
Irán: guerra sin reglas en un orden internacional que se deshace
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El conflicto entre Estados Unidos e Irán revela un mundo donde la guerra escapa al control democrático, los mercados anticipan decisiones estratégicas y el derecho internacional pierde su capacidad de limitar el poder.
La arquitectura del conflicto
Este 28 de febrero, fuerzas militares de Estados Unidos e Israel lanzaron ataques coordinados sobre instalaciones estratégicas iraníes, dando de baja al Ayatollah Ali Khamenei y a otros altos dirigentes del régimen.
Desde entonces, el conflicto ha combinado ataques y contraataques a lo largo de la región, el cierre efectivo del estrecho de Ormuz —por donde transita aproximadamente un quinto del suministro mundial de petróleo—, múltiples intentos frustrados de resolución legislativa en Washington, la virtual exclusión de Europa del proceso diplomático, una tregua de dos semanas anunciada el 7 de abril, mediada por Pakistán, y un encuentro de alto nivel entre Washington y Teherán que terminó sin acuerdos.
Lo que sigue no pretende ser una crónica exhaustiva de los hechos, sino un análisis de las estructuras que los hacen posibles: la arquitectura constitucional que permite a un presidente estadounidense iniciar una guerra sin el consentimiento del Congreso; la nueva geografía financiera en la que la guerra se convierte en un activo especulativo; las limitaciones reales de Europa como actor estratégico; y la progresiva disociación entre el lenguaje del derecho internacional y su capacidad efectiva de regulación.
La guerra como prerrogativa presidencial
La War Powers Resolution de 1973 exige que el presidente notifique al Congreso en un plazo de 48 horas y retire las fuerzas en un plazo de 60 días, salvo autorización expresa. Pero en la práctica ha sido de difícil aplicación.
En el caso de Irán, la administración de Trump presentó la operación como un acto de legítima defensa preventiva, invocando sus facultades como comandante en jefe bajo el Artículo II. Sin embargo, la justificación jurídica ofrecida ha sido objeto de una crítica severa y consistente.
El senador demócrata Ed Markey lo formuló sin ambigüedades: «El ataque militar de Trump contra Irán es ilegal e inconstitucional. No fue aprobado por el Congreso y supone peligros para todos los estadounidenses».
Lo más revelador, sin embargo, no es que el Congreso haya protestado —lo hizo—, sino que haya sido incapaz de detener la guerra. El 4 de marzo, el Senado rechazó una resolución de poderes de guerra por 53 votos contra 47, con Rand Paul como único republicano a favor y John Fetterman como único demócrata en contra. Un día después, la Cámara la bloqueó por 219-212 votos, con solo dos republicanos —Thomas Massie y Warren Davidson— votando con los demócratas.
La Constitución de los Estados Unidos es inequívoca en su distribución formal del poder de guerra. El Artículo I, Sección 8, atribuye al Congreso la facultad de «declarar la guerra». El Artículo II designa al presidente como comandante en jefe de las fuerzas armadas.
No obstante, en la práctica, el Congreso de los Estados Unidos no ha declarado formalmente la guerra desde 1942. Desde Corea hasta Vietnam, desde Afganistán hasta Irak, el patrón se ha repetido: el presidente actúa, el Congreso reacciona.
A lo que se suma el hecho de que ninguna resolución sobre los poderes de guerra ha sido sometida a juicio por un tribunal, lo que favorece estructuralmente la iniciativa presidencial.
Como resultado, en el sistema constitucional estadounidense contemporáneo, el poder de guerra se ha desplazado de facto a la Casa Blanca. No porque las normas hayan cambiado formalmente, sino porque los mecanismos diseñados para limitarlo han demostrado ser insuficientes para activarse con la rapidez que requiere una operación militar en marcha.
La guerra como mercancía
Paralelamente al debate constitucional, ha emergido una dimensión que merece un análisis autónomo: la posibilidad de que decisiones de guerra clasificadas se hayan filtrado a actores financieros antes de hacerse públicas.
