
Entre el riesgo y la oportunidad: ¿qué sigue ahora?
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La Corte Constitucional ha dado un plazo de dos años para reformar el Código de Minas y esta es la gran oportunidad para llevar a cabo el debate razonado y participativo sobre una actividad que hoy sin duda decide el futuro de Colombia. ¿En qué cosas estamos y para dónde vamos?
María Victoria Duque López *
La noticia
La Corte Constitucional declaró inexequible la ley 1382 de 2010, que modificó la ley 685 de 2001 o Código de Minas. La razón: no haber consultado a las comunidades indígenas y afrodescendientes.
La consulta previa a estas comunidades es un requisito que busca proteger el derecho de las minorías y es una obligación impuesta por la Constitución y por tratados internacionales vinculantes para Colombia [1]. En esta misma edición de Razón Pública, José Gregorio Hernández ahonda sobre el tema.
No obstante la declaratoria de inexequibilidad, la Corte decidió aplazar por dos años los efectos del fallo, en razón de la defensa del patrimonio ambiental, mientras el Gobierno tramita la nueva ley en el Congreso.
Tal decisión se sustenta en la potestad que tiene la Corte de "mesurar" los efectos de sus disposiciones y que, en este caso específico, busca minimizar los riesgos de daños al ambiente, dado que la norma que se declaró inexequible establece, entre otras cosas, la prohibición de otorgar licencias de explotación minera en las zonas ambientalmente protegidas, como los páramos.
Las implicaciones
Mientras a los ambientalistas les preocupaba la declaración de inexequibilidad porque quedaría sin vigencia la protección de los ecosistemas de páramo, de los parques naturales nacionales y regionales y de los humedales incluidos en la Convención Ramsar [2], el sector minero confiaba en que la norma fuera declarada inconstitucional porque esta implicaría trámites y pagos adicionales para las empresas. Incluso se decía que la "ley poco le aportaba al país, a la minería y a Ingeominas" [3].
En estas circunstancias, si para el 11 de mayo de 2013 el gobierno no ha tramitado una nueva propuesta que cumpla a cabalidad con el proceso de consulta previa a las comunidades indígenas y afro, los ambientalistas verían confirmadas sus preocupaciones y las empresas mineras verían realizadas sus ilusiones.
Pero en este punto es importante recordar que Colombia ya cuenta con una vasta legislación que asegura la defensa de las áreas protegidas, y que de aquí a mayo de 2013 el Código de Minas y la ley 1382 de 2010 siguen vigentes y son de obligatorio cumplimiento.
Los cambios del escenario
Mucha agua ha pasado por debajo del puente desde 2007, cuando empezó el trámite de la ley que modifica el Código de Minas:
- Las concesiones bajo el segundo gobierno de Uribe crecieron exponencialmente al pasar de 1,9 millones de hectáreas tituladas en 2006, a 8,4 millones en 2009 [4].
- El Plan de Desarrollo 2010 – 2014, aprobado en el Congreso, contempla la minería como una de las locomotoras para alcanzar la Prosperidad para Todos.
- El tema minero-ambiental está hoy en el centro de la agenda nacional y se suma con fuerza a los conflictos que vivía el país.
- Existe un genuino y activo interés sobre el tema entre comunidades, academia, organizaciones sociales, sector minero, ambientalistas, medios de comunicación, gobierno, legisladores y entidades de control.
- Ha emergido una opinión calificada que analizan en forma permanente los pros y contras de un modelo de desarrollo "extractivista".
- Los medios de comunicación han abierto un espacio mayor para el debate.
- La eventual aprobación de la licencia ambiental para el proyecto minero en el páramo de Santurbán dio origen a una movilización social sin precedentes.
- En un corto período, ya se han caído tres leyes por falta de consulta previa.
El desafío
730 días, 24 meses o dos años es el tiempo que tiene el gobierno nacional para tramitar la nueva ley al Congreso de la República, propuesta que por supuesto debe cumplir con la consulta previa e informada a las minorías étnicas.
Pero más allá del cumplimiento del mandato constitucional de la consulta previa, y dadas las nuevas condiciones que se ponen de manifiesto, estamos frente a una renovada oportunidad para discutir y definir cuál es el paradigma de desarrollo que queremos para el país, sin caer en la ingenuidad y con una clara consciencia de la tensión entre la dimensión socio-ambiental y la "necesidad" de desarrollar el sector minero para impulsar la economía.
Al mismo tiempo, como la nueva propuesta debe surtir todos los trámites legislativos, se abre una invaluable ventana de oportunidad para examinar a fondo la pertinencia de algunas otras normas del Código de Minas, así como de políticas relacionadas.
Sólo por poner algunos ejemplos:
- El Artículo 13 declara de utilidad pública e interés social la industria minera en todas sus ramas y fases [5]… lo que significa que la minería, siendo una actividad totalmente privada, tiene prelación sobre actividades que podrían evaluarse como de interés general.
- Institucionalidad: dado el previsible crecimiento de la actividad minera, sería pertinente evaluar cuál es la institucionalidad que se requiere para lograr que se desarrolle la minería con el menor impacto ambiental y con el mayor beneficio social y económico para el país.
- Articulación: aprovechar el momento para avanzar en una verdadera articulación y una mirada integral de la política ambiental, minera y fiscal.
- Legalidad: aprovechar para establecer lineamientos proporcionales que aseguren a los mineros artesanales y de pequeña escala garantías de incorporación al sector, al tiempo que se establezcan controles efectivos a la minería ilegal
La oportunidad
De todas maneras es aconsejable que la nueva iniciativa parta una vez más del gobierno nacional, mejor aún si lo hacen conjuntamente los Ministerios de Minas y Energía, de Ambiente, de Agricultura y del Interior, para conservar la unidad de materia y para blindarla de posibles "micos" de último momento.
Adicionalmente es deseable que cuando comience el trámite legislativo, la propuesta esté legitimada a partir de un amplio proceso de participación y donde las minorías étnicas efectivamente hayan sido consultadas y que el proceso no se lleve a cabo simplemente por cumplir con los requisitos de la ley.
Un trámite basado en esa convicción daría al Congreso de la República la oportunidad de demostrar que efectivamente está legislando en función del interés nacional, a la vez que sería la única forma de calmar los temores que se despiertan ante el enorme poder financiero y de lobby a disposición de las compañías mineras, que dicho sea de paso, están acostumbradas a operar a la brava en toda la región.
En conclusión, creo que estamos frente a una de esas emocionantes tensiones que sólo ofrece el foro de la democracia.
*Cofundadora de Razón Pública. Para ver el perfil de la autora, haga clic aquí.
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María Victoria Duque
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