La legalización de las drogas recreativas: una ilusión inviable - Razón Pública
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La legalización de las drogas recreativas: una ilusión inviable

Escrito por Francisco Thoumi

Incautación de cocaína.

Francisco ThoumiQuienes defienden la legalización en Colombia olvidan que para que esta tenga los efectos que esperan el mundo tendría que moverse en la misma dirección. Pero esto es un imposible porque todos o casi todos los países de ese mundo son prohibicionistas.  

Francisco E. Thoumi*

Legalización vs. prohibicionismo

En países como Colombia, México y algunos centroamericanos, donde las consecuencias de la violencia y la corrupción asociadas con el mercado ilegal de drogas han sido graves, frecuentemente se clama por cambiar las políticas y se piden estrategias y enfoques nuevos.

En estos países se dice que “la legalización es la única solución”, que “es necesario legalizar las drogas”, o que “el país debe liderar una campaña para que el mundo permita el uso recreativo de la cocaína”. Pero no se propone un plan que indique cuáles serían los pasos viables a seguir o cómo sería esa campaña de la que hablan.

En las reuniones anuales de la Comisión de Estupefacientes de Naciones Unidas, el órgano encargado de formular políticas sobre drogas, han expresado sus posiciones los representantes de los países interesados. Evo Morales ha defendido la coca tradicional afirmando que la cocaína es un invento de la cultura occidental que ha explotado a los indígenas; Uruguay ha explicado por qué y cómo ha desarrollado un plan para legalizar la marihuana; Colombia y México han pedido nuevas estrategias y enfoques para las políticas de drogas.

No obstante la gran mayoría de los países del mundo apoyan el sistema internacional de control de drogas (SICD) que establecen las Convenciones de Drogas de las Naciones Unidas y se han comprometido con su aplicación.

Estas Convenciones son uno de los tratados con más aceptación en el mundo. En efecto, Rusia, China, Japón, Suecia, Cuba, Honduras, Bolivia, todos los países que fueron parte de la Unión Soviética, los países islámicos y todos los países africanos, así como un alto porcentaje de la población latinoamericana, están de acuerdo con el contenido de las Convenciones y rechazan cualquier cambio a las limitaciones impuestas por el SICD.

Aun en países con constituciones que protegen los derechos individuales, como Colombia, una gran parte de la población apoya el prohibicionismo con respecto a las drogas y rechaza el derecho de las personas a decidir cuándo, cómo y dónde consumirlas.

La regulación internacional

Miembros del Observatorio de Drogas de Colombia
Miembros del Observatorio de Drogas de Colombia
Foto: Observatorio de Drogas De Colombia 

Lo anterior no significa que el SICD sea inflexible. En los últimos años ha habido cambios en la posición de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, así como en la de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE).

Actualmente estos organismos insisten en que las políticas de drogas deben respetar los derechos humanos, en que las penas a los traficantes y productores deben ser proporcionales a sus crímenes, en que para cumplir con las convenciones no es necesario tener “guerras contra las drogas” y en que no hay que sancionar con cárcel a los consumidores, quienes deben tener acceso a tratamiento médico, rehabilitación y programas de reinserción social. Además, han exhortado a los países a que no apliquen la pena de muerte para delitos de producción y tráfico de drogas.

Colombia y México han pedido nuevas estrategias y enfoques para las políticas de drogas.

Sin embargo, la interpretación de las Convenciones que hace la Comisión de Estupefacientes de Naciones Unidas ha sido inflexible frente a la prohibición de los usos no médicos y científicos de las drogas controladas por estas Convenciones, así como a la producción y tráfico ilegal de las mismas.

En la práctica, el SICD ha tenido cuatro metas principales:

  1. Prohibir los usos no médicos o científicos de las drogas controladas.
  2. Regular en cada país el mercado de las drogas que tienen usos médicos y el de sus precursores químicos, así como promover la eliminación de la producción y mercadeo de las drogas prohibidas.
  3. Regular el comercio internacional de las drogas con usos médicos y de sus precursores químicos o de los insumos necesarios para producirlas.
  4. Eliminar el comercio internacional ilegal de drogas y de sus precursores químicos o de los insumos.

Con las dos primeras metas el SICD busca establecer en todos los países miembros un conjunto de políticas que antes se habían formulado e implementado individualmente. Bajo este enfoque, el riesgo de adicción a las drogas se entiende como un problema que debe ser tratado por la legislación internacional. La prohibición de los usos no médicos o científicos de las drogas como política universal ha sido mucho más inflexible que otras restricciones formuladas por Naciones Unidas. En efecto, en el caso de los tratados relacionados con la discriminación racial, sexual, étnica, religiosa o con los derechos a la nutrición, salud, educación y vivienda, Naciones Unidas tiende a recomendar más que a imponer políticas.

La tercera y cuarta metas buscan combatir las consecuencias externas negativas provocadas por las políticas de drogas de un país o por su incapacidad de controlar la producción y el tráfico de drogas en su territorio. Estas metas parten del supuesto de que los países son soberanos y tienen el monopolio del poder y la fuerza, así como sistemas de justicia adecuados dentro de sus territorios.

