El Acuerdo, la Constitución y las leyes: ¿vendrían grandes reformas? - Razón Pública
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El Acuerdo, la Constitución y las leyes: ¿vendrían grandes reformas?

Escrito por Marcela Escandón

Mesa de conversación frente a los puntos establecidos en los Acuerdos para la paz.

Marcela EscandonUn resumen muy útil de los acuerdos y un inventario preciso de los puntos que implicarían reformas en la Constitución o expedición de nuevas leyes. Tal vez no sean tantos como se cree o se teme, pero algunos de los temas son sensibles y complejos.  

Marcela Escandón Vega*

Unos sí, otros no

Si el proceso de paz entre el gobierno y las FARC sobrevive a la victoria del No en el plebiscito, esto pasaría necesariamente por la renegociación de cuando menos algunos de los puntos del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.

Por eso ahora, después del plebiscito, resulta aún más pertinente recordar en qué precisamente consistieron los acuerdos, y cuáles de ellos implicarían reformas a la Constitución o leyes de especial jerarquía e importancia -pues estos son también los temas que más polémica despiertan y más dificultades tendrían para ser tramitados-.

La mayor parte de los acuerdos podrían implementarse sin pasar por el Congreso.

Para hacernos a una idea más clara de la situación a continuación presento las principales disposiciones de los seis puntos discutidos en La Habana, señalando si requieren o no de reformas constitucionales y/o legales.

Juan Fernando Cristo, actual Ministro del Interior.
Juan Fernando Cristo, actual Ministro del Interior. 
Foto: Wikimedia Commons

 

 

Puntos del Acuerdo

Componentes que no necesariamente requieren reformas legales ni constitucionales

Componentes que deben ser desarrollados a través de reformas constitucionales o legales

1. Hacia un nuevo campo colombiano: reforma rural integral

  • Creación de un Fondo de Tierras gratuitas para campesinos no propietarios a partir de donaciones, baldíos y predios improductivos o recuperados vía extinción de dominio.
  • Actualización del catastro.
  • Desarrollo social y ambientalmente sostenible: cuidado especial de áreas de interés ambiental y cierre de la frontera agrícola.
  • Estímulo a la economía familiar y solidaria.
  • Beneficios a las zonas más afectadas por el conflicto.
  • Promoción del uso adecuado de tierras.
  • Estímulo a la restitución y al acceso a la propiedad por parte de los más vulnerables.
  • Garantías para que las familias vuelvan a trabajar en las tierras que les pertenecían.
  • Provisión de servicios rurales: salud, luz, agua potable, educación, internet, recreación, vivienda, infraestructura, riego, asistencia técnica, alimentación y nutrición.
  • Acceso a seguridad social, subsidios, formalización laboral y créditos.
  • Creación de un Tribunal de jurisdicción agraria para dirimir conflictos de tierras. Esta instancia requiere una reforma constitucional, tal vez un artículo transitorio y posiblemente desarrollo legal.

2. Participación política: apertura democrática para construir la paz

  • Creación de un sistema integral de seguridad para líderes de movimientos políticos (en especial para el creado por las FARC).
  • Fortalecimiento de medios de comunicación comunitarios, institucionales y regionales.
  • Fortalecimiento de la participación ciudadana y la transparencia en elecciones.
  • Garantías para la reconciliación, la convivencia, la no estigmatización y el ejercicio del derecho a la protesta.
  • Fortalecimiento a la veeduría, el control ciudadano, la planeación democrática y participativa y la cultura democrática.
  • Garantías para la igualdad en la competencia política.
  • Participación de las FARC en las elecciones de 2018 y 2022 si constituyen un partido político.

 

  • Cinco curules en Senado y cinco en la Cámara de Representantes si no consiguen los votos suficientes para obtener una curul, por 2 períodos a partir del 20 de julio de 2018 (requiere reforma constitucional y/o ley estatutaria).
  • Estatuto de Oposición (requiere ley estatutaria).
  • 16 circunscripciones transitorias de paz en la Cámara de Representantes para las zonas más afectadas por el conflicto por dos períodos (requiere reforma constitucional, posiblemente solo un artículo transitorio).
  • Facilidades para la creación de partidos y movimientos y aumento de su financiación pública.
  • Designación de tres voceros/as en Senado y tres en Cámara de Representantes, exclusivamente para que participen con voz pero sin voto en el debate de proyectos de reforma constitucional o legal para implementar los acuerdos (requiere artículos transitorios en la Constitución).

