La aprobación de la Ley TIC ha causado recelo y dudas sobre el futuro de los canales públicos. ¿Podría esta ley ser una oportunidad para la televisión pública regional?
Juan Carlos Garzón Barreto*
¿Una oportunidad?
El 5 de junio, la Cámara de Representantes aprobó el proyecto de ley de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) presentado por el Gobierno en septiembre del año pasado.
Esta ley ha despertado inquietudes entre los sectores de oposición, pues ven en ella un riesgo para la libertad de expresión. Con todo, ¿podría ser esta ley una oportunidad para la televisión pública regional?
Una preocupación justificada
Con la consigna “La televisión pública se defiende”, algunos ciudadanos expresaron su preocupación por el futuro de los canales regionales de cara a la nueva Ley TIC.
Por su parte, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), buscó demostrar que la Ley fijaba un piso presupuestal favorable para los canales regionales que se institucionalizaron en Colombia durante las dos últimas décadas del siglo pasado.
Sobre todo, si se tiene en cuenta que el presupuesto que un canal regional recibía del Fondo para el Desarrollo de la Televisión (FONTV) apenas alcanzaba los diez mil millones de pesos anuales en promedio, como se puede ver en el siguiente cuadro:
La preocupación por el futuro financiero de los canales regionales es justificada, pues resultan de gran interés para la descentralización comunicacional y la autonomía cultural e informativa de las regiones. La ANTV calculó que para sostener la televisión pública entre 2018 y 2027 se requieren 1,717 billones de pesos.
La ANTV calculó que para sostener la televisión pública entre 2018 y 2027 se requieren 1,717 billones de pesos.
Estos recursos constituyen el aporte financiero de la industria nacional de la televisión al sostenimiento de la televisión pública. Con todo, queda pendiente un debate sobre pluralismo y sesgos informativos. En relación con los aportes financieros a la televisión pública:
- Entre 2008 y 2012, los canales regionales recibieron 204.496 millones de pesos del total de 768.593 millones asignados a la televisión pública.
- En la década comprendida entre 2008 y 2018, los canales regionales recibieron 575.229 millones de pesos, es decir, cuatro veces el monto que RCN y Caracol concertaron por la prórroga de sus contratos de concesión para el período 2019-2029: la suma de 128.076 millones de pesos por operador.
- Entre 2015 y 2018 los operadores públicos recibieron recursos del FONTV por 210.172 millones de pesos, casi dos veces el valor de la licitación de espacios del canal UNO: 107.500 millones de pesos.
Dado que la Ley TIC ya ha sido aprobada, es posible revisar y valorar el lugar que ocuparán los canales regionales en esta ley y su relación con la nueva estructura institucional.
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Los canales regionales y las orientaciones de la Ley TIC
La Ley TIC establece que la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones incluye a la televisión abierta radiodifundida, que es la forma de prestación del servicio a que pertenecen los canales regionales. Esta modalidad seguirá rigiéndose por las leyes 182 de 1995, 335 de 1996 y 680 de 2001; así como por la Ley TIC.
Además, esta ley dispone que los operadores de televisión abierta deben inscribirse en el Registro de Proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones para formalizar la habilitación general para proveer redes y servicios de telecomunicaciones.
![]() La nueva Ley TIC aproxima a los canales regionales a mercados competitivos. Foto: Ministerio TIC |
También se precisó que los operadores públicos conservarán las excepciones y exenciones de contraprestaciones económicas al Fondo Único.
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) quedó facultada para regular el acceso a los mercados de servicios de telecomunicaciones y de televisión abierta. Además, la CRC estará encargada de definir las condiciones de uso y acceso a las redes e infraestructuras de telecomunicaciones.
La Ley no distinguió entre operadores públicos y privados de televisión abierta y comprometió a todas las modalidades de televisión para facilitar el acceso y uso de sus redes. Por lo tanto, se abre la posibilidad de que los operadores públicos puedan participar del mercado e incluso obtener recursos adicionales mediante la optimización de su infraestructura.
Adicionalmente, los operadores públicos tendrán la oportunidad de acceder a otros nichos de mercado. En lo que respecta a la producción, programación y actividades comerciales, la ley previó que los actos y contratos de los canales regionales se regirán por las normas del derecho privado.
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La nueva arquitectura institucional
Debido a que la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV) desapareció, y sus funciones fueron redistribuidas, la arquitectura institucional del sector TIC cambió:
- Los canales regionales podrán acceder a los recursos financieros asignados a través del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, que es una Unidad Administrativa Especial adscrita al MinTIC.
- El Fondo Único de TIC tendrá por objeto y funciones: (1) financiar la operación, cobertura, actualización tecnológica, promoción de contenidos multiplataforma de interés público y la programación cultural y educativa integral; (2) optimizar la red digital pública; y (3) fortalecer y capitalizar los canales públicos, que podrán hacer recomendaciones a la agenda anual de inversión del Fondo.
