
Elecciones presidenciales: una breve historia institucional
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Este domingo 31 de mayo es la primera vuelta de las elecciones presidenciales en Colombia. Si ninguno de los candidatos obtiene la mayoría absoluta de los votos, los dos más votados pasarán a una segunda vuelta a celebrase el 21 de junio. Más allá de sugerir por quién votar en esta columna, vamos a provechar la oportunidad para hacer un “breve” repaso por la historia de los diseños institucionales relacionados con la elección presidencial en Colombia.
En la actualidad tenemos votaciones presidenciales y vicepresidenciales directas, cada cuatro años, con sufragio universal, voto secreto y segunda vuelta, pero esto no siempre fue así. Durante buena parte del siglo XIX el voto o sufragio fue restringido, es decir que no todos los ciudadanos podían votar. Todas las democracias modernas en el siglo XVIII y XIX surgieron con tres tipos de restricciones en el voto, esto se conoció como sufragio capacitivo, censitario y de género. Capacitivo es que solo podían votar aquellos que no fueran analfabetas, lo que se podía demostrar con el título de escolaridad. Por su parte la restricción censitaria es que solo podían votar aquellos que tuvieran cierto nivel económico, medido, por ejemplo, por el pago del impuesto de renta. Por último, el sufragio de género consistía en que solo podían votar los hombres mayores de 21 años.
Durante la Primera República (1810-1815), la Gran Colombia (1819-1830), la Nueva Granada (1831-1853), los Estados Unidos de Colombia (1863-1886) y la República de Colombia (1886-1910) además del sufragio restringido la votación era indirecta. Existen dos tipos de elecciones: directas e indirectas. En las directas el voto que usted deposita por su candidato presidencial se le cuenta directamente a ese candidato. Por su parte en las votaciones indirectas (también llamadas por Colegios Electorales) el voto que usted deposita por su candidato no va directamente a su candidato presidencial, sino que sirve para elegir a unos representantes, delegados o electores, que son los que, dependiendo si son mayoría o no, votan por el respectivo candidato presidencial.
Este sistema indirecto se cambió brevemente por uno de voto directo entre 1853 y 1863 gracias a la Constitución liberal de 1853, que estableció la elección directa de presidente, vicepresidente (se elegían de manera separada), magistrados de las altas cortes y procurador, a través de un sufragio universal masculino, es decir, la Constitución de 1853 también eliminó brevemente la restricción capacitiva y censitaria, pero persistió la de género.
Posteriormente con la Constitución liberal de Rionegro de 1863 que fundó los Estados Unidos de Colombia, la mayoría de los estados federados restablecieron las restricciones al sufragio y se revivió el sistema de voto indirecto. En esta ocasión el Congreso de cada uno de los nueve estados federados (Antioquia, Bolívar, Boyacá, Cauca, Cundinamarca, Magdalena, Panamá, Santander y Tolima) emitía un voto por el candidato presidencial que hubiese sacado la mayoría de los votos en el estado federado. El candidato que sacara cinco de los nueve votos federales era elegido presidente. Si ninguno sacaba los cinco votos, entonces era el Congreso Nacional (ya no los congresos estatales) el que escogía de los candidatos en competencia al nuevo presidente.
Con la Constitución centralista de 1886 se consolida la Regeneración Conservadora y se pone fin a la época liberal federal, pero, se mantuvo el sistema de voto indirecto. Ahora eran las Asambleas Electorales de cada uno de los departamentos (ya no existían estados federados) las encargadas de elegir al presidente. El sistema de voto indirecto llegaría a su fin con las reformas constitucionales emprendidas en el gobierno republicano de Carlos E. Restrepo en 1910, cuando no solo se eliminó la votación indirecta para presidente, sino que también se restableció el sufragio universal masculino. Pero este último solo sería verdaderamente universal cuando se aprobó que las mujeres pudiesen votar en 1953 y ejercieron su voto por primera vez en 1957.
En lo que tiene que ver con los periodos presidenciales, desde la Constitución de Cúcuta de 1821 hasta la Constitución de Rionegro de 1863, los periodos presidenciales fueron de 4 años sin reelección inmediata. Posteriormente con la Constitución de Rionegro hasta 1886, el periodo presidencial se redujo a 2 años sin reelección inmediata, pero se permitía la reelección mediata. Luego con la Constitución conservadora de 1886 se estableció un periodo presidencial de 6 años con posibilidad de reelección inmediata, lo que permitía que un presidente pudiese estar 12 años en el poder. Esto cambió nuevamente con las reformas constitucionales de Carlos E. Restrepo de 1910, que redujeron el periodo presidencial a 4 años y eliminaron la reelección inmediata. Tendrían que pasar casi 100 años para que durante el gobierno de Alvaro Uribe Velez se reviviera la posibilidad de reelección presidencial inmediata en 2006, para nuevamente ser eliminada al poco tiempo con el presidente Juan Manuel Santos en el 2014.
Durante casi toda nuestra historia el presidente -sea a través de votación directa o indirecta- era escogido por mayoría simple. Por ejemplo, si había tres candidatos, uno con el 40%, otro con el 35% y otro con el 25% de los votos, ganaba las elecciones el que sacó 40%. Eran elecciones a una vuelta. Pero la Constitución de 1991 estableció lo que se conoce como el balotaje, también conocido como segunda vuelta. Es decir, que si ninguno de los candidatos saca en la primera vuelta la mayoría absoluta (el 50%+1) de los votos, entonces los dos candidatos más votados pasan a una segunda vuelta, y ahí el que saque la mayoría gana la presidencia.
Por último, en lo que tiene que ver con la vicepresidencia, esta se creó desde la época de la Constitución de Cúcuta de 1821, pero su elección era separada de la del presidente. Con la Constitución de 1858, que daría vida brevemente a la Confederación Neogranadina, se eliminaría la figura de la vicepresidencia y se crearía en su remplazo la figura del designado. Esto implicaba que, en caso de faltar el presidente, no sería remplazado por un vicepresidente, sino por un designado escogido de entre los mismos congresistas. La vicepresidencia reviviría nuevamente con la Constitución de 1886 unificando además su elección con la del presidente, pero sería nuevamente eliminada con las reformas de Carlos E Restrepo de 1810, restableciendo la figura del designado. Finalmente, con la Constitución de 1991 reviviría definitivamente la vicepresidencia de la República.
Luego de este largo y enrevesado recorrido –incompleto, por cierto- de diseños, rediseños y contradiseños presidenciales, parecería que actualmente los debates estarían cerrados, pero no es así. De vez en cuando se reviven discusiones sobre si 4 años son suficientes para sacar adelante un plan de desarrollo, o, si no serían mejor periodos 5 años como en Francia o 6 años como en México, pero prohibiendo la reelección, o, periodos de 4 años pero con posibilidad de reelección, o, si bajar el umbral de la segunda vuelta del 50%+1 al 45% como en Argentina, o, cual es la verdadera utilidad y/o funciones que debería tener la vicepresidencia, etc etc etc.
Pero estos debates no son para ahora. En la actualidad ninguno de los principales candidatos a propuesto reformas profundas a la presidencia. Así que, por ahora, votemos por la fórmula presidencial y vicepresidencial que más nos guste, de manera libre, informada y responsable. Sobre cuáles serían los mejores diseños institucionales para la presidencia, eso lo hablamos en otra ocasión.
Acerca del autor

Armando José Mercado
*Politólogo, magister en Conflicto Social y Construcción de Paz, profesor de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Tecnológica de Bolívar (UTB) e investigador en el Grupo Regional de Memoria Histórica (GRMH-UTB) de la misma universidad.
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