 

3. Fin del conflicto

  • Dejación de armas, extorsión, secuestro, ataques y narcotráfico.
  • Mecanismo tripartito de monitoreo (ONU, gobierno y FARC).
  • Ubicación temporal de excombatientes (6 meses) en 22 zonas veredales y 6 campamentos.
  • Entrega total de armas en 180 días.
  • Almacenamiento, destrucción de armas y construcción de monumentos con vigilancia de la ONU.
  • Creación de una zona de seguridad de 1km con presencia del mecanismo tripartito.
  • Apoyo a desmovilizados y financiación de sus proyectos productivos.
  • Creación del Consejo Nacional de la Reincorporación (en lo económico, político y social).
  • Constitución de una organización de economía social y solidaria, denominada Economías Sociales del Común (ECOMÚN) para proyectos colectivos.
  • Otorgamiento de 8 millones de pesos por una sola vez a miembros de las FARC para proyectos productivos individuales y una renta básica por dos años equivalente al 90 por ciento de un salario mínimo, si no tiene un contrato con ingresos.
  • Creación de una Unidad de Investigación y una Comisión Nacional de Garantías de Seguridad para el desmantelamiento de organizaciones criminales que asesinen, masacren o atenten contra defensores de DDHH, movimientos sociales o políticos.
  • Ley de amnistías, indultos y tratamientos penales especiales. (requiere reforma al Código Penal y/o al Código de Procedimiento Penal, posiblemente a otras leyes).

4. Solución al problema de las drogas ilícitas

  • Creación de un Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos y desarrollo alternativo de la mano de las comunidades.
  • Estrategia contra redes del narcotráfico y lavado de activos.
  • Renuncia de las FARC a sus vínculos con el narcotráfico.
  • Recuperación del territorio por parte del Estado y superación de la pobreza rural.
  • Generación de bienestar en zonas afectadas por los cultivos ilícitos (empleo, carreteras, mejoramiento de centros de salud, escuelas, etc.).
  • Tratamiento digno a campesinos cultivadores.
  • Medidas contra la corrupción derivada del narcotráfico.
  • Enfoque de salud pública ante el consumo de drogas y apoyo a consumidores para rehabilitación, atención, inclusión social y prevención.
  • Ley de tratamiento penal diferenciado para delitos relacionados con los cultivos ilícitos (requiere reforma al Código Penal y/o al Código de Procedimiento Penal, posiblemente a otras leyes).

5. Acuerdo sobre las víctimas del conflicto

  • Creación de una Comisión de la Verdad (no juzgará actores o hechos, solo presentará un informe).
  • Creación de una unidad de búsqueda de desaparecidos.
  • Satisfacción de los derechos de las víctimas y su participación.
  • Creación del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.
  • Procesos de reparación y garantía de no repetición, entre ellos, actos de reconocimiento de responsabilidad, reparación colectiva a grupos y comunidades, restitución de tierras, retorno de comunidades desplazadas a sus lugares de origen y atención psicosocial a las víctimas.
  • Establecimiento de la Jurisdicción Especial de Paz y creación de un Tribunal de paz integrado por magistrados colombianos para que los responsables se presenten ante la justicia transicional y reparen a las víctimas. Esta Jurisdicción desarrollaría e impondría sanciones como desminado, construcción de infraestructura y contribución en la búsqueda de desaparecidos. También establecería de penas carcelarias hasta por 20 años para quienes no reconozcan sus crímenes. (Requiere una reforma constitucional, tal vez un artículo transitorio y posiblemente desarrollo legal).

6. Implementación, verificación y refrendación

  • Creación de un mecanismo de verificación de lo pactado, con componente internacional.
  • Establecimiento de una Misión política de la ONU para verificar el proceso de reintegración.
  • Creación de una comisión de seguimiento y verificación del Acuerdo Final de paz con tres representantes del gobierno y tres de las FARC.
  • Acompañamiento internacional de países y entidades internacionales.
  • Consideración de enfoque étnico en la implementación de los acuerdos.
  • Ley de aprobación del Acuerdo Final y acto legislativo de incorporación del Acuerdo Final a la Constitución Política;
  • Aprobación final por parte de los ciudadanos vía plebiscito (ya fue aprobado por el Congreso y avalado por la Corte Constitucional).

 

Como se puede ver, la mayor parte de los acuerdos podrían implementarse sin pasar por el Congreso y sin reformar la Constitución. Aquellos que requerirían modificaciones legales son principalmente para ampliar la participación política y crear la Jurisdicción Especial de Paz.

