaragua y Colombia;
· Colombia no ha ratificado la Convemar, y aunque muchas de las reglas allí establecidas han devenido derecho consuetudinario internacional — y fueron aplicadas, por ejemplo, por la Corte Internacional de Justicia en el pleito Nicaragua versus Colombia — ese no es el caso de aquellas relativas a la plataforma continental en general ni a la Comisión y sus dictámenes, en particular.
· Si Nicaragua quisiera emplear las recomendaciones de la Comisión como fundamento de una nueva acción judicial contra Colombia, estaría yendo contra el tiempo: la denuncia del Pacto de Bogotá hecha por Colombia tendrá plenos efectos a partir del 28 de noviembre de este año y es muy poco probable que en tan corto lapso (cinco meses) la Comisión haya llegado a pronunciarse.
· Con todo, cabe señalar que su dictamen sí podría ser utilizado en el futuro, por ejemplo como herramienta de presión política en una eventual negociación con Colombia.
Nicaragua no es el primer Estado en acudir a la Comisión, que a la fecha ha recibido más de 60 solicitudes. Una rápida revisión de otros casos significativos en los que este órgano ha intervenido permite añadir algunos elementos al análisis sobre los alcances y limitaciones de la petición de Managua:
· En 2004, Brasil presentó a la Comisión información relativa a su plataforma continental extendida. Esa información era el resultado de un intenso trabajo de mapeo oceanográfico iniciado en la década de 1980. El procedimiento ante la Comisión culminó tres años después.
· En 2006, España, Francia, Irlanda y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte presentaron una solicitud en relación con la plataforma continental en el Mar Céltico y la Bahía de Vizcaya, la cual se resolvió teniendo en cuenta la ausencia de controversia entre las partes sobre el asunto. La Comisión se pronunció en 2009.
De tal suerte que Nicaragua debe contar con el tiempo promedio de duración del procedimiento ante la Comisión — tres años — y con el hecho de que el área es todo menos exenta de controversias, no sólo por lo que respecta a Colombia, sino a otros Estados centroamericanos y caribeños.
Falta una estrategia seria
Foto: OEA-OAS |
En lugar de seguir rasgándose las vestiduras por cuenta del presunto despojo, o por cuenta de un plan expansionista nicaragüense, cuya única obsesión parecería ser enclavar de alguna forma a San Andrés, Colombia debería concentrarse en identificar las oportunidades y los desafíos específicos que plantea el actual estado de cosas en el Caribe y diseñar y ejecutar una estrategia integral — tanto en la cobertura temática, como en la participación de actores y en los medios empleados (duros y blandos) — para insertarse positivamente en el Caribe y ejercer un rol de liderazgo en ese espacio regional.
Para lograrlo es imperativo:
· Superar el trauma post-fallo y toda su falsa retórica, que entre otras cosas, le atribuye todos los problemas económicos y sociales del archipiélago, como si antes del fallo éste hubiera sido un paraíso de pescadores artesanales que vivían en perfecta armonía con la naturaleza.
· Dejar de ver brazos de gigantes moviéndose al impulso de una conspiración internacional allí donde sólo hay los molinos de viento de un derecho internacional del mar que ha venido cambiando y que, guste o no, acabará imponiéndose por vía consuetudinaria, por lo cual resulta pertinente abrir desde ahora el debate sobre la conveniencia o no — en el más largo plazo y más allá de la pura coyuntura — de que Colombia ratifique la Convemar, con las reservas del caso.
· Abandonar el falso supuesto de que los nicaragüenses son por definición laxos en la protección ambiental y en la lucha contra el narcotráfico, y la pretensión de que sólo Colombia — o el ejercicio de su soberanía — puede garantizar lo uno y lo otro en el Caribe Occidental.
· Renunciar al uso del fallo y la política exterior para exacerbar el patrioterismo en medio de la contienda electoral.
· Tomar la iniciativa, con creatividad y audacia, de abrir el diálogo no sólo con Nicaragua, sino con los demás Estados del Caribe a los que Colombia tiene mucho que ofrecer y de los cuales tiene también mucho que aprender y obtener por la vía de la cooperación.
Sólo así será posible abandonar la pesadilla en que se ha convertido Nicaragua para Colombia. Quizá no se convierta en un dulce sueño, pero sí se puede transformar a favor de Colombia —y del Gran Caribe en su conjunto— en una relación de buena vecindad a partir de la cual, paulatinamente, vaya transformándose la cultura del relacionamiento entre ambos Estados, incluso a pesar de la atávica desconfianza de Bogotá y de la reticencia nicaragüense — especialmente intensa, pero no exclusiva, bajo el sandinismo — frente al diálogo y la concertación.
* Profesor de Relaciones Internacionales de la Universidad del Rosario, catedrático de la Academia Diplomática San Carlos, director académico del Observatorio de Política y Estrategia en América Latina del Instituto de Ciencia Política “Hernán Echavarría Olózaga”. Las opiniones aquí expresadas son de carácter personal y no comprometen a institución alguna.
[1] De conformidad con el artículo 76 de la Convemar: “La plataforma continental de un Estado ribereño comprende el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá de su mar territorial y a todo lo largo de la prolongación natural de su territorio hasta el borde exterior del margen continental, o bien hasta una distancia de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial, en los casos en que el borde exterior del margen continental no llegue a esa distancia”. No se trata, por lo tanto, ni de aguas, ni de soberanía.