La liberalización

Los movimientos hacia la liberación de los mercados de drogas controladas en el mundo están relacionados con la flexibilización del tratamiento a los consumidores y con la liberación de los mercados de marihuana en algunos lugares, pero no con la liberalización del comercio internacional de cocaína u otras drogas.

Durante los últimos años diversos países han tenido cambios en sus políticas de drogas. Estados Unidos, por ejemplo, a pesar de haber sido uno de los principales promotores del SICD recientemente ha evolucionado en su posición mucho más que otros países. Ocho de sus cincuenta estados y el distrito de Columbia han permitido el uso legal de la marihuana con fines no médicos o científicos. Y, además de estos, otros veinte estados –así como los estados asociados de Guam y Puerto Rico– permiten los usos médicos de la marihuana.

Debido a estos cambios de política, hoy Estados Unidos debe explicarle a Naciones Unidas las razones por las cuales el gobierno federal no tiene poder para intervenir en los estados y hacer cumplir las Convenciones de la ONU.  De acuerdo con la Constitución norteamericana los cincuenta estados de la unión son soberanos y no están sujetos a las Convenciones de Naciones Unidas porque no las han firmado. El gobierno federal es apenas un agente con poderes limitados y no puede forzar a las Policías y a los sistemas judiciales estatales a cumplir las Convenciones.

Por otra parte, actualmente veinte países más han regulado el mercado de la marihuana medicinal y otros están avanzando en el mismo camino. Todos estos son países europeos o con una fuerte influencia de la cultura occidental. En América Latina solo Argentina, Chile, Colombia y Uruguay han aceptado la marihuana medicinal. En el Caribe lo ha hecho Jamaica, que ahora avanza hacia la legalización de usos no médicos o científicos.

El tratamiento de los usuarios y adictos se ha suavizado bastante en algunos países de Europa occidental como Portugal, España, Reino Unido, Países Bajos y partes de Alemania. Australia también ha avanzado en este aspecto.

¿Qué esperar?

Presidente Juan Manuel Santos en reunión con la ONU.
Presidente Juan Manuel Santos en reunión con la ONU. 
Foto:  Presidencia de la República 

De acuerdo con estas tendencias, la expectativa de que las Convenciones de drogas se reformen para permitir el uso recreativo es una utopía. En el mejor de los casos los países podrían permitir la producción y consumo dentro de su territorio, pero no su exportación. Esta solo sería posible hacia aquellos territorios donde también fuera legal, y los países –en ejercicio de su soberanía– pueden prohibir la entrada a sus territorios de sustancias que consideran peligrosas. Por ejemplo, muchos países prohíben constitucionalmente la entrada de desechos tóxicos a su territorio, y esto es perfectamente legal porque tiene por objeto proteger a su población. Así también, es común que los países prohíban la importación de productos que copian marcas y estilos protegidos por los derechos de propiedad intelectual en sus jurisdicciones.

De igual manera, las expectativas de una posible exportación de marihuana legal son exageradas. Estas exportaciones solo podrían hacerse a países donde la marihuana medicinal sea legal y, dada la tecnología actual, la gran mayoría de la marihuana medicinal en los países que la aprueben se producirá localmente, al aire libre o hidropónicamente.

El riesgo de adicción a las drogas se entiende como un problema que debe ser tratado por la legislación internacional. 

Cuando en Colombia surgen voces que claman por una política de drogas soberana e independiente generalmente se refieren a la producción y exportación de cocaína, a pesar de que el consumo de drogas psicoactivas ilegales ha aumentado sustancialmente en el país. Sugieren que se acepte la posibilidad de que Colombia pueda exportar cocaína legalmente.

Esas voces son incomprensibles para los ciudadanos de muchos países, pues la mayor parte de ellos son profundamente prohibicionistas. Y aunque el SICD permitiera la cocaína recreativa, esos países tendrían el derecho de prohibir o restringir la importación de cocaína a sus territorios argumentando, por ejemplo, la necesidad de proteger la salud pública. Desde esta perspectiva la exportación de cocaína se volvería ilegal y podría interpretarse como una violación a la soberanía de los demás países.

Por las razones expuestas, es necesario buscar otras opciones más viables para resolver los problemas causados por la producción y exportación ilegal de cocaína en Colombia. Pero cualquier opción que se escoja debe partir siempre de entender que la exportación de drogas controladas por el SICD se rige por las mismas reglas del comercio internacional.

Hay siempre diferentes jurisdicciones soberanas –con diversas cosmovisiones, metas y políticas– que están en capacidad legal de adoptar la posición que consideren más conveniente para su territorio. En consecuencia, Colombia puede implementar medidas en su territorio, pero no puede imponerlas a otros países igualmente soberanos.

* Cofundador de Razón Pública. Para ver el perfil del autor haga clic en este enlace.

 

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