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Jóvenes delincuentes, zanahoria y justicia

Escrito por Hugo Acero

hugo aceroSe habla de aumentar las penas para los delitos graves de los adolescentes. Pero el problema es mucho más complejo y su atención exige medidas preventivas y correctivas que comienzan apenas a instaurarse.

 Hugo Acero Velásquez*

El panorama numérico

Según un informe sobre la aplicación del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, SRPA, realizado por el Consejo Superior de la Judicatura[1], en los 39 meses de ejecución del mismo se han tramitado 101.689 audiencias (66.561de control de garantías y 35.128 de conocimiento).

De las decisiones en las audiencias de control de garantías, el 44,57 por ciento corresponde a solicitudes de formulación de imputación, le siguen la legalización de aprehensión (22,42 por ciento), la imposición de medida de internamiento preventivo (14,85 por ciento), la legalización de incautación de medio probatorio (4,27 por ciento) y la aplicación del principio de oportunidad (3,08 por ciento)[2].

El informe señala que durante el período analizado se han impuesto 11.365 sanciones. Dentro de ellas, la libertad asistida representa el 30,6 por ciento, la imposición de reglas de conducta el 24,5 por ciento, el internamiento en medio semi-cerrado el 14,5 por ciento, la amonestación el 13,2 por ciento, y la privación de la libertad el 9,8 por ciento, como se puede ver en el siguiente cuadro:

Cifras Seguridad 

Fuente: Consejo Superior de la Judicatura – Sala Administrativa – División de Estadística – SIERJU

Finalmente, de acuerdo con las causas, el 40,2 por ciento de los casos atendidos corresponden a hurto, seguido del tráfico de estupefacientes (29 por ciento), homicidio (4,8 por ciento), acceso carnal abusivo con menor de catorce años (1,6 por ciento), violencia intrafamiliar (0,9 por ciento) y otros tipos de procesos (26,3 por ciento).

Como se puede ver, un informe numérico no nos dice mucho acerca de la eficiencia o ineficiencia del SRPA, trabajo que debe realizarse antes de que se acometan modificaciones al Sistema, como seguramente sucederá cuando comiencen a discutirse las distintas iniciativas que buscan aumentar las penas para los adolescentes infractores de la ley penal.     

El problema punto por punto

Enfrentar la violencia y la delincuencia que involucra a los jóvenes como víctimas y como victimarios supone reconocer que estos fenómenos están inscritos en el marco general de la multicausalidad de la violencia y la delincuencia que ha vivido y vive el país.

En tal sentido hay que caracterizar y delimitar los problemas con tres objetivos:

  • Evitar la tentación de criminalizar a todos los jóvenes.
  • No confundir la política de juventud con la política criminal juvenil, que debe tener acciones en los campos preventivo, disuasivo y de control del delito y
  • Conciliar dos posiciones, que antes que antagónicas son complementarias:
    • La que considera que estos problemas se arreglan con acciones fuertes de las autoridades de seguridad y de justicia en el marco del Estado de Derecho; y
    • La que piensa que con solo inversión social se resuelven estos problemas.

Para comenzar, es necesario consultar todos los estudios y diagnósticos que existen en torno a esta problemática y darse cuenta que desde el punto de vista analítico se tienen separados los problemas y las posibles soluciones.

En el caso de las causas, varios trabajos[3] han coincidido en señalar algunas que hacen que niños, niñas y jóvenes terminen involucrados en problemas de violencia en distintos grupos delincuenciales:

  • Haber sido víctimas de violencia intrafamiliar y de género
  • Pertenecer a familias donde se con sume mucho licor
  • Deserción escolar
  • Falta de liderazgo y autoridad dentro de las familias
  • Niños, niñas y jóvenes al cuidado de los abuelos por migración o ausencia de los padres
  • Madresolterismo
  • Padresolterismo
  • Falta de oportunidades de ingreso económico legal, y
  • Violencia de las autoridades y comunidades en contra de los jóvenes, a quienes ven como "el problema".

Prevenir es curar

Para comenzar a tratar estos problemas desde el área preventiva, el Estado (nacional, departamental y municipal) tiene que contar con programas, proyectos y recursos que intervengan sobre las causas identificadas. A manera de ejemplo:

  • Hay que contar con recursos para aumentar y fortalecer las Comisarías de Familia en los municipios, y los distintos programas que adelanta el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para enfrentar la violencia intrafamiliar y de género.
  • El Ministerio y las secretarías de Educación deben trabajar no sólo para alcanzar el 100 por ciento de cobertura, sino para mejorar la calidad, la calidez y el afecto en las escuelas y colegios con el fin de evitar la deserción;
  • Hay que capacitar a los funcionarios que trabajan con los jóvenes y a las comunidades para que comprendan sus culturas, sus comportamientos y para que no los criminalicen tratándolos como un todo;
  • Hay que trabajar con las familias para que asuman responsablemente el papel que les corresponde en el proceso de socialización y formación de los niños y niñas.

