
La reforma tributaria no toca los privilegios de los ricos ni reduce la evasión; los programas de subsidio son insuficientes y no siempre equitativos.
Luis Jorge Garay Salamanca* y Jorge Enrique Espitia Zamora**
Otra reforma tributaria
El 14 de septiembre, el presidente Duque sancionó la más reciente reforma tributaria o “ley de inversión social”.
El proyecto pasó rápidamente por el Congreso y fue aprobado sin mayor discusión, motivo por el cual fue demandado ante la Corte Constitucional por algunos congresistas.
Igual que todas sus antecesoras, la nueva ley afirma que su intención es resolver los problemas de largo aliento que pesan sobre nuestro sistema tributario. Pero la ley no corrige ninguno de esos problemas y por eso sería necesario que el próximo gobierno impulse una reforma profunda, que cumpla con los principios constitucionales: suficiencia recaudatoria, progresividad, equidad, justicia fiscal y eficiencia.
En Colombia, encubrir bienes y no declarar ingresos “paga”.
No se penaliza a los evasores
En Colombia, encubrir bienes y no declarar ingresos “paga”. Tarde o temprano, una norma les rebaja las penas o los intereses a los evasores o, incluso, otorga tarifas diferenciales para quienes defraudaron al Estado. Esta no es la excepción.
El artículo 2 de la ley creó el “impuesto complementario de normalización tributaria”, con una tarifa del 17 % para los contribuyentes que dispongan de activos omitidos o pasivos inexistentes.
Además, el artículo 51 otorgó un “beneficio de auditoría” a quienes aumenten su impuesto neto de renta en al menos un 25 % respecto del año anterior. Esto significa que si se aumenta el impuesto en ese porcentaje, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) se compromete a auditar la declaración durante un tiempo menor al usual.
Las empresas no aportan más
El gobierno ha afirmado que en la nueva reforma tributaria las empresas harán el mayor aporte, pues la tarifa nominal del impuesto sobre la renta a su cargo aumentó al 35 %.
Pero ese aumento no es tan significativo como parece, pues las empresas aún tienen enormes beneficios fiscales que no se tocan. Estos beneficios ascienden a cerca de 58 billones al año, que se reparten así:
- 40 a través de los Ingresos No Constitutivos de Renta;
- 13 por Rentas Exentas, y
- 5 billones por descuentos tributarios.
Si se eliminaran estos beneficios y se gravara a las empresas con una tarifa del 35 %, se obtendría un recaudo de 24 billones de pesos. En cambio, con el aumento de la tarifa del 32 al 35 %, el recaudo aumenta apenas en 4 billones.
Puede leer: Los beneficios tributarios a las empresas están desangrando el país
Según los cálculos del Ministerio de Hacienda, con una tarifa nominal del 35 %, los mini-mercados, las tiendas de vestidos, las empresas de consultoría y los restaurantes tendrían tarifas efectivas de tributación superiores a las de empresas del sector financiero o minero, como lo muestra el Cuadro 1. En todo caso, la tarifa efectiva no excedería a un 7,5 %, por causa de los beneficios fiscales existentes.

Por lo anterior, no es cierto que en esta nueva reforma tributaria sean las grandes empresas las que más aporten. Tampoco es cierto que el aumento de la tarifa en el impuesto de renta vaya a traer dificultades para atraer inversión extranjera ni para aumentar la competitividad de las empresas nacionales. La inversión de las empresas depende, principalmente, de su tasa de ganancia, por lo que un aumento irrisorio de la tarifa efectiva del impuesto a la renta no la alterará.
Además, la reforma tributaria no grava el patrimonio de las empresas, a pesar de que este es uno de los instrumentos más utilizados en tiempos de crisis o en emergencias económicas.

