Las reformas laborales: ¿pasos hacia adelante o pasos hacia atrás? - Razón Pública
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Las reformas laborales: ¿pasos hacia adelante o pasos hacia atrás?

Escrito por Juliana Morad

El presidente, la ministra de Trabajo y los congresistas han propuesto muchos cambios en el régimen laboral. ¿En qué consisten los proyectos principales y cuáles serían sus consecuencias?

Juliana Morad Acero*

Muchas cosas por cambiar

Aunque el gobierno no haya radicado todavía su proyecto de reforma laboral en el Congreso, tanto el presidente Petro como la ministra de Trabajo, Gloría Inés Ramírez, han hecho varios anuncios al respecto; por ejemplo, los de ampliar la jornada nocturna y eliminar la contratación por prestación de servicios.

Aun sin ese proyecto, hoy cursan en el Congreso al menos 18 proyectos de ley sobre las relaciones de trabajo. Muchos de estos coinciden en aspectos como:

  • Delimitar las jornadas diurna y nocturna;
  • Ampliar el periodo de vacaciones de 15 a 20 días hábiles y vacaciones cada seis meses para trabajadores con actividades de alto riesgo;
  • Regular el debido proceso laboral;
  • Modificar la ley de acoso laboral, y
  • Establecer un aumento salarial permanente que por los menos compense la tasa de inflación según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Hay además otros proyectos que adoptan la perspectiva de género, en aspectos como:

  • Flexibilizar las condiciones laborales para madres gestantes y lactantes;
  • Establecer cuotas mínimas de contratación de mujeres en sectores como la construcción;
  • Flexibilizar los horarios de quienes asumen responsabilidades familiares— así se cumpliría el Convenio número 156 de la Organización Internacional del Trabajo, cuya ratificación se está tramitando en el Congreso;
  • Regular los servicios ofrecidos por webcamers, o
  • Ampliar los beneficios para trabajadores independientes o que no estén vinculados mediante contratos de trabajo.

¿Qué tan pertinentes son estos proyectos? ¿Tendrán un impacto positivo o resultarán contraproducentes? Podría extenderme en el examen de proyectos tan dispersos, pero creo que es más útil proponer tres ejes de análisis:

  • El constitucional, donde destaco en especial la importancia de la reivindicación laboral de las mujeres.
  • El del impacto económico de los proyectos en general.
  • Y el de la necesidad de escoger prioridades para mejorar las condiciones actuales del país.

El marco constitucional

Las reformas mencionadas en general desarrollan principios establecidos en la Constitución de 1991 y por lo tanto, en principio, son compatibles con ella.

Entre esos principios se destacan los de disminuir la desigualdad, lograr condiciones de vida dignas, crecimiento económico, aumento del empleo y de la productividad, protección especial de los más vulnerables y de los históricamente discriminados, como las mujeres.

Dentro de este marco constitucional, resulta de suma importancia brindar ambientes laborales adecuados y reivindicar las luchas feministas. Por eso debo saludar los proyectos que establecen cuotas mínimas de contratación y flexibilizan las condiciones laborales de mujeres o de quienes ejercen roles de cuidado en sus hogares.

Pero es importante actuar con cautela, porque estos proyectos podrían tener efectos contraproducentes; aumentar las regulaciones laborales para las mujeres podría traducirse en mayores costos para su contratación y, por tanto, en menos puestos   de trabajo para ellas en el sector formal.

La historia ya lo ha demostrado; la Ley 1822 de 2017 amplió a 18 semanas la licencia de maternidad —antes eran 14—, pero esto ocasionó un aumento de la informalidad de las mujeres en edad fértil.

Por eso importa que los legisladores estudien en profundidad estos asuntos y consulten autores que llevan tiempo analizando los impactos reales de medidas de este tipo, en especial a las economistas feministas.

Foto: Fenoge -Las nuevas garantías que establezcan las reforma no cubrirían en efecto a los desempleados ni a los trabajadores informales, sino a los pocos privilegiados que gozan de un contrato de trabajo.

