Marihuana medicinal: ¿tiene Colombia un cupo autorizado por la ONU? - Razón Pública
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Marihuana medicinal: ¿tiene Colombia un cupo autorizado por la ONU?

Escrito por Francisco Thoumi
Marihuana.

Francisco ThoumiUn destacado artículo de El Tiempo afirma que la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE) asignó un cupo a Colombia para la producción legal de marihuana para usos medicinales. Pero esta afirmación es falsa. Y es importante aclararlo.

Francisco E. Thoumi*

Una sorpresa

Paulina Angarita en su artículo del 11 de enero en El Tiempo informa que “Colombia tiene 44 por ciento del cupo mundial para cannabis medicinal” y que “en el 2018, la mayor producción de cannabis medicinal en el mundo podría estar en Colombia. El país obtuvo un cupo, por segundo año consecutivo, de 40,5 toneladas para sembrar legalmente la planta, lo que equivale al 44 por ciento de la producción autorizada por la Junta Internacional para la Fiscalización de Estupefacientes (JIFE) para este año”. Y agrega, “los cupos revelados el pasado 2 de enero muestran claramente que el potencial de Colombia en este campo es reconocido por la Junta, que es un órgano independiente adscrito a las Naciones Unidas.

“Después de Colombia, Estados Unidos es el país con mayor cupo, con 33,4 toneladas aprobadas, seguido por Israel, con 10,1, y Australia con 2,5 toneladas. Un documento de la JIFE habla de un cupo total de 91,9 toneladas de producción legal a nivel global”. Esto se complementa con: “Canadá es uno de los países que más interés ha mostrado en la producción de canabinol en Colombia, por los elevados costos que implica sembrar la mata en su territorio como consecuencia de las estaciones.”

La JIFE no asigna cupos para la producción de marihuana en ningún fin.

Estas afirmaciones implican que la JIFE ha establecido un volumen de marihuana requerida en el mundo para usos medicinales y repartió esa cifra entre países que compitieron para obtener un cupo; Colombia obtuvo el más grande.

Siendo uno de los 13 miembros de la JIFE, esas afirmaciones me sorprendieron porque la JIFE no asigna cupos para la producción de marihuana con ningún fin.

El papel de la JIFE

La JIFE vela por el cumplimiento de las convenciones sobre drogas entre los Estados que hacen parte de ellas. Uno de sus mandatos es la regulación y supervisión de los mercados de insumos y drogas psicoactivas de base vegetal, principalmente los cultivos de amapolas utilizadas en la producción de morfina, codeína y otros opiáceos usados en medicina. Lo mismo ocurre con la cocaína, excepto que el consumo medicinal mundial de esta sustancia es muy pequeño, aproximadamente 100 kilogramos por año.

El mandato de la JIFE se extiende a todas las drogas controladas por las convenciones, las cuales incluyen muchas drogas psicoactivas utilizadas en psiquiatría, otras ramas de la medicina y medicina veterinaria.

La Junta también regula el comercio internacional de precursores químicos utilizados en la producción de drogas psicoactivas controladas y estableció sistemas de comunicación en tiempo real entre países:

  1. Las empresas exportadoras de las sustancias controladas -drogas o precursores químicos- deben informar a sus gobiernos antes de efectuar la exportación;
  2. Los gobiernos informan a la JIFE;
  3. la JIFE contacta al gobierno del país importador para que este asegure que la empresa importadora es legal y que tiene usos legítimos para esas sustancias;
  4. Una vez que el gobierno del país importador confirma la validez de la exportación, la JIFE informa al gobierno del país exportador y este aprueba la exportación.

Con relación a los cultivos de amapolas, la Junta recibe las estimaciones de producción de los países que tradicionalmente han abastecido la industria farmacéutica mundial. Si las estimaciones están en línea con las del pasado y con las expectativas de cambios en la demanda, la JIFE las acepta. En caso contrario se comunica con los gobiernos para aclararlas.

Un país puede cultivar amapolas para producir opiáceos con fines medicinales para consumo nacional, siempre y cuando no exporte sus productos

Los gobiernos de estos países deben demostrar que tienen sistemas creíbles de control que eviten el desvío de la paja de amapola y opio, los insumos para producir las drogas, al mercado ilegal. Debido a esto la política de la JIFE es limitar el número de países cultivadores de amapolas y exportadores de opiáceos para usos legales porque entre mayor sea el número de países autorizados más difícil sería el control. Sin embargo, un país puede cultivar amapolas para producir opiáceos con fines medicinales para consumo nacional, siempre y cuando no exporte sus productos.

En el caso de la marihuana, de acuerdo con las Directrices expedidas en junio del 2017 por la JIFE, se aplicaría un sistema semejante que requeriría supervisar la producción para el mercado interno y las exportaciones (Recuadro).

