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La financiación irregular de las campañas: otra forma de corrupción

Escrito por Juan Carlos Álvarez
Elecciones y campañas políticas.

Juan Carlos Alvarez AlvalrezA pocos meses de las elecciones vuelve el debate sobre la financiación de las campañas y las maneras de burlar las reglas. ¿Qué se puede hacer para evitar la corrupción? *.

                                                              Juan Carlos Álvarez**

Corrupción en campaña

Uno de los grandes retos de las democracias es el financiamiento irregular de las campañas electorales. En muchas ocasiones se recurre a mecanismos ilegales para conseguir recursos; y en otras ocasiones, aunque no se violan las disposiciones legales, se aprovechan vacíos en la legislación para conseguir recursos de manera indirecta.

La obtención de recursos adicionales por estas vías les da ventajas electorales a algunos sobre aquellos competidores que se mantienen dentro de los márgenes autorizados. Tanto en las formas de financiación legal como en las irregulares, por lo general existe un pacto corrupto entre los receptores de los recursos (campañas, partidos, movimientos, candidatos) y aquellos que los entregan.

Dentro de esta lógica, una vez los patrocinados acceden a los cargos en la administración donde manejan el presupuesto público, los patrocinadores esperan una retribución por su aporte, o, por lo menos, una mayor posibilidad de incidir sobre su inversión y distribución.

Cuando se enfrenta este problema el foco de atención suele dirigirse a la legislación penal.

Las prácticas de financiación ilegal o irregular de campañas en la política colombiana han tenido muchas manifestaciones, pero ¿cuál es la respuesta más adecuada para prevenirlas y sancionarlas?

Cuando se enfrenta este problema el foco de atención suele dirigirse a la legislación penal. Puede decirse que en el imaginario social existe una tendencia a pensar que la solución a los problemas es la expedición de leyes que establezcan nuevos delitos, aumenten penas o eliminen beneficios penales.

En no pocos casos, las demandas de criminalización surgen en momentos en que esos comportamientos indeseables se hacen visibles y adquieren relevancia mediática. Sin embargo, las leyes de mano dura expedidas debido a escándalos relacionados con corrupción en campañas políticas no han dado los resultados que se esperaban.

Puede leer: Financiación de las campañas: normas inaplicadas, cooptación y desinterés ciudadano.

Los cupos indicativos

Un caso que puede ser ilustrativo de la financiación irregular de campañas políticas son los llamados cupos indicativos o partidas de inversión social regional. Estas partidas están conformadas por fondos públicos que se incorporan al presupuesto general de la Nación y se destinan a financiar obras en diversas regiones, cuyo manejo y asignación está a cargo del ministerio de Hacienda y Crédito Público.

 Fiscal General de Pensilvania

Foto: Fiscal General de Pensilvania
Algunos políticos han acabado en la cárcel por irregularidades en la financiación de sus campañas.

Pero en muchas ocasiones estos dineros son utilizados como mecanismo para intercambio entre el gobierno de turno y parlamentarios que votan favorablemente proyectos de ley de interés para el Ejecutivo.

El exministro de Hacienda Juan Camilo Restrepo sostiene que estas partidas de inversión han servido “para transmutar las normas que rigen el gasto público en instrumentos de beneficio y aprovechamiento político para algunos parlamentarios”.

Estos réditos políticos se concretan de diversas maneras. Una de ellas consiste en que los contratistas a los que se les asigna la realización de las obras financiadas con dineros públicos acaban siendo financiadores de las campañas de los parlamentarios que han gestionado los cupos indicativos.

 Ver en esta edición: La resurrección de los auxilios parlamentarios

No es solo cuestión de nuevas leyes

Ante este tipo de irregularidad, que es uno entre muchos otros, resulta pertinente preguntarse si para evitar y sancionar la corrupción lo prioritario es la expedición de una nueva ley penal. En este caso particular, se crearon dos nuevas modalidades delictivas en la Ley 1864 de 2017: el artículo 396A, sobre financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas, y el artículo 396B, sobre violación de topes o límites en los gastos de campañas.

Sin embargo, la incriminación de la financiación ilegal y de la violación de topes o límites de gastos poco ayudará a resolver el problema, pues este se origina en la forma de asignación de los recursos públicos, algo que propicia un campo abonado para la corrupción.

La legislación sobre financiación de campañas políticas en Colombia es dispersa y a veces contradictoria.

La solución es intervenir sobre las causas que provocan el problema, antes que recurrir a crear nuevos delitos, cuando los que existen en el Código Penal resultan suficientes para sancionar estas prácticas. En el ejemplo propuesto, lo razonable habría sido establecer mecanismos diferentes para la asignación de las partidas destinadas a la inversión social en las regiones.

campañas políticas influye en los niveles de corrupción

Foto: FBI
La forma en la que se financian las campañas políticas influye en los niveles de corrupción.

Además de todo esto, la legislación sobre financiación de campañas políticas en Colombia es dispersa y a veces contradictoria, y hay deficiencias en la conformación y funcionamiento de las autoridades electorales, en particular el Consejo Nacional Electoral.

Este organismo no cuenta con las herramientas necesarias para hacer un control eficaz y oportuno de los gastos de las campañas políticas, lo que abre un espacio que favorece las prácticas irregulares e ilegales.

Lea en Razón Pública: Financiación a las campañas: una mano invisible sin control.

Recuperar la confianza

Antes de recurrir al derecho penal, la mejor manera de enfrentar algunos de los problemas mencionados aquí es identificar las prácticas que los originan. Esto supone tener una regulación clara y coherente sobre la financiación de estas actividades, dotar de herramientas suficientes a las autoridades electorales para que realicen el control preventivo y darles instrumentos de sanción administrativos más expeditos.

De esta manera se puede empezar a romper la tradición de que ante un nuevo escándalo de corrupción la primera propuesta que surge es crear un nuevo tipo delictivo o endurecer la respuesta penal.

Más allá de la legislación, la solución del problema de la corrupción política (y de la corrupción en general) es la formación de ciudadanos capaces de valorar en su plena dimensión la importancia de actuar dentro del marco de unas reglas mínimas de juego.

La vida en sociedad y la comunidad política descansan en la confianza mutua, es decir, que nosotros respetemos las normas y podamos confiar en que los demás también actuarán en esa dirección.

*Razón Pública agradece el auspicio de la universidad EAFIT. Las opiniones expresadas son responsabilidad del autor.

** Profesor de Derecho Penal de la Universidad EAFIT. Estas reflexiones hacen parte de los resultados del proyecto de investigación sobre “Financiación irregular, ilegal y corrupta de partidos y campañas políticas. El papel de la política criminal y el derecho penal”.

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