Justicia y fuerza pública: cambios, continuidades y retos para el presente - Razón Pública
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Justicia y fuerza pública: cambios, continuidades y retos para el presente

Escrito por Alejandra Ciro
Fuerzas Militares

Fuerzas Militares

Alejandra CiroEste libro examina la historia de los controles jurídicos sobre la actividad militar en medio del conflicto armado, y vuelve a cobrar vigencia al preguntar cómo serán juzgados los militares y policías que comparezcan ante la Jurisdicción de Paz.

Alejandra Ciro*

Militares, política y derecho: sobre los silencios de la constituyente de 1991
Gina Cabarcas Maciá
Ediciones Universidad de los Andes
2011

Un debate muy actual

Como parte del acuerdo de La Habana, el Congreso aprobó el Acto Legislativo 04 de 2017,  donde la prohibición del paramilitarismo se eleva al rango de mandato constitucional.

El debate alrededor de esta idea fue por supuesto muy acalorado y no era para menos: la discusión recogía décadas de tensiones sobre los límites del Estado al ejercer el monopolio de la fuerza en el contexto de un conflicto armado.

Además, por estos días se abrió la posibilidad de que los militares sean juzgados por crímenes cometidos con ocasión del conflicto en el marco de la Justicia Especial para la Paz, la cual confirma la urgencia de herramientas para comprender y evaluar el momento que estamos viviendo.

En medio de este panorama, el libro Militares, política y derecho: sobre los silencios de la constituyente de 1991 de Gina Cabarcas Maciá ofrece una mirada histórica sobre el problema que ayuda a evaluar el alcance de las transformaciones que se acercan.

El libro de Cabarcas -quien acaba de ser elegida suplente en la sala de Justicia de la Jurisdicción Especial para la Paz- aborda los cambios y las continuidades de los discursos jurídicos y políticos alrededor del papel de las Fuerzas Armadas en una democracia que, como la colombiana, ha estado inmersa en un conflicto armado.

El estudio de Cabarcas fue adelantado en el marco del proyecto “Constitución 2011” de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, que buscaba pensar la Constitución de 1991 desde una perspectiva histórica, haciendo énfasis sobre las interpretaciones y contextos políticos desde donde son entendidas las normas.

El libro de Cabarcas se centra en analizar las interpretaciones y tensiones detrás de las controversias y de la jurisprudencia sobre la Fuerza Pública durante y después de la Asamblea Constituyente. Para este fin, la autora se apoya en la revisión de fuentes primarias como las actas de las comisiones y plenarias de la Asamblea Nacional Constituyente; la Gaceta Constitucional; artículos de prensa y programas radiales de la época; sentencias de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y del Tribunal Superior Militar, y la bibliografía sobre la Fuerza Pública en Colombia.

Cambio sin cambiar la Carta

Firma de los Acuerdos de Paz con las FARC.
Firma de los Acuerdos de Paz con las FARC.  
Foto: Embajada de Colombia en Marruecos

El libro comienza con una referencia a un hecho histórico que expresa bien el carácter ambiguo del asunto: el bombardeo de Casa Verde, cuartel general de las FARC el 9 de diciembre de 1990, día en el cual se elegía la Asamblea Nacional Constituyente.

Nuestra Fuerza Pública está pensada para el siglo XIX. 

El ataque del 9 de diciembre -que todavía no sabemos si fue o no coordinado con el Gobierno- marca el contexto desde el cual se le dará sentido a las discusiones sobre la Fuerza Pública que se desarrollarán en el seno de la Asamblea. Este contexto derivará en dos resultados:

  1. Los capítulos sobre la Fuerza Pública quedarán prácticamente iguales a los de la Constitución de 1886. Visto de esta manera se diría que, de modo sorprendente, nuestra Fuerza Pública está pensada para el siglo XIX.
  2. Pero a pesar de esto, tras expedirse la Constitución, la Corte interpretó sus disposiciones a la luz de un “nuevo constitucionalismo” enfocado en  la protección de los derechos humanos, un enfoque que por supuesto limitó la autonomía de la Fuerza Pública en el manejo del orden público.

De “La Violencia” a Betancur

El libro de Cabarcas consta de tres capítulos. El primero analiza brevemente cómo las distintas representaciones de la violencia en Colombia abrieron paso a distintas políticas de seguridad y defensa nacional. En este punto la autora sigue el planteamiento de Gonzalo Sánchez sobre la correspondencia entre guerra y política en la sociedad colombiana

Este capítulo inicia el recuento histórico a partir del momento en que la justicia penal militar pudo juzgar civiles en tiempos de la violencia partidista. Luego se ocupa del Frente Nacional, con cuya despolitización los militares adquirieron mayor autonomía y llenaron el vacío ideológico con la doctrina anticomunista.

