Ley Ángel y Ley Lorenzo: otro paso hacia una zoópolis
Foto: Fotografía oficial de la Presidencia de Colombia

Ley Ángel y Ley Lorenzo: otro paso hacia una zoópolis

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Dos leyes de protección animal recientemente aprobadas muestran una tendencia positiva en el reconocimiento de los animales como sujetos jurídicos y políticos en Colombia.

Estado para los animales

Dos proyectos de protección animal se convirtieron en ley el pasado mes de abril: la Ley Ángel (Ley 2455 de 2025), que actualiza las normas policivas y penales que sancionan el maltrato animal, y la Ley Lorenzo (Ley 2454 de 2025), que busca mayores medidas de protección para los perros usados en servicios de seguridad y vigilancia. 

La Ley Ángel aumenta las sanciones por maltrato animal y resuelve conflictos normativos que existían entre el Estatuto de Protección Animal y el Código de Policía, que a menudo dificultaban la aplicación efectiva de las sanciones. Además, aclara los procedimientos que deben seguir los inspectores de policía para sancionar estos casos y establece nuevas herramientas de investigación para las autoridades. Por ejemplo, habilita a la Policía a entrar a un domicilio cuando un animal esté en peligro inminente y ordena la creación de una ruta nacional de atención al maltrato animal, que debe incluir la atención a animales afectados por el conflicto armado.

Por su parte, la Ley Lorenzo establece estándares obligatorios de bienestar animal que deben cumplir las empresas que usan perros en servicios de seguridad y vigilancia. Entre sus medidas más destacadas están, por ejemplo, la reducción de la edad máxima permitida para los animales en estos servicios, la exigencia de tiempos mínimos de esparcimiento y descanso y el fortalecimiento de las facultades de las autoridades para investigar y sancionar a las empresas que incumplan las normas o que toleren situaciones de maltrato. Además, la ley le ordena al Gobierno impulsar tecnologías que contribuyan al reemplazo progresivo de estos animales.

Ambas iniciativas, impulsadas por la senadora Andrea Padilla, son normas que, en sus propias palabras, buscan “crear Estado para los animales”. Esto quiere decir que fortalecen o introducen nuevas capacidades, instituciones y regulaciones de manera deliberada y coordinada, no apenas como una intervención aislada o caritativa, sino como pago de una deuda histórica de justicia con ellos.

Por ejemplo, ambas leyes asignan competencias y obligaciones a las entidades que integran el Sistema Nacional de Protección y Bienestar Animal (Sinapyba), creado en el más reciente Plan Nacional de Desarrollo y actualmente en proceso de reglamentación. Este nuevo sistema busca articular a todas las entidades, normas y políticas relacionadas con la protección animal –incluidas las de los sectores de salud, agricultura y ambiente– con el fin de asegurar una atención estatal integral y coordinada para los animales. En suma, se trata de dos leyes con un mensaje claro: los animales importan y el Estado debe contribuir a su florecimiento.

Foto: Will Kymlicka

Hacia una zoópolis

La creación de este “Estado animal” parte del reconocimiento de que nuestra comunidad política también está integrada por individuos de otras especies, que tienen necesidades e intereses que el Estado debe proteger. En otras palabras, que el Estado no debe ser una tiranía de lo humano sobre lo no-humano, sino una zoópolis: un orden social donde humanos y otros animales coexistan de forma justa.

En Zoópolis: una teoría política de los derechos de los animales, Sue Donaldson y Will Kymlicka proponen precisamente esta transformación. Según su teoría, los animales pueden ser clasificados en tres categorías políticas: (i) los domésticos (como gatos, perros, vacas y gallinas), que deben ser considerados ciudadanos y miembros activos de la comunidad política; (ii) los silvestres, que deben ser considerados miembros de comunidades soberanas autónomas, y (iii) los liminales (o silvestres-urbanos, como las palomas), que deben ser considerados residentes del territorio, con derechos básicos, pero sin todas las garantías que ofrece la ciudadanía.

Históricamente, las leyes de protección animal han surgido a partir de otro paradigma: una separación categórica entre humanos y animales, donde solo los primeros participan en la construcción de acuerdos políticos, mientras que los segundos “no tienen voz” y son apenas recipientes pasivos de las consecuencias de esas decisiones. 

En ese modelo, la protección de los animales no se basa en el reconocimiento de sus derechos ni de su valor moral intrínseco, sino en la utilidad o conveniencia de esa prohibición para los seres humanos. Por ejemplo, se les protege contra la crueldad excesiva o “innecesaria” porque esta podría eventualmente traducirse en más violencia contra otros seres humanos. En este enfoque tradicional, las leyes ofrecen principalmente protecciones negativas contra el sufrimiento, es decir, se limitan a decir lo que no se les puede hacer. 

En una zoópolis, en cambio, los animales son vistos como agentes con voz, que comparten en diferentes medidas nuestro territorio y con quienes tenemos obligaciones. Comprender a los animales como agentes políticos implica, por ejemplo, deliberar con ellos. Esto significa considerar sus intereses y necesidades antes de tomar decisiones políticas y jurídicas que los afecten.

Por eso, las leyes que parten del reconocimiento de los animales como sujetos jurídicos y políticos tienen protecciones más amplias, que incluyen obligaciones positivas por parte del Estado. En este caso, por ejemplo, las leyes Ángel y Lorenzo no solo prohíben conductas constitutivas de maltrato, sino que crean nuevas instituciones, rutas de atención y facultades que comprometen activamente al Estado en asegurar que los animales lleven vidas dignas.

El camino por recorrer

Crear un verdadero Estado para los animales requiere, además de un marco normativo, un compromiso de los funcionarios y un profundo cambio cultural en el que los animales dejen de ser vistos como recursos, objetos o formas de vida de segunda clase. Por eso es especialmente relevante que la Ley Ángel ordene la capacitación a los inspectores de policía en todo el territorio nacional, así como a los funcionarios de la rama judicial y la Fiscalía, para asegurar que sus decisiones sean “diligentes” y “compasivas”.

Construir una zoópolis requerirá voluntad política, inversión pública, vigilancia ciudadana, participación de distintos sectores y, sobre todo, una transformación ética que le ponga fin al paradigma de la supremacía humana sobre los miembros de otras especies. No se trata de una utopía, sino del siguiente paso lógico en un Estado Social de Derecho que aspira a ser realmente democrático, justo e incluyente.

Le recomendamos: ¿Es necesaria una ley para garantizar el pilar solidario?

Acerca del autor

Ricardo Díaz Alarcón
Rdiaz@razonpublica.org | + posts

** Literato y abogado de la Universidad de los Andes. Editor de Razón Pública.

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** Literato y abogado de la Universidad de los Andes. Editor de Razón Pública.

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