El aumento del precio de la gasolina es consecuencia de una fórmula equivocada para calcular su precio, pero también del debilitamiento de Ecopetrol a lo largo de una década.
Libardo Espitia*
Un aumento escandaloso
El Gobierno Nacional anunció aumentos escalonados en el precio del galón de gasolina debido a falta de recursos del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (fepc). No se sabe todavía que pasará con los precios del ACPM.
El faltante se calcula en 10 billones de pesos. El primer aumento de $200 por galón rige a partir del mes de octubre.
Esos aumentos obedecen a la fórmula que hoy se utiliza para determinar el precio interno de los combustibles, una fórmula que viene desde 1999 y que ahora necesita una urgente revisión.
Cómo se calcula el costo de la gasolina
Al comenzar el gobierno de Andrés Pastrana, el 23 de diciembre de 1998, se decidió cambiar la metodología con la cual calculaban los precios de los derivados líquidos del petróleo a través de actos administrativos que comenzaron a regir el 1 de enero de 1999.
La nueva metodología dispuso que las tarifas se fijaran sobre la base de una serie de factores a lo largo de la cadena de producción-distribución: el ingreso al productor (ip), el precio de venta al distribuidor mayorista (pmi), el margen del distribuidor mayorista (md) y el precio de venta en planta de abasto a mayorista (pma). La sumatoria de estos componentes arroja el precio final que se paga en las estaciones de servicio. El galón de gasolina corriente motor arrancó en $1608,29 y el de acpm a $1388,60.
La diferencia entre precios nacionales e internacionales es el costo de oportunidad (o perdida por no aprovechar la mejor opción de venta), que hoy se conoce erróneamente como un simple “subsidio”.
El precio de referencia para efectos del “subsidio” es lo que costaría comprar el petróleo en el extranjero. Concretamente es el precio del día del petróleo tipo WTI (o petróleo ligero de la Costa del Golfo de Estados Unidos), colocado en los puertos de importación en Colombia es decir, incluyendo los fletes marítimos o terrestres, seguros, valores de inspecciones de calidad en puertos de cargue y descargue, tasa arancelaria por importaciones, tarifas por poliducto e impuesto de timbre.
El IP es por supuesto el componente principal del precio final. Para la gasolina corriente motor, él representa hoy el 48 %, mientras que para el acpm representa el 41 %.
El desmonte de Ecopetrol
A partir de su fundación en 1951, la Empresa Colombiana de Petróleos (Ecopetrol) hizo grandes inversiones en activos relacionados con el crudo: poliductos, terminales petroleros, refinerías, empresas distribuidoras y transportadoras de energía, empresas distribuidoras de gas y productoras de propileno, entre otras.
Pero la empresa no ha sido ajena a la ola de privatizaciones, en especial bajo el gobierno de Álvaro Uribe y su ministro de Hacienda Alberto Carrasquilla.
En el año 2003, gracias a las facultades extraordinarias que le otorgó de la Ley 790, el Gobierno expidió el Decreto Ley 1760, que creó la Agencia Nacional de Hidrocarburos (anh) y le quitó a Ecopetrol la administración integral de las reservas de hidrocarburos de propiedad de la Nación.
A partir de ese momento dejaron de llegarle a Ecopetrol los hidrocarburos descubiertos por otras compañías, y debió competir por los nuevos bloques exploratorios ofertados por la anh, cargando sus refinerías y manteniendo su posición natural de refinador único en el país.
Así mismo, se cambió la naturaleza jurídica de Ecopetrol. Pasó de ser una empresa industrial y comercial del Estado a una sociedad pública por acciones, vinculada al Ministerio de Minas y Energía.
La estocada final vendría en 2006, cuando se ordenó a Ecopetrol que buscara entidades privadas aptas para la ingeniería de detalle y para la expansión de la Refinería de Cartagena, con un valor máximo calculado en 736 millones de dólares, más el 10%. A mediados de 2006 se dio la puja entre Petrobras y Glencore, una multinacional suiza que, pese a no tener experiencia en proyectos de refinerías, logró quedarse con el 51 % de las acciones de la Refinería de Cartagena. Posteriormente se asoció con Ecopetrol y crearon Reficar, pero en el 2009, ante la crisis internacional, Glencore abandonó el proyecto.
Además de no imponerle ninguna sanción, Ecopetrol recompró sus acciones por un valor de 549 millones de dólares; así, Andean Chemical –propiedad de Ecopetrol– se quedó con el 50,99 % de las acciones de Reficar y Ecopetrol S.A. se quedó con el 49 % restante. Desde entonces, Ecopetrol tendría que asumir todos los costos del proyecto, que con sobrecostos superó los 8000 millones de dólares.
Por su parte la Ley 1118 de 2006 autorizó a Ecopetrol S.A. para emitir acciones al público en general por hasta el 20% de la participación estatal. Este proceso se conoció como la “capitalización” e hizo que la empresa pasara a ser una sociedad de economía mixta de carácter comercial, a la cual por lo tanto se le aplican las reglas del derecho privado.
Bajo estas nuevas reglas, Ecopetrol se consolidó como una empresa nacional con visión de petrolera multinacional, que vende y compra crudo y derivados a precios internacionales.
