La novedosa aproximación de este libro a la función política del control constitucional abre posibilidades sorprendentes para entender nuestra historia, y además da herramientas para el análisis de coyuntura: por ejemplo sobre el fallo del fast-track.
Juan Sebastián Ceballos*
La historia de la Corte Suprema de Justicia de Colombia 1886-1991, 2 Vols.
Mario Alberto Cajas Sarria
Bogotá, Ediciones Uniandes, 2015, 410 pp., 452 pp.
Un enfoque diferente
Aunque este libro fue publicado hace dos años, es útil volver sobre sus líneas porque se trata de uno de los pocos estudios nacionales sobre la función política del control constitucional, una perspectiva de especial interés para interpretar el papel de la Corte Constitucional en la transición hacia el fin del conflicto con las FARC.
El libro expone las transformaciones de la corte a través de fallos y regulaciones, al tiempo que devela las atmósferas políticas en las cuales se produjeron. Con esto se descifran los movimientos estratégicos y tácticos de una corporación llamada a actuar en medio de complejas relaciones de poder.
El libro de Cajas Sarria se nutre de diversas fuentes: gacetas judiciales, diarios oficiales, anales del Congreso, informes y editoriales de prensa de la época, manuales y artículos especializados de derecho, libros y revistas de historia colombiana y latinoamericana, archivos personales, entrevistas a los protagonistas de los episodios y monografías de historia y análisis judicial.
La Corte y la política
![]() Justicia. Foto: Programa Nacional de Conciliación |
A partir de esas fuentes, el autor describe y analiza tanto la conformación de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que ejerció funciones de control constitucional entre 1886 y 1991, como sus actuaciones en relación con la constitucionalidad del estado de sitio, los tratados internacionales, el trámite de las leyes y las reformas constitucionales. El texto también muestra los elementos del contexto político y social que incidían sobre las decisiones de la Corte.
Gracias a este enfoque, la CSJ aparece enfrentada a desafíos no solo doctrinales sino también políticos:
- Cuando era llamada a controlar tratados internacionales, como los que dieron curso a la secesión de Panamá, el concordato o la extradición, la corte debía considerar las relaciones de poder entre Estados Unidos o la Iglesia católica y Colombia, o entre el Estado colombiano y las grandes organizaciones criminales.
- Al controlar decretos de estado de sitio, como los expedidos para refrenar La Violencia o los secuestros durante los años setenta y ochenta, la corporación debía actuar en medio de profundas fracturas partidistas, presiones militares o populares, situaciones de violencia generalizada o de terror.
- Cuando se le pedía controlar actos reformatorios de la Constitución, como el plebiscito de 1957 o los actos legislativos de 1968, 1977 y 1979, o cuando se la convocaba para revisar asuntos de trámite en las leyes, la corte debía definir los alcances y la continuidad de su propio poder o arbitrar entre las ramas ejecutiva y legislativa o entre partidos políticos en competencia.
Cajas parece entonces insinuar que las decisiones de la CSJ en estos ámbitos podrían explicarse no solo como respuestas doctrinales a problemas jurídicos, sino también como actuaciones con una clara carga política. Mediante sus sentencias la corte le daba forma a una doctrina, pero además debilitaba o fortalecía actores o posiciones políticas. Así, el balance de poder incidía sobre la formulación de las doctrinas, pero estas a su vez se traducían en activos o pasivos para las fuerzas políticas.
Mediante sus sentencias la corte le daba forma a una doctrina, pero además debilitaba o fortalecía actores o posiciones políticas.
Para mostrar con detalle esta función política de la CSJ, Cajas emplea un recurso de exposición más o menos homogéneo. Divide los ciento cinco años de esta historia en etapas y en cada una presenta algunos elementos del contexto. Por ejemplo, describe el dominio partidista en las cúpulas del poder público, la situación económica reinante en la época o la percepción del estado del orden público.
Luego detalla procesos judiciales relevantes sobre alguno de los campos de su pesquisa, como el control de decretos del estado sitio. En medio de estas precisiones, Cajas le recuerda al lector cuáles magistrados componían la corte, relaciona algunos rasgos de sus perfiles e intenta establecer cuál era la postura de la corporación en el espectro político. Tras lo cual describe la decisión tomada por la mayoría, describe los salvamentos y aclaraciones de voto y las reacciones a la decisión.
Finalmente el autor analiza la función que cumplieron la doctrina, la atmósfera política y la posición institucional de la corte en cada caso.
Casos reveladores
La historia narrada por Cajas muestra cómo la CSJ debilitaba en ocasiones a un actor político:
- Así, al comienzo de la primera administración de López Pumarejo, una corte integrada bajo la hegemonía conservadora y compuesta en su mayoría por magistrados del Partido Conservador le propinó un duro revés al Gobierno reformista, al ejercer un control muy riguroso y sin precedentes sobre unas medidas de estado de sitio en materias fiscales y de defensa nacional.