La evidencia documental es sustancial. Según datos analizados por The Associated Press a partir de registros públicos de blockchain, en las horas previas a los ataques del 28 de febrero, una cuenta en la plataforma Polymarket realizó apuestas que le generaron en torno a 550.000 dólares apostando sobre la probabilidad de que Estados Unidos atacara Irán y sobre la muerte del Ayatollah Khamenei.
El 23 de marzo, quince minutos antes de que Trump anunciara una pausa en los ataques a través de Truth Social, se registró un volumen anómalo en el mercado de futuros del petróleo: más de 500 millones de dólares en contratos de crudo se intercambiaron en ese brevísimo intervalo, apostando a una caída en los precios del petróleo y una recuperación de los índices bursátiles —exactamente lo que ocurrió minutos después. Bloomberg y el Financial Times documentaron esa anomalía.
El representante demócrata Ritchie Torres, miembro del Comité de Servicios Financieros de la Cámara, envió cartas formales tanto a la Comisión de Bolsa y Valores (SEC) como a la Comisión de Mercado de Futuros (CFTC) para solicitar una investigación. Para Torres, solo alguien con información privilegiada podría realizar una operación financiera tan grande justo antes de un anuncio presidencial que alteraría el mercado, ya que cualquier otra explicación sería prácticamente imposible desde el punto de vista estadístico.
El 24 de marzo, la Oficina de Gestión de la Casa Blanca emitió un correo interno advirtiendo a los funcionarios contra el uso de información no pública para operar en mercados de predicción. Lo que, según algunos analistas, confirma la sospecha de que estuviera ocurriendo.
La respuesta legislativa ha sido bipartidista pero tardía. La ley BETS OFF, impulsada por el senador demócrata Chris Murphy, prohibiría las apuestas en plataformas de predicción sobre «acciones gubernamentales, terrorismo, guerra, asesinatos y eventos en los que una persona conoce o controla el resultado».
Pero más allá de la preocupación ética, también hay una preocupación estratégica. Como señaló el representante Blake Moore, republicano de Utah, esto genera problemas de seguridad. Y así lo corroboró el senador Blumenthal en una carta formal a Polymarket: la plataforma podría convertirse en un indicador observable de servicios de inteligencia extranjeros que monitorizan las apuestas en busca de señales de decisiones militares no anunciadas. Si alguien con acceso a información clasificada opera en esos mercados, está, inadvertidamente o no, transmitiendo esa información a quien tenga la capacidad de leerla.

Europa: entre la legalidad y la marginalidad
Desde el inicio de la guerra, la posición de Europa ha sido ambigua. Por un lado, los gobiernos europeos comparten, en términos generales, la evaluación de que el programa nuclear iraní representa un riesgo estructural. Por otro lado, la operación se inició sin consulta a los aliados, y sus consecuencias inmediatas para Europa han sido severas: el cierre del estrecho de Ormuz duplicó los precios del gas natural europeo en 24 horas, según datos de Carnegie Europe, elevando la inflación al 2,5% y forzando revisiones a la baja de las previsiones de crecimiento.
La posición europea se hizo insostenible cuando Trump exigió que sus aliados enviaran buques al estrecho de Ormuz. La respuesta fue unánime y negativa. El ministro alemán de Defensa, Boris Pistorius, y el primer ministro británico, Keir Starmer, expresaron que la guerra no es responsabilidad de Europa y rechazaron la participación de sus países y de la OTAN en el conflicto en el estrecho de Ormuz. Ambos líderes subrayaron que Europa no inició la guerra y cuestionaron la expectativa de que fuerzas europeas sustituyeran a la Marina estadounidense en la zona.
Además, varios países europeos han restringido el uso de su espacio aéreo y bases a fuerzas estadounidenses. Según el Council on Foreign Relations, esta negativa constituye una herramienta de presión relevante, ya que la infraestructura militar europea es esencial para las operaciones de EE. UU., pero depende de la aprobación política de los países anfitriones.