Lo pendiente

Gobierno Santos, junto a el representante de las FARC, en el acuerdo final por la Paz en Colombia.
Gobierno Santos, junto a el representante de las FARC, en el acuerdo final por la Paz en Colombia. 
Foto: Facebook de las FARC

Sin embargo, el texto final del Acuerdo de La Habana incluye muchos más temas que eventualmente serían objeto de nuevas normas y/o de reformas constitucionales o legales:

  • Garantías y promoción de la participación ciudadana;
  • Estatuto de la oposición;
  • Ley de amnistías, indultos y tratamientos penales especiales (un borrador de proyecto de ley hace parte del Acuerdo Final como anexo);
  • Ley de aprobación del Acuerdo Final;
  • Acto legislativo de incorporación del Acuerdo Final a la Constitución;
  • Sistema Integral de Garantías de seguridad para la organización política que surja de los acuerdos de paz;
  • Reforma constitucional y legal sobre garantías y participación para el nuevo partido o movimiento político de las FARC;
  • Ley de tratamiento penal diferenciado para delitos relacionados con los cultivos ilícitos por parte de campesinos y mujeres en situación de pobreza;
  • Creación de circunscripciones transitorias especiales de paz;
  • Suspensión de órdenes de captura y extradición contra integrantes de las FARC;
  • Estatuto jurídico civil de integrantes de las FARC;
  • Ley sobre la Unidad para la investigación y desmantelamiento de las organizaciones criminales y prohibición constitucional del paramilitarismo;
  • Acto legislativo y normas de organización sobre la Unidad de Búsqueda de Personas desaparecidas;
  • Implementación, financiación y verificación de los acuerdos;
  • Incorporación de la implementación del acuerdo al Plan Nacional de Desarrollo;
  • Implementación de lo acordado en materia de desarrollo rural y sustitución de cultivos de uso ilícito;
  • Aumento de financiación de los partidos, en especial, el derivado de los acuerdos;
  • Reforma de la extinción judicial de dominio y al Sistema de alertas tempranas;
  • Modificaciones de la Ley 1448 de 2011, de Víctimas y Restitución de Tierras para ampliar el reconocimiento de las víctimas;
  • Reincorporación económica y social;
  • Adopción de medidas para combatir la corrupción;
  • Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la no Repetición;
  • Creación y fortalecimiento de los mecanismos de Control y veeduría ciudadanas y de observatorios de transparencia;
  • Reformas constitucionales y legales relativas a la organización y régimen electoral.

Muchos de estos asuntos no requerirían necesariamente una reforma de la ley o de la Constitución, y buena parte podría desarrollarse con la ampliación de programas actuales, la asignación de recursos y la creación de campañas e incentivos a los ciudadanos.

Además, ya existen marcos legales generales como la Ley 1448 de 2011, la Ley 1424 de 2010 (de Justicia Transicional), la Ley 975 de 2005 (sobre reincorporación) y el Acto Legislativo 01 de 2016 (“fast track”). Incluso hay normas e instancias más específicas, como la consulta previa a minorías étnicas, la Ley 160 de 1994 de reforma agraria y desarrollo rural y la Ley 731 de 2002 para las mujeres rurales que van en sintonía con algunos de los principios que orientan los acuerdos.

El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, ya había anunciado las reformas más ambiciosas desde la Constitución de 1991.

Empieza la polémica

Ahora bien, sean tramitados a través del Congreso o por las vías administrativas, los contenidos del Acuerdo son polémicos, parciales y complejos.

  1. Son polémicos porque implican adoptar una postura global y definitiva (de sí o no) ante un tema extremadamente sensible para los colombianos, que conlleva creencias ideológicas, vivencias dolorosas y posturas políticas arraigadas. El casi empate entre los votos por el No y los votos por el Sí en el plebiscito es la mejor muestra de este carácter polémico. 
  2. Son parciales porque no pueden solucionar todos los problemas del país y tampoco pretenden hacerlo. Los acuerdos abordan unos puntos concretos frente a los seis temas mencionados anteriormente, que deben ser analizados como lo que son: propuestas concretas de política pública, con ventajas y desventajas.
  3. Son complejos porque el problema específico que intentan resolver es complejo, así como cada una de sus características y factores que propiciaron su origen: contextos de pobreza extrema, represión estatal, cierre de espacios políticos, narcotráfico, inequidades en la distribución del ingreso, adaptaciones de modelos políticos y discursos ideológicos externos, profundas desconexiones regionales y antecedentes históricos de violencia política, entre otros.

En síntesis, no se requeriría ni una nueva Constitución ni cambios trascendentales en el  marco legal existente para dar cumplimiento al Acuerdo de La Habana. La mayoría de las disposiciones implicarían crear nuevas instituciones estatales, desarrollar programas,  asignar  recursos o fortalecer políticas que ya existen, como la de desmovilización o la de reparación a las víctimas.

Sin embargo, el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, ya había anunciado las reformas más ambiciosas desde la Constitución de 1991 para poder cumplir los acuerdos. Ojalá antes de presentarlas (y en el supuesto de que se llegue a renegociar el Acuerdo), se revisen las normas y programas ya existentes y se haga todo lo posible para cumplirlos, en lugar de caer en la idea común de que todos los problemas del país se resuelven con nuevas leyes y reformas a la Constitución.

 

*Historiadora y politóloga; gestora de prueba Sociales y ciudadanas del ICFES; docente de Ciencia Política en la Universidad del Rosario.

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