Aunque los críticos del Acuerdo se resisten a esta prórroga, los retrasos en el proceso la hacen inevitable. Pero además estas zonas no son nuevas en Colombia, no están fuera de control y son indispensables para consolidar la paz que tanto costó alcanzar.
Álvaro Villarraga Sarmiento*
Una opción con historia
Las zonas veredales transitorias de normalización (ZVTN) creadas por el Acuerdo de paz con las FARC son de suma importancia. Permiten consolidar el cese bilateral y definitivo de las hostilidades, garantizan el desarme guerrillero y permiten preparar la reincorporación de los excombatientes a la vida civil.
En muchos conflictos armados se han creado zonas especiales para efectos de protección de los no combatientes, cese del fuego o de las hostilidades, desmilitarización y facilitación de soluciones humanitarias, sanitarias y de paz. Tales zonas se han conseguido por acuerdo directo entre las partes o mediante intermediación humanitaria. El derecho internacional humanitario especifica cinco tipos de zonas:
- “Zonas de protección”; logradas por “acuerdos locales” entre las partes para habilitar el tránsito de personal e instituciones con propósitos humanitarios –lo que puede dar lugar a “acuerdos especiales”-, sanitarios y de alivio.
- “Zonas desmilitarizadas” que exigen la ausencia de combatientes, de armas bélicas o de material de guerra. Desde ellas no se pueden realizar actos hostiles ni algún tipo de esfuerzo militar.
- “Zonas neutralizadas”, donde se suspenden las acciones bélicas y se protegen las personas e instalaciones contra los efectos de las hostilidades, sin ninguna distinción.
- “Zonas y localidades sanitarias” destinadas a proteger a los heridos y los enfermos de las fuerzas en contienda, bajo condiciones que impiden que sean objetivo militar.
- “Zonas de seguridad” que proporcionan protección a sectores de la población residente en riesgo –como los refugiados- o en tránsito.
Adicionalmente, desde 1992 Naciones Unidas lleva a cabo operaciones de paz que incluyen acciones humanitarias y tratamiento político de los conflictos bélicos con ayuda de zonas de seguridad, zonas de protección y localidades o corredores humanitarios. Estas iniciativas han sido respaldadas por misiones aprobadas por el Consejo de Seguridad y con frecuencia han desplegado fuerzas de protección de la propia ONU con participación de organismos humanitarios internacionales.
Zonas humanitarias en Colombia
![]() Firma de Acuerdos con las FARC-EP. Foto: Presidencia de la República |
Colombia adoptó los Convenios de Ginebra de 1949 en la Ley 5 de 1960 y el Protocolo I adicional de los mismos Convenios fue refrendado por la Ley 12 de 1992. Estos instrumentos estipulan el tipo de zonas referidas. Aunque estas son definidas en principio para guerras internacionales, como lo concibe este Protocolo y lo sustenta la Sentencia C-225 de la Corte Constitucional, resultan aplicables en nuestro conflicto, en tanto se correspondan con su naturaleza y tengan propósitos humanitarios.
Varios procesos de paz -exitosos o fallidos- han puesto en práctica experiencias de este tipo.
En el país durante varias décadas han sido recurrentes las experiencias de acuerdos especiales y varios procesos de paz -exitosos o fallidos- han puesto en práctica experiencias de este tipo. Numerosos gobiernos han acordado con las guerrillas arreglos especiales, con acompañamiento de terceros –en especial del Comité Internacional de la Cruz Roja-, que han dado lugar a zonas o corredores humanitarios para la liberación de miembros de la fuerza pública capturados o de personas civiles tomadas como rehenes o secuestradas.
En el proceso de paz de los años noventa con el Ejército Popular de Liberación (EPL) se adoptaron ocho zonas para realizar la negociación, la concentración guerrillera, la dejación de las armas, la desmovilización y la preparación para la vida civil. También se instalaron zonas para propósitos similares con el M19, el Partido Revolucionarios de los Trabajadores (PRT), el Movimiento Armado Quintín Lame (MAQL), la Corriente de Renovación Socialista (CRS) y las milicias urbanas de Medellín. Y durante los diálogos de paz con las FARC en el Cagúan se instaló entre 1999 y 2002 una amplia “zona de distensión” como escenario de las conversaciones y gestiones de paz.
Lo presupuestado y las dificultades
La Ley 418 de 1997 permitió instalar zonas para concentrar fuerzas guerrilleras en conversaciones de paz o preparación del desarme, la desmovilización militar y el paso de sus integrantes a la vida civil. Pero después del fracaso de los diálogos del Caguán se reformó esta Ley, de modo que con la Ley 1421 de 2010 se suprimió la posibilidad de instalar este tipo de zonas.
Ante el avance del proceso de paz entre el gobierno Santos y las FARC la Ley 1779 de 2016 tuvo que reabrir esta posibilidad. No obstante, dada la prevención de algunos sobre el despliegue político que pudiera hacer la guerrilla en ellas, se impusieron drásticas limitaciones geográficas: se prohibió instalarlas en cabeceras municipales o de corregimientos, en carreteras y en sitios poblados.