No se corrige la desigualdad
La reforma también favoreció a cerca de 40 mil personas que pertenecen al 1 por ciento o al 1 por mil de los contribuyentes más ricos del país.
En efecto, la ley aprobada no grava sus patrimonios y mantiene los beneficios fiscales existentes. Esto significa que se protegen las actuales tarifas efectivas de tributación para estas personas, que oscilan entre el 2 % y el 5 % de sus ingresos brutos, como lo muestra la Gráfica 2. Este tratamiento preferencial no se compadece con los altos niveles de concentración del ingreso y de la riqueza en Colombia.
Gráfica 2. Tasa efectiva de impuesto a la renta de personas naturales según percentil de ingreso
(ET=Recaudo del impuesto/Ingreso Bruto)

¿Qué pasa con los paraísos fiscales?
El Estatuto Tributario define los paraísos fiscales como aquellas “jurisdicciones no cooperantes o de baja o nula imposición”.
En 2020, más de tres millones de personas pasaron a estar en condición de pobreza monetaria.
En nuestro país, cerca del 30 % del total de la inversión extranjera directa en los últimos cinco años ha provenido de paraísos fiscales. Ese porcentaje aumenta sustancialmente, si se consideraran como paraísos fiscales algunos estados de Estados Unidos como Dakota del Sur, Florida, Delaware, Nevada o Wyoming. Por otra parte, la inversión colombiana en paraísos fiscales, incluyendo los de Estados Unidos, fue cercana al 35 % en 2020.
Por eso, hay gran incertidumbre sobre lo que puede suceder cuando se empiece a cobrar el “impuesto mínimo global” con una tarifa del 15 % que acordaron 136 países –entre ellos Colombia– en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Este impuesto puede desincentivar a las empresas a hacer uso de sus sucursales en paraísos fiscales.

No hay renta básica
En 2020, más de tres millones de personas pasaron a estar en condición de pobreza monetaria. Con este aumento, el 45,2 % de los colombianos se encuentran en un estado de pobreza. Cada uno de ellos tiene que vivir con menos de 11.000 pesos diarios y, los que se encuentran en condición de miseria, con menos de 5.000 diarios.
Si a esta cifra se le suma la población vulnerable –personas que viven con menos de 22.000 pesos diarios– el número es alarmante: el 72,9 % de los habitantes de Colombia son pobres o vulnerables en términos monetarios.
A pesar de lo anterior, los programas de apoyo monetario del gobierno son ineficientes y no llegan a quienes deben llegar. La Encuesta de Calidad de Vida del DANE mostró que el programa Familias en Acción apenas llega al 8 % de las personas objeto de la política. Solo el 10 % de las personas en pobreza monetaria y el 5 % de las personas en condición de vulnerabilidad tuvieron acceso al programa.
Por otra parte, en el programa Adulto Mayor hay más de un millón de personas de las cuales el 57 % son pobres, el 30 % vulnerables y el 11 % de clase media. Sorprendentemente, hay cerca de 8.500 personas de clase alta que reciben los beneficios de este programa.
De las transferencias monetarias entregadas con ocasión de la pandemia por COVID-19, según la Encuesta de Calidad de Vida, cerca de 16 millones de personas recibieron por lo menos una ayuda, proveniente de los programas de Familias en acción, Adulto Mayor, Jóvenes en Acción o Ingreso Solidario.
El 46 % de la población que se encuentra en pobreza monetaria y el 34% de quienes clasifican como vulnerables recibieron por lo menos una ayuda. Hay que resaltar que cerca del 30 % de las personas en condición de vulnerabilidad o pobreza no han recibido ningún tipo de ayuda, lo que equivale a cerca de 21 millones de personas desamparadas. En contraste, un millón y medio de personas de clase media y unas 70 mil de clase alta recibieron ayudas durante la pandemia.
Por eso, es necesario establecer un monto digno de renta básica y universal para las personas en condición de pobreza o vulnerabilidad. La transferencia se podría destinar a las personas en condición de pobreza extrema, con el fin de otorgarles un ingreso igual al de la lína de indigencia –es decir, 145.000 pesos mensuales por persona–. Hacer dichas transferencias costaría unos 200 mil millones al mes, lo que equivale al 0,2 % del PIB anual.