Estas acciones, que deben estar dirigidas hacia la población en general, deben focalizarse en las poblaciones más vulnerables.

Dos tareas para el Estado

En el caso de jóvenes que ya están involucrados en asuntos de violencia y delincuencia, el Estado debe asumir dos posiciones: una, orientada a facilitar al abandono de estas actividades, mediante la oferta de oportunidades de desarrollo e inserción social; y dos, una acción legítima de seguridad y justicia frente a quienes persistan en cometer acciones delincuenciales.

En el primer caso se necesita diseñar y ejecutar programas y proyectos orientados a atraer a jóvenes involucrados en asuntos de violencia y delincuencia, para lo cual sería preciso  contar con una serie de ofertas educativas, de formación para el trabajo, de generación de ingresos económicos, culturales, recreativas y deportivas, todas ellas flexibles, dinámicas y que estimulen procesos de reconciliación, donde sean comprensibles y aplicables los conceptos de tolerancia, respeto a la diferencia, a los derechos de los demás y a la vida, que estimulen la solidaridad y la participación comunitaria, así como el hecho de entender que prevalecen los intereses colectivos sobre los individuales.

De manera dispersa, en algunas ciudades colombianas existen experiencias valiosas en estos campos y en otros que tienen que ver con pactos de convivencia y de paz y con programas de prevención y atención al consumo de psicoactivos. El Estado podría sistematizarlas y ayudar a financiarlas y ejecutarlas en aquellos municipios donde se concentran los problemas de violencia y delincuencia juvenil, con el liderazgo y participación de alcaldes y gobernadores.

En el segundo caso, es necesario evaluar y fortalecer el Sistema de Responsabilidad Penal para los Adolescentes -SRPA-. Aquí debe mejorarse la coordinación de las instituciones que hacen parte del mismo. Cada una debe realizar su tarea de la mejor manera posible, aceptando exponerse a evaluaciones periódicas. Todo ello orientado a que se aplique la Ley de Infancia y Adolescencia de manera estricta y dentro del Estado de Derecho.

Mejorar las herramientas

En este campo, es de destacar el trabajo que el ICBF viene realizando para fortalecer su labor dentro del SRPA. A manera de ejemplo, quisiera llamar la atención sobre el proceso de fortalecimiento de los Centros Especializados (centros de privación de la libertad de adolescentes), en los cuales se han identificado varios problemas:

  • La mayoría no fueron diseñados para la privación de la libertad de los adolescentes infractores de ley penal y no cuentan con los espacios adecuados para "lograr la formación integral" de los jóvenes;
  • Hay problemas de seguridad interna y externa, lo que ha facilitado la fuga de adolescentes y ha dificultado su control y seguridad, especialmente en las noches. En algunos casos hace presencia la Policía, pero existe la idea, no sustentada en normas, de que su responsabilidad en materia de seguridad es perimetral.
  • Son muy variados y desiguales los modelos pedagógicos, disciplinas y niveles profesionales de los contratistas que atienden a los adolescentes privados de libertad.

Frente a esta problemática el ICBF viene trabajando en cinco campos:

  • Construcción de instalaciones adecuadas;
  • Esquema de seguridad;
  • Modelo pedagógico para la resocialización e inserción social de los adolescentes;
  • Manual de disciplina; y
  • Capacitación de los operadores de los Centros de Privación de la Libertad.

Instalaciones adecuadas

Diseños y construcción de Centros de Privación de la Libertad para Adolescentes Infractores de la Ley Penal. Para cumplir el mandato legal de lograr una "formación integral" de los adolescentes privados de la libertad, el ICBF construyó un nuevo centro de privación de la libertad en Montenegro (Quindío), está construyendo otro en Leticia (Amazonas) y va a construir otros en Ibagué (Tolima), Riohacha (Guajira) y Apiay (Meta). Hacia adelante tiene previsto construir nueva infraestructura en Asomenores, en Turbaco, Bolívar; Piedecuesta, Santander; Valle de Lili, Cali; Turbo, Antioquia; y Redentor, Bogotá. Las nuevas instalaciones tienen un costo de 65 mil millones de pesos.

Esta infraestructura, con diseños especializados, va a garantizar mayor seguridad interna y externa, clasificación de los adolescentes de acuerdo con los riesgos y delitos cometidos, acceso adecuado a los derechos de salud, educación, recreación, cultura y deporte, aplicación de un modelo pedagógico y de manuales de disciplina, y cumplimiento de los deberes.

Esquema de seguridad

La seguridad interna y externa de los centros es esencial. En esa materia, el Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006) establece en su artículo 89 que la Policía Nacional debe "adelantar labores de vigilancia y control de las instituciones encargadas de ejecutar las sanciones establecidas en el presente Código, a fin de garantizar la seguridad de los niños, niñas y adolescentes y evitar su evasión", y además "prestar la logística necesaria para el traslado de niños, niñas y adolescentes a juzgados, centros hospitalarios, previniendo y controlando todo tipo de alteración que desarrollen los menores, garantizando el normal desarrollo de los niños, niñas, adolescentes y la institución".