El Acuerdo Final, en su capítulo 3, incluye la instalación de una veintena de ZVTN y de puntos transitorios de normalización (PTN), para la concentración de las tropas guerrilleras, la dejación de sus armas y su preparación para reincorporarse a la vida política, económica y social.
El Decreto 1386 de 2016 también hizo posible el cese del fuego y de las hostilidades y ordenó suspender las operaciones militares y policiales contra las FARC. El Decreto 1647 estableció los puntos de pre-agrupamiento temporal (PPT), como zonas de ubicación temporal para las FARC, antes de instalar las ZVTN y PTN. Y el Decreto 2003 permitió establecer las ZVTN y los PTN para consolidar el final de las hostilidades, concentrar las tropas de las FARC, dejar las armas y preparar su reincorporación a la vida civil.
Simultáneamente, mediante la Resolución 2261 de 2016 el Consejo de Seguridad de la ONU aprobó la Misión Especial para el Monitoreo y la Verificación del Acuerdo sobre el cese del fuego y de hostilidades bilateral y definitivo y la dejación de las armas. Esta instancia internacional tiene funciones de registro, control, inutilización y sustracción final del armamento de las FARC, sobre la base del mecanismo de monitoreo y verificación (MMV) tripartito, integrado por delegados de la ONU, el gobierno y las FARC.
Como fue acordado, las zonas y puntos no deben afectar el funcionamiento de las autoridades civiles de esos territorios, quienes pueden ingresar, excepto a los campamentos guerrilleros. Por su parte, personas de las guerrillas, previamente autorizadas y sin armas, se podrán movilizar dentro y fuera de ellas para la difusión y atención del Acuerdo de paz.
La población residente en estas zonas tiene libre movilidad, excepto en los campamentos guerrilleros. Las zonas cuentan con una franja de seguridad, tipo anillo, de un kilómetro de radio, desmilitarizada y a cargo del MMV. La fuerza pública responde por la seguridad desde los territorios externos, y los integrantes de las FARC beneficiados con amnistía e indulto podrán instalarse en estas zonas para el proceso de reincorporación (pero en sitios por fuera de los campamentos).
¿Tiempo extra?
![]() Miembros de las FARC-EP hacia Zonas Veredales. Foto: Presidencia de la República |
Pero se han dado problemas que afectaron la concentración guerrillera en estas zonas y puntos. Por ejemplo, los resultados del plebiscito exigieron la revisión del Acuerdo y prolongaron el cronograma. Ante la inevitable demora de las FARC en llegar a las zonas se recurrió a un acuerdo extraordinario de puntos de preagrupamiento temporal. Además, hubo demoras en la expedición y aplicación de las amnistías y el otorgamiento de indultos; así como tardanza en la gestión e instalación de la infraestructura y apoyos logísticos por parte del gobierno.
La situación se hizo tensa, al punto que el gobierno, al ser criticado por su tardanza, procedimientos y falta de gestión del Fondo de Paz, dijo que había exigencias desbordadas de las FARC, algo que los voceros de la guerrilla desvirtuaron. Sin embargo, a instancias de la Comisión de Seguimiento los asuntos fueron tratados y el presidente Santos se mostró dispuesto a superar las deficiencias y las FARC a colaborar en las obras.
El gobierno, dijo que había exigencias desbordadas de las FARC.
Estas circunstancias han llevado a que las FARC planteen ahora prolongar la existencia de las ZVTN y los PTN ante la necesidad de garantizar la reincorporación. En igual sentido, el integrante de la Comisión de Seguimiento, Pastor Alape, declaró que las zonas se tendrán que prorrogar por 90 días más allá del 30 de mayo. El gobierno, a través del alto comisionado para la Paz, Sergio Jaramillo, respondió que “aún no hay un acuerdo”, aunque no descartó tal opción.
En el Acuerdo de paz se programó una duración de las ZVTN y PTN de ciento ochenta días, pero se prevé que el plazo puede ser prorrogado entre las partes. Por tanto, dadas las condiciones, parece que se tendrá que dar una prolongación temporal que seguramente se acompañará con la revisión de estas zonas, en correspondencia con la nueva realidad de la entrega de las armas guerrilleras –proceso en curso- y la reintegración.
En este momento se desarrollan en estas zonas acciones importantes, como el censo a cargo de la Universidad Nacional sobre perfiles, expectativas y propuestas de todos los integrantes de las FARC cara a la reincorporación. Y el gobierno ha destacado la actividad de la Agencia de Renovación del Territorio, que ha presentado proyectos en coordinación con los municipios para ambientar los programas de desarrollo con enfoque territorial previstos en el Acuerdo.
Igualmente, en estas zonas hacen presencia entidades como el Sena, Coldeportes, varios ministerios, ONG, entes académicos y organismos de cooperación. Y está en trámite el mandato de la Misión de la ONU, que pasaría de verificar el cese bilateral de hostilidades y la dejación de armas a acompañar la implementación de lo pactado y a velar por la seguridad de las FARC en la vida civil.
* Directivo del Centro Nacional de Memoria Histórica, integrante de la Fundación Cultura Democrática, catedrático.