El acuerdo de alto el fuego de dos semanas, mediado por Pakistán, del 7 de abril si bien ofrece una ventana diplomática, excluyó a Europa de las negociaciones —y lo mismo sucedió con el encuentro de este sábado 11 de abril—. La propuesta iraní de diez puntos —que incluye el derecho a cobrar peaje en el estrecho de Ormuz, una condición que viola la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar— no ha sido aceptada por Washington, pero tampoco rechazada formalmente. Para Europa, cualquier régimen de cobro sobre el tránsito marítimo en Ormuz es, en palabras de Kaja Kallas, vicepresidenta de la Comisión Europea, un «pay-to-pass scheme» incompatible con el derecho internacional.
La crisis iraní evidencia que la autonomía estratégica europea es, por ahora, solo un ideal. Europa sigue dependiendo de la política de seguridad estadounidense y solo la cooperación colectiva podría evitar que sus intereses queden subordinados a decisiones externas.
El derecho internacional: presencia formal, ausencia efectiva
El marco jurídico del uso de la fuerza en el derecho internacional contemporáneo descansa en dos pilares. El artículo 2(4) de la Carta de las Naciones Unidas prohíbe el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado. El artículo 51 autoriza la legítima defensa frente a un ataque armado. Cualquier acción fuera de estos supuestos requiere la autorización del Consejo de Seguridad.
La administración Trump invocó una interpretación amplia de la legítima defensa para justificar los ataques. El resultado es lo que los académicos de las relaciones internacionales denominan erosión normativa: las normas no desaparecen formalmente, pero su aplicación depende cada vez más del poder relativo de los actores. Quienes tienen capacidad para proyectar fuerza pueden sostener interpretaciones expansivas de la legalidad sin consecuencias institucionales inmediatas. Quienes no la tienen, no.
El Consejo de Seguridad ha operado con sus habituales limitaciones estructurales. El Secretario General ha llamado a la desescalada. Se han aprobado resoluciones sobre aspectos específicos del conflicto, pero cuando se ha intentado avanzar hacia medidas más decisivas, el veto de los miembros permanentes ha impedido alcanzar un resultado vinculante. Esto no es una novedad institucional —es la lógica del Consejo de Seguridad desde 1945—, pero el conflicto iraní vuelve a ponerla de relieve.
Un sistema en transición
A 11 de abril de 2026, el conflicto entre Estados Unidos e Irán se encuentra en una pausa que ninguno de los principales actores considera definitiva. Las negociaciones anunciadas en Islamabad deben abordar una brecha sustancial: Washington rechaza reconocer el derecho iraní al enriquecimiento nuclear o al cobro de peaje en el estrecho de Ormuz; Teherán exige ambas condiciones como parte de cualquier acuerdo duradero.
Lo que el conflicto ha puesto de relieve trasciende sus circunstancias específicas. Nada de esto es nuevo en sentido absoluto. Lo que es nuevo es la intensidad y la simultaneidad de estas dinámicas, y la rapidez con la que se han hecho visibles. Un conflicto que comenzó sin declaración formal de guerra, que se gestó en parte en los mercados financieros antes de anunciarse públicamente, que ha excluido a sus aliados más cercanos del proceso diplomático y que ha convocado al derecho internacional como vocabulario sin poder invocarlo como límite efectivo.
La pregunta que queda, y que este análisis no pretende resolver, es si lo que estamos observando es una desviación —un conjunto de anomalías producidas por circunstancias excepcionales y actores específicos— o una tendencia. Si el orden internacional no está colapsando, sino transformándose en algo cualitativamente distinto: un sistema en el que las reglas persisten como un lenguaje compartido, pero no como una restricción operativa efectiva para quienes tienen la capacidad de ignorarlas.
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Acerca del autor

Marcela Anzola
* Abogada de la Universidad Externado de Colombia, LL. M. de la Universidad de Heidelberg y de la Universidad de Miami, Lic. OEC. INT. de la Universidad de Konstanz, Ph. D en Estudios Políticos de la Universidad Externado de Colombia, consultora independiente.
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La pregunta que queda, y que este análisis no pretende resolver, es si lo que estamos observando es una desviación Snow Rider 3D