Directrices para el uso terapéutico del Cannabis Medicinal

Como primer paso, los gobiernos tendrían que estimar el consumo anticipado de cannabis para estos fines y presentar a la JIFE un estimado junto con los soportes, tales como el número esperado de personas que consumirían cannabis con fines medicinales. Si hay planes para cultivar la planta, incluso para ensayos científicos, la estimación también debe incluir información sobre el área y la ubicación geográfica del cultivo.

En caso de que se cultive cannabis, las autoridades gubernamentales también deben establecer una agencia de cannabis, de conformidad con los artículos 28 y 23 de la Convención de 1961. El objetivo general de tal agencia es administrar el cultivo de cannabis.  Las funciones de dicha agencia incluyen, en particular, la designación de las áreas y las parcelas de tierra en las que se permitirá el cultivo y el establecimiento de un sistema de licencias.

Los informes estadísticos sobre el consumo, las existencias y la producción de cannabis se deberán presentar anualmente a la JIFE, y la información sobre las exportaciones e importaciones del medicamento en forma trimestral. Al igual que con otras drogas que se encuentran en las listas de la Convención de 1961, los gobiernos deberán exigir autorizaciones de exportación e importación. Se recomienda que los gobiernos solo acepten importaciones de cannabis de países donde hay una estimación aprobada por la JIFE.

Fuente: INCB (JIFE), traducción libre del autor

Es cierto que el Gobierno Colombiano ha seguido las directrices de la JIFE y le ha presentado su estimativo del volumen de marihuana requerido para satisfacer sus necesidades, el cual fue aceptado por la JIFE. Sin embargo, las directrices de la JIFE aún no han sido implementadas por todos los países que tienen marihuana medicinal, por lo que no es posible afirmar que Colombia es el país con mayor producción de marihuana para usos medicinales en el mundo.

Pero antes de que este sistema se pueda implementar plenamente es necesario que la Organización Mundial de la Salud (OMS) establezca los usos médicos de la marihuana, lo cual es necesario para evitar que la marihuana medicinal se utilice como pretexto para legalizar sus usos no médicos. La OMS está elaborando un estudio muy detallado sobre la marihuana, si concluye que esa planta realmente tiene usos médicos importantes, puede recomendar a la Comisión de Estupefacientes que reconozca la legitimidad de esos usos y sus formas de uso.

La Comisión de Estupefacientes es el órgano de las Naciones Unidas encargado de formular las políticas internacionales de drogas. Esta Comisión tiene una membrecía rotativa de 53 países cuyas representaciones se reúnen anualmente en Viena, y en la cual Colombia participa activamente. Como hasta ahora los usos médicos de la marihuana no han sido reconocidos por la Comisión de Estupefacientes, la JIFE no tiene ningún mandato o poder para establecer “cupos” para la exportación de marihuana o sus productos.

El artículo en El Tiempo

Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes, JIFE en Colombia
Ex Ministro de Justicia, Yesid Reyes Alvarado, en reunión con el Presidente de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes – JIFE, Werner Sip
Foto: Embajada de Colombia en Austria

Desde la perspectiva de las funciones de la JIFE el artículo en El Tiempo es desconcertante. Sospecho que su autora confundió a la JIFE con el Grupo Técnico de Cupos (GTC) que creó el ministerio de Salud de Colombia mediante el Decreto 613 de 2017 para el análisis, evaluación y seguimiento de todos los asuntos relacionados con la asignación de cupos o previsiones de cannabis para fines médicos y científicos, de conformidad con lo previsto en la Convención Única de Estupefacientes de 1961.

No es posible afirmar que Colombia es el país con mayor producción de marihuana para usos medicinales en el mundo.

Es cierto que el citado decreto prevé en el Articulo 2.8.11.2.6.3, que dentro de las   funciones del GTC está la de “Determinar el cupo de cannabis psicoactivo y de sus derivados que el país debe solicitar anualmente ante la JIFE… en relación con el acceso seguro e informado al uso médico y científico del cannabis.”  Sin embargo, de acuerdo con las actuales funciones de la JIFE esto no es exacto.  El GTC es la entidad encargada de determinar los cupos y no la JIFE. La JIFE simplemente vigila el cumplimiento de las Convenciones, pero no otorga cupos.

Independientemente de la fuente atribuida en el artículo, la afirmación es engañosa porque presenta la aceptación de las estimaciones elaboradas por el Gobierno Colombiano como un apoyo de parte de la JIFE al desarrollo en Colombia de una industria de marihuana medicinal para exportación a Canadá, además del reconocimiento del potencial colombiano para producir marihuana, una planta que crece en todo el mundo. Esto no solamente es falso, sino que va más allá de las funciones actuales de ese organismo.

*El autor es miembro de la JIFE (Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes) y cofundador de Razón Pública. Las opiniones expresadas en este artículo son a título personal y no comprometen de ninguna forma a la Junta ni a la Organización de las Naciones Unidas. Para ver el perfil del autor, haga clic aquí

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