- Lo mismo ocurrió en la administración López Michelsen, luego del denominado “paro cívico”, cuando la Corte tumbó la “pequeña constituyente” que pretendía una reforma constitucional por una vía distinta del Congreso, única disponible en virtud del plebiscito de 1957.
El libro también muestra cómo la CSJ a veces protegía o fortalecía posiciones, partidos o Gobiernos. Por ejemplo, recrea cómo esa corporación legitimó el golpe de Estado de José Manuel Marroquín contra el presidente Manuel Antonio Sanclemente en 1900; cómo le concedió amplios poderes al gobierno de Mariano Ospina Pérez para enfrentar el Bogotazo y los primeros asomos de La Violencia a mediados de siglo XX; cómo actuó con proverbial sumisión durante el régimen militar y avaló medidas drásticas de estado de sitio en los gobiernos de López Michelsen y César Turbay para actuar contra los nacientes movimientos guerrilleros.
Juez y parte
Dentro de los hallazgos más fascinantes de esta historia, está el hecho de que la corte, con sus decisiones, determinaba azarosamente su propia fuerza institucional.
Sin fórmulas que le garantizaran una salida limpia o fácilmente previsible, la corte se veía ante la necesidad de definir cómo actuar cuando era llamada a revisar actos de un organismo dotado de gran respaldo popular, militar o partidista, pues debía resolver si prefería ganar aceptación y luchar por su continuidad en el orden político o si, por el contrario, debía fijarle límites estrictos al poder para que, a falta de otros controles, no se desbordara.
En ciertos casos, la corte optaba por inhibirse y esto le procuraba aceptación entre algunos sectores pero desconfianza en otros. Por ejemplo, cuando aprobaba la ampliación del poder en cabeza de ciertos órganos, lograba por un tiempo obtener un poderoso aliado, pero ese mismo poder, en otra coyuntura política, podía volverse en su contra.
Conclusiones y lecciones
![]() Mario Cajas, autor de “La historia de la Corte Suprema de Justicia de Colombia 1886-1991”. Foto: Universidad ICESI |
Tras conocer esta historia de la Corte Suprema de Justicia, la impresión predominante sería que el control constitucional no es otra cosa que el fruto de la doctrina constitucional influida por cálculos efectuados en medio de complejas relaciones de poder. Sin embargo no es esto lo que en realidad muestra el libro de Cajas.
Detrás de las historias referidas en esta obra fascinante puede observarse un inocultable trasfondo político que incidía sobre las decisiones, no porque el control constitucional siempre estuviera influido por las relaciones políticas, sino porque el control de los estados de sitio, las reformas constitucionales, los trámites parlamentarios y los tratados se desarrolló en medio de visibles luchas por maximizar el ejercicio del poder.
Que la corte, con sus decisiones, determinaba azarosamente su propia fuerza institucional.
Pero, después de leer este libro, es difícil no aceptar que, conscientemente o no, la atmósfera política que rodeó determinados procesos judiciales especialmente sensibles parece haber interferido en los debates jurídicos hasta el punto de reformularlos.
Pese a que esta influencia del contexto político sobre la decisión judicial puede ser aliviada en virtud de un diseño institucional adecuado, parece imposible evitar por completo esta incidencia circunstancial entre la doctrina jurídica y la correlación de fuerzas políticas en un ciclo histórico dado.
A tal punto es esto inevitable, que quizá no convenga limitar este tipo de análisis, como el que desarrolla Cajas en su libro, tan solo para los textos de historia. También los enfoques críticos de actualidad sobre las decisiones judiciales deberían tener esta aproximación.
En el caso de la más reciente decisión de la Corte Constitucional sobre el llamado “fast- track”, algunos analistas han señalado que, en el futuro, el fallo podría aumentar la legitimidad del desarrollo del Acuerdo con las FARC. Pero muy poco se ha dicho sobre el impacto que ese fallo puede tener sobre la fuerza política del Gobierno y sus partidos de coalición, sobre la oposición y sobre el posicionamiento institucional de la propia corte.
Un análisis como el que propone Cajas, aplicado a la actual coyuntura, deja a la vista a una corte que busca asegurarse un mejor posicionamiento institucional, al mismo que tiempo que debilita severamente la fuerza del Gobierno y fortalece a los partidos de oposición que compiten por el electorado conservador.
Con su decisión sobre el fast-track, la Corte Constitucional logró posicionarse ante los actuales movimientos de oposición al proceso de paz y es probable que ese capital político le sirva para ganar legitimidad –ante ese auditorio– en futuras discusiones constitucionales.
Sin embargo, la corte ha abierto una riesgosa fuente de control maximalista sobre el poder de reforma. Esta vena abierta podría minar su propia existencia y los alcances de su poder, en la medida en que, al no ser viable una reforma a través del Congreso, finalmente se imponga la necesidad de un nuevo proceso constituyente, donde todas las conquistas jurisprudenciales obtenidas hasta ahora podrían ser desmontadas.
* Exmagistrado auxiliar de la Corte Constitucional