Esta responsabilidad, que debe ser profesional, se sustentaría en el artículo 92, sobre las calidades de la Policía de Infancia y Adolescencia. Las normas precisan que "además de los requisitos establecidos en la ley y en los reglamentos, el personal de la Policía de Infancia y Adolescencia deberá tener estudios profesionales en áreas relacionadas con las ciencias humanas y sociales, tener formación y capacitación en Derechos Humanos y legislación de la infancia y la adolescencia, en procedimientos de atención y en otras materias que le permitan la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes. Salvo circunstancias excepcionales determinadas por la Dirección General de la Policía, los miembros de la Policía de Infancia y Adolescencia que hayan sido seleccionados y capacitados en la especialidad, no podrán ser destinados a actividades diferentes a las señaladas en el presente Código".

Cabe anotar que la Policía argumenta que su función de seguridad "se limita al entorno de los centros de privación de la libertad". De persistir esta posición, sería recomendable que se discutiera con el ministro del Interior la posibilidad de que el INPEC asumiera esta tarea mediante la formación de un grupo especial de guardia y custodia para los centros de privación de la libertad de los adolescentes.

Modelo pedagógico

El modelo pedagógico desarrollará procesos pertinentes a la formación de los adolescentes, fortalecerá la construcción de una cultura ciudadana para promover el acatamiento voluntario de las normas, brindará la oportunidad a los adolescentes infractores de la ley penal para reflexionar acerca de sus actuaciones y llegar a la restauración de sí mismo y de la sociedad, y fortalecerá los ejercicios de corresponsabilidad (sujeto de derechos y deberes).

El modelo tendrá entre sus ejes centrales la resolución pacífica de los conflictos, y el abordaje y solución de los problemas desde la prevención, resaltando las consecuencias de los comportamientos desviados y trabajando sobre las realidades donde se mueven socialmente los adolescentes (familia, barrio, comunidad) para que la resocialización y la inclusión social no sean más complejas y traumáticas de lo que son.

Manual de Disciplina

Los Centros de Privación de la Libertad de los Adolescentes Infractores de la Ley Penal contarán con un Manual de Disciplina que se ajuste al modelo pedagógico y al esquema de seguridad y donde el diseño arquitectónico sirva para su adecuado desarrollo. Los manuales serán conocidos por los adolescentes privados de libertad, como lo establece el Código en su artículo 188 "Derecho a recibir información sobre el régimen interno de la institución, especialmente sobre las sanciones disciplinarias que puedan serle aplicables y sobre los procedimientos para imponerlas y ejecutarlas".

Capacitación de operadores

Todos los operadores de los centros de privación de la libertad serán capacitados en cada uno de los puntos anteriores para la adecuada aplicación de los modelos y manuales bajo la supervisión del ICBF.

Apenas un comienzo

Como se puede ver, son muchas las tareas que el Estado (nacional, departamental y municipal) debe asumir para enfrentar el crecimiento de la violencia juvenil. Hoy, cuando se debate el aumento de penas para algunos delitos que cometen los adolescentes, sería importante que se viera la experiencia que se tiene en la búsqueda de alternativas de sanción y rehabilitación dentro del programa de niños y niñas desvinculados del conflicto armado.

Bienvenido el debate planteado por Gilma Jiménez, el ministro del Interior y algunos alcaldes. Hay que estar abiertos a discutir el aumento de penas para los adolecentes que cometen homicidios, abuso sexual y secuestro, pero también el debate y las conclusiones deben dejar en claro cómo se va a prevenir la violencia juvenil, cómo se van a atender los jóvenes que estén dispuestos a abandonar las actividades violentas y delincuenciales y cómo se van a controlar y resocializar los jóvenes que persisten en estas actividades.

Al final, además de saber qué se va a hacer, habrá que tener la certeza de dónde van a salir los recursos para cumplir con la ley, qué instituciones la van a ejecutar, y cada cuánto se realizará el seguimiento y evaluación de lo realizado.
 

* Sociólogo de la Universidad Nacional de Colombia; Académico de las universidades de los Andes y Externado de Colombia. Experto en seguridad ciudadana.

Notas de pie de página


[1] Consejo Superior de la Judicatura Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes. 39 meses de implementación. Bogotá 30 de junio de 2010.

[2] Consejo Superior de la Judicatura.

[3] Salazar, Alonso. Imaginarios, presencias y conflictos entre los jóvenes de Bogotá. 1999;  Alvares, Miguel. Guerreros Sombra;  Procuraduría General de la Nación: Claves, Jean. Estudios sobre pobreza y violencia:  Navia, José. Confesiones de un delincuente. Alcaldía Mayor de Bogotá, Universidad Nacional de Colombia, Carrera delincuencial.

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