Dada la notoria diferencia entre los precios nacionales y el internacional, el Plan de Desarrollo 2006-2010 creó fepc (Fondo de Estabilización de Precios de los combustibles) o fondo de la nación para pagar el “subsidio” o las pérdidas de Ecopetrol al vender combustible por debajo del precio internacional (artículo 69 de la Ley 1151 de 2007).
Los biocombustibles: un subsidio exagerado
La Ley 693 de 2001 reguló el uso de los alcoholes carburantes y adoptó estímulos para su producción, comercialización y consumo y señaló la obligación para los centros urbanos de más de 500.000 habitantes de utilizar en las gasolinas componentes oxigenados. Para centros poblados de menos de 500.000 habitantes quedó optativo a voluntad del Ministerio de Minas y Energía.
La Ley 939 de 2004 estimuló la producción y comercialización de biocombustibles de origen vegetal o animal para uso en motores diésel. Para esto eximió del impuesto a la renta líquida derivada de nuevos cultivos (entre ellos los de palma de aceite) por un período de diez años a partir del comienzo de la producción.
Al reglamentar las leyes anteriores, el Ministerio de Minas y Energía ha establecido precios fijos para los biocombustibles y ha autorizado su mezcla en la gasolina corriente motor, comenzando desde el 5 % al 10 % y, para el acpm, del 8 % al 12 %.
Las últimas disposiciones gubernamentales fijaron el ingreso al productor del biocombustible para motores diesel en $23.098,69 por galón y el de etanol en $13.048, altos costos que por supuesto afectan el precio final de la gasolina y el ACPM.
Los principales productores de alcohol carburante son: Incauca, Providencia, Manuelita, Mayagüez y Risaralda, mientras que para la producción de biodiesel están: Oleoflores, Odin Energy, Biocombustibles del Caribe y Bio D.
Los dueños de Ecopetrol
A partir de 2007, cuando comenzó el proceso de capitalización, la Nación disminuyó su cuota de propiedad en Ecopetrol. A fines del año pasado se registró un total de 254.096 accionistas, encabezado por las siguientes entidades:
Inversionista |
No. Acciones diciembre 2021 |
No. Acciones diciembre 2021 |
Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público | 36.384.788.417 | 88.49 |
J.P Morgan Chase Bank Na Fbo Holders Of Dr Ecopetrol | 480.947.640 | 1.17 |
Fondo de Pensiones Obligatorias Porvenir Moderado | 407.996.879 | 0.99 |
Fondo Bursátil Shares MSCI COLCAP | 338.669.011 | 0.82 |
Fondo de Pensiones Obligatorias Protección Moderado | 319.162.267 | 0.78 |
Fondo de Pensiones Obligatorias Porvenir Mayor Riesgo | 231.808.762 | 0.56 |
Fondo de Pensiones Obligatorias Protección Mayor Riesgo | 184.451.634 | 0.45 |
Fondo de Pensiones Obligatorias Colfondos Moderado | 153.056.019 | 0.37 |
Fondo Bursátil Horizons Colombia Select de S&P | 79.675.344 | 0.19 |
Fondo de Pensiones Obligatorias Colfondos Mayor Riesgo | 70.282.529 | 0.17 |
Vanguard Total International Stock Index Fund | 65.638.669 | 0.16 |
Fondo de Pensiones Obligatorias Protección Retiro | 64.669.475 | 0.16 |
Skandia Fondo de Pensiones Obligatorias Moderado | 64.527.189 | 0.16 |
Fondo de Cesantías Protección Largo Plazo | 43.048.756 | 0.10 |
Vanguard Emerging Markets Stock Index Fund | 42.707.437 | 0.10 |
Norges Bank | 41.628.506 | 0.10 |
IShares Core MSCI Emerging Markets ETF | 40.900.743 | 0.10 |
Fondo de Cesantías Porvenir | 40.066.960 | 0.10 |
Fondo Especial Porvenir de Retiro Programado | 36.919.550 | 0.09 |
Skandia Fondo de Pensiones Obligatorias Mayor Riesgo | 31.475.105 | 0.08 |
Compañía de Seguros Bolívar S.A. | 28.862.480 | 0.07 |
Abu Dhabi Investment Authority J.P. Morgan | 25.960.066 | 0.07 |
Fondo de Pensiones Obligatorias Porvenir Conservador | 25.738.972 | 0.06 |
Fondo de Pensiones Obligatorias Colfondos Retiro Programa | 25.230.083 | 0.06 |
Fondo de Pensiones Obligatorias Protección Conservador | 24.624.673 | 0.06 |
Fuente: Ecopetrol S.A.
Una revisión urgente
Los estudios técnicos realizados por el Ministerio y por la Asociación Colombiana del Petróleo (acp), en 1997 y 1998 respectivamente, concluían que la nueva metodología aumentaría los precios en un horizonte máximo de cinco años, es decir que debió acabarse en diciembre de 2003.
Pero el tratamiento sigue siendo como si no se hubiese dado el proceso de capitalización. En efecto: la estructura adoptada fue para una empresa industrial y comercial del Estado, no para una sociedad mixta por acciones donde concurren inversionistas privados.
Es urgente que el nuevo gobierno proceda a revisar esta estructura, al igual que la de la metodología para fijar los precios de los biocombustibles y de los alcoholes carburantes.