Impacto económico

Todos reconocemos que el propósito de las regulaciones laborales es brindar protección a los trabajadores y a las empresas que pueden contratarlos. Por eso importa tener en mente las principales condiciones del contexto económico, como decir hoy, en Colombia, las siguientes:

  • Según el DANE, el 78 % de los empleos son generados por las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMEs).
  • Entre julio y septiembre de 2022 la proporción de ocupados informales fue del 58,3 %.
  • La tasa de desempleo nacional fue de 10,7 % en el pasado mes de septiembre.

¿Por qué traer a colación estos datos en particular? (1) Porque las reformas laborales cobijarán a todos los empleadores del país, más del 70 % de los cuales son MIPYMEs; (2) Porque la mayoría de los trabajadores ni siquiera tiene acceso a un contrato de trabajo en condiciones de formalidad, y (3) Porque el nivel de desempleo sigue siendo elevado en Colombia.

Sin las reformas referidas, las MIPYMEs ya enfrentan el reto de atender el aumento de la inflación y del salario mínimo, lo cual implica pagar salarios más elevados, prestaciones sociales (auxilio de transporte, primas, cesantías e intereses a las cesantías), más dinero por vacaciones y mayores cotizaciones a pensiones, salud, riesgos laborales y parafiscales.

Además, estas reformas se aplicarían en un escenario de aumento del desempleo y con una altísima informalidad. Por eso las nuevas garantías que establezcan las reforma no cubrirían en efecto a los desempleados ni a los trabajadores informales, sino a los pocos privilegiados que gozan de un contrato de trabajo.

Autores como  Gaviria, Núñez, Amarante y otros, Guataqui y García, han estudiado los efectos de reforma laboral de 2002 (Ley 789) en relación  con variables como el volumen de empleo, las tasa de desempleo, la cantidad  de horas trabajadas y la estabilidad laboral.

Esta reforma no aumentó los costos para los empleadores, sino que amplió la jornada ya sí disminuyó el pago por horas extras. También, disminuyó los costos de la indemnización por terminación del contrato sin justa causa y modificó los contratos de aprendizaje, que es uno de los mecanismos para la contratación de jóvenes.

De esta manera, todos los estudios anteriores coinciden en que la reforma del 2002 se tradujo en nuevos puestos de trabajo y en mejoras de la remuneración y la calidad del empleo.

Por eso las nuevas garantías que establezcan las reforma no cubrirían en efecto a los desempleados ni a los trabajadores informales, sino a los pocos privilegiados que gozan de un contrato de trabajo.

Cabe entonces preguntar cuáles reformas implicarían costos adicionales para los empleadores; la respuesta no es fácil porque existen muchos tipos de costos laborales, pero podemos identificar algunos que serían afectados de inmediato.

Entre éstos figura la ampliación del periodo de vacaciones, lo cual obligará a buscar reemplazos o a aumentar las horas de trabajo, con el mayor pago salarial de quienes no están en vacaciones. Lo mismo ocurriría con el cambio en la duración de las jornadas diurna y nocturna.

Pero otras reformas no necesariamente implican sobrecostos para el empleador.   Por ejemplo, las que promueven el acuerdo flexible de horarios (sin modificar la jornada mínima) y el teletrabajo o trabajo en casa para mujeres gestantes. También, las establecen crean cuotas mínimas para mujeres, o las que regulan las prácticas educativas para promover el trabajo joven.

Prioridades en el contexto actual

A partir de este análisis, surge la pregunta de en qué deben concentrarse las reformas, dadas las actuales condiciones económicas. Me atrevo a sugerir las siguientes prioridades:

  • Generar más empleo;
  • Facilitar la formalización y mejoría de condiciones para los trabajadores informales, y
  • Superar la pobreza y la discriminación.

Todos los proyectos de ley deberían ser sometidos a estos filtros concurrentes para verificar si son adecuados, pertinentes y necesarios en las actuales circunstancias.

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