Finalmente, las políticas de paz de Betancur disminuyeron los poderes que los comandantes de la Fuerza Pública ejercían sin límites. El fallo de la Corte Suprema en 1987 puso fin al juzgamiento de civiles por parte de militares, y estableció que los civiles podían juzgar a los militares que cometieran delitos por fuera del servicio. Pero a pesar de esto, con el fracaso de los diálogos entre las FARC y el gobierno Betancur y el consiguiente recrudecimiento de la violencia, los discursos militaristas que reclamaban su plena autonomía volvieron a cobrar fuerza.

Esta historia da cuenta de las tensiones entre derecho y política teniendo como telón un conflicto violento. Como plantea la autora, el derecho puede aparecer a la vanguardia de los cambios o simplemente acomodarse a los contextos políticos. El establecimiento de un Tribunal para la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), el cual busca ejercer justicia a todos los actores del conflicto, incluyendo militares y guerrilleros, es una propuesta de vanguardia.

¿Qué retos le deparan a la JEP y cómo será recibida por los uribistas, quienes rechazan la posibilidad de que los crímenes que hayan cometido militares y policías en el marco del conflicto armado se salgan de la Justicia Penal Militar? ¿Qué procesos históricos permitieron que desde la Fuerza Pública se apoye la JEP y cómo la acogerán cuando entre en funcionamiento?

Prepuestas que no se oyeron

El segundo capítulo analiza las discusiones de la Asamblea Nacional Constituyente alrededor de este asunto, y trata de entender por qué el capítulo sobre la Fuerza Pública quedó prácticamente sin cambios.

Conocer los procesos históricos detrás de la Fuerza Pública sigue siendo una de las tareas más importantes para lograr entender lo que se avecina. 

Salvo por la insistencia en los derechos humanos – que los constituyentes recogieron con detalle- otras propuestas tocantes a la Fuerza Pública no fueron acogidas (en especial  las lideradas por la Unión Patriótica, una fuerza que por supuesto pedía la eliminación del  paramilitarismo. Inclusive la bandada de la AD-M19 se inclinó por mantener las prerrogativas de los militares, con el argumento de que el país seguía padeciendo la violencia.

La autora menciona que la constitución “terminó reivindicando el argumento jurídico según el cual el estado de guerra justificaba que los militares tuvieran un poco más de poder en la definición y ejecución de las políticas de seguridad del Estado” (página 63). Este discurso se fortaleció en la década de 1980, donde el uso de la justicia penal militar era legítima para algunos actores.

Aquí el derecho no estuvo en la vanguardia -y esto pone en cuestión el espacio jurídico como un campo de acción “donde el lenguaje constituye el marco en el cual se discuten los significados del derecho de diferentes grupos políticos y sociales” (página10).

Un texto con dos lecturas

Asamblea Nacional Constituyente de 1991.
Asamblea Nacional Constituyente de 1991.  
Foto: Centro de Memoria

En el tercer capítulo Cabarcas analiza las interpretaciones jurídicas sobre las normas pertinentes de la Constitución de 1991, y muestra cómo la Corte Constitucional defendió una lectura garantista de los Derechos Humanos, lo cual resultaba restrictivo para el fuero de los militares.

Sin embargo al revisar las sentencias del Tribunal Superior Militar, la autora llama la atención sobre los conflictos de interpretación y sobre cómo los juzgados militares siguieron manteniendo los criterios que implicaban mantener los privilegios jurídicos del estamento militar.

Aun así, elementos como la renovación del mando en la primera década del siglo XXI y la representación más amplia de civiles en la justicia penal militar, han hecho que los criterios interpretativos de la Corte se difundieran y produjeran sentencias históricas como la de 2005, cuando los magistrados del Tribunal Superior Militar devolvieron a la justicia ordinaria el expediente abierto contra un oficial implicado en la masacre de La Rochela.

El texto de Cabarcas hace un aporte significativo a un tema cuya comprensión es indispensable para entender los retos del pos-Acuerdo. Las peculiaridades de la actividad militar que requiere un conocimiento especializado, o las dificultades de acceso a los expedientes y fallos, plantean obstáculos para estudios como este libro, pero conocer los procesos históricos detrás de la Fuerza Pública sigue siendo una de las tareas más importantes para lograr entender lo que se avecina.

*Historiadora de la Universidad de los Andes, magíster en Estudios Políticos de la Universidad Nacional, investigadora del Centro de pensamiento AlaOrilladelRío, Florencia-Caquetá.

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