- El MinTIC se encargará de: (1) la inspección, vigilancia y control; (2) la definición del régimen sancionatorio para los operadores y contratistas; (3) la reglamentación para los concesionarios de espacios y contratistas de televisión regional; y (4) la determinación de condiciones para que los canales regionales de frontera puedan asociarse.
- La nueva Sesión de Comunicaciones de la CRC podrá: (1) determinar estándares de equipos y elementos técnicos; (2) resolver controversias entre los proveedores de redes y servicios; (3) disponer de la información requerida a los operadores; (4) regular las condiciones de operación y explotación del servicio; (5) fijar franjas y contenidos de programación; (6) garantizar la calidad del servicio y regular la publicidad, la comercialización, la transmisión de eventos especiales, el uso de las redes y servicios satelitales y el cumplimiento de las obligaciones con los usuarios.
- La nueva Sesión Audiovisual de la CRC –para la cual los canales regionales elegirán un Comisionado– tendrá como funciones: (1) garantizar el pluralismo e imparcialidad informativa; (2) establecer prohibiciones, vigilar y sancionar a los operadores y concesionarios por conductas que atenten contra el pluralismo informativo, la competencia, el régimen de inhabilidades, los derechos de los televidentes, la familia y los niños; (3) promover y reglamentar la participación y el control de contenidos; y, (4) establecer la comunicación con los usuarios y la opinión pública, así como realizar la difusión, protección y defensa de los derechos de las audiencias. El sector audiovisual y la sociedad civil también tendrán representación en esta Sesión de la CRC.
![]() Los operadores públicos podrían acceder a otros nichos de mercados. Foto: Gobernación del Valle del Cauca |
- A diferencia de la representación que tuvieron los canales regionales en la Junta de la Comisión Nacional de Televisión (CNTV) o que ostentaban los gobernadores en la Junta de la ANTV, la Sesión Audiovisual de la CRC no tiene nada que ver con la definición de proyectos de inversión o con la asignación de recursos financieros a la televisión pública.
- La Sesión Audiovisual de la CRC es un espacio eminentemente técnico, con la responsabilidad de regular los derechos fundamentales a la expresión, la información, la comunicación, la libertad de prensa y los derechos de las audiencias. Esta responsabilidad se confía a una instancia participativa de carácter administrativo y no a los jueces de la República.
- Además, un régimen de inhabilidades restringe la participación de los canales regionales en la Sesión Audiovisual. Son inhábiles los miembros de las juntas, representantes legales, empleados, contratistas y empresas asociadas a los canales regionales, así como las personas vinculadas a los prestatarios de redes y servicios y sus familiares.
- La Agencia Nacional del Espectro (ANE) realizará la intervención en el espectro destinado para la televisión y asumirá las funciones relacionadas con la ocupación ilegal del espectro y la recepción de señales satelitales que están previstas en los artículos 24 y 26 de la Ley 182 de 1995.
- La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se encargará de proteger a los usuarios de las TIC, tomar medidas sobre prácticas restrictivas de la competencia e integraciones empresariales, conforme al régimen de inspección, vigilancia y control previsto en la Ley 1341 de 2009, y a las funciones establecidas en el literal d) del artículo 5 de la Ley 182 de 1995.
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¿Qué sigue?
En suma, la Ley TIC establece un nuevo esquema de relaciones entre los canales regionales y el Fondo Único, el MinTIC, la CRC, la ANE y la SIC. Además, la ley acerca la televisión pública al régimen de mercados en competencia.
La ley acerca la televisión pública al régimen de mercados en competencia.
Esta situación podría ser interpretada como un uso de la infraestructura pública para apalancar las operaciones del sector privado o como una oportunidad para que los operadores públicos ajusten su modelo de negocios frente a las implicaciones que tendrá el reordenamiento del marco legal e institucional del sector.
Del balance anterior también es posible afirmar que el ejecutivo no va a quedar con el control absoluto de los contenidos de la televisión, debido a la estructura y funciones de la Sesión Audiovisual creada en la CRC y a la forma en la que se elegirán sus nuevos comisionados.
En todo caso, la televisión regional debe ser fortalecida para hacer de ella un motor de la industria de contenidos multiplataforma y audiovisuales locales, y un escenario de formación universitaria y de creación de empleo digno para los profesionales de la comunicación.
La Ley TIC ya es un hecho. Por eso, debemos hacer de la interpretación académica una herramienta para empezar a pensar en las estrategias y acciones para trabajar sobre la nueva realidad del sector TIC.
*Abogado Especialista en Regulación de Comunicaciones y Medios. Doctorando en Derecho de la Universidad Externado de Colombia. Profesor de Comunicación Social y Periodismo de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas.