¿Qué dice la primera decisión de la JEP y por qué es importante? - Razón Pública
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¿Qué dice la primera decisión de la JEP y por qué es importante?

Escrito por Ángela María Buitrago
Angela Maria Buitrago

En su decisión de esta semana, la JEP describe algunas prácticas de la guerrilla y acusa a los altos mandos. ¿Qué significa esto para las víctimas?

Ángela María Buitrago*

El primer auto

Este 26 de enero la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió un “Auto de Determinación de Hechos y Conductas” en la investigación que adelanta sobre secuestro y privaciones de la libertad por parte de las FARC.

Es la primera decisión que toma la JEP para imponer sanciones propias de la justicia transicional a los antiguos miembros del Secretariado de las FARC. En el auto, la JEP deja claro que:

  1. El secuestro y los hechos relatados por las víctimas efectivamente existieron;
  2. Se trata de crímenes de guerra y de lesa humanidad que no son amnistiables y, por lo tanto, requieren una sanción;
  3. Ocho miembros del antiguo Secretariado de las FARC participaron de estas conductas y son responsables ante la justicia.

Una vez emitido el auto, los ocho excomandantes acusados tienen treinta días hábiles para aceptar o no su responsabilidad. En caso de que la acepten, el tribunal continuará con el proceso para imponerles una sanción; en caso contrario, la JEP podría decidir condenarlos hasta a veinte años de cárcel.

Actualmente, dos de los ocho excomandantes acusados ocupan una curul en el Congreso de la República. Por eso, aunque el presidente de la JEP ha afirmado que en el proceso deberá establecerse si los acusados pueden seguir gozando o no de sus derechos políticos, algunos han pedido que renuncien inmediatamente.

En suma, el auto de la JEP es un hito para evaluar si el Acuerdo de Paz fue conveniente y si llevará o no a la impunidad.

Las FARC, según la JEP

Además de acusar al antiguo Secretariado de las FARC, la decisión de la JEP describe en detalle el funcionamiento de la guerrilla y cómo fueron tratados sus delitos en la justicia ordinaria.

Según la decisión de la JEP, las actuaciones de las FARC demuestran un alto grado de organización, basada en un modelo jerarquizado. Las FARC estaban compuestas por escuadras (la unidad más pequeña), guerrillas, compañías, columnas, frentes, bloques y comandos conjuntos.

Esta alta organización, sumada a la ausencia del Estado y al poco control de las instituciones, le dieron a la guerrilla la fuerza para cometer los delitos analizados en el auto. Esto, a su vez, muestra que aún debe analizarse de forma más profunda cuál fue el papel de la omisión estatal en la desprotección de los civiles.

El secuestro y los hechos relatados por las víctimas efectivamente existieron; y se trata de crímenes de guerra y de lesa humanidad que no son amnistiables

Sin embargo, la decisión también dibuja una guerrilla contradictoria en muchos aspectos: por un lado, se trataba de una organización con estrictos códigos de conducta, que consideraba como delitos “la violación, el robo, los negocios tramposos entre los compañeros o con los civiles, el consumo de sustancias psicoactivas, las actividades que fueran en contra de la ‘moral revolucionaria’, las costumbres de la población (particularmente las de carácter religioso) o que afectaran el prestigio de la guerrilla”.
Pero, por otro lado, el auto muestra que los secuestrados sufrieron “torturas, tratos crueles, atentados contra la dignidad personal, violencia sexual y desplazamiento forzado”, con la anuencia o la indiferencia de los altos mandos.

Foto: Centro Nacional de Memoria Histórica ¿Bastará con que la JEP sancione el pasado, cuando en nuestro presente se siguen cometiendo los mismos crímenes?

Los vacíos y los retos

Muchos de estos hechos ya habían sido confesados por los desmovilizados bajo las instituciones creadas por la Ley de Justicia y Paz, pero hasta ahora no se habían clasificado como delitos, crímenes de guerra o de lesa humanidad.

Si muchos de los desmovilizados que se acogieron a la Ley de Justicia y Paz ya habían mencionado estos hechos, ¿por qué no había ninguna decisión judicial que permitiera hablar abiertamente de esta clase de crímenes?

La misma decisión de la JEP admite que persisten “vacíos en algunos hechos concretos”, pero hay una conclusión contundente: las FARC cometieron violaciones masivas de la libertad de las personas, conductas estas que constituyen crímenes en el derecho nacional e internacional.

Entre otras cosas, es lamentable que todavía no haya un dato cierto sobre el número de personas que fueron objeto de estas prácticas, pues hasta ahora solo hay cifras estimadas. Aunque el auto trata de justificarlo como una omisión de las instituciones, esta inexactitud es inexcusable y confirma el abandono en el que ha estado el tema durante mucho tiempo.

Los secuestrados sufrieron “torturas, tratos crueles, atentados contra la dignidad personal, violencia sexual y desplazamiento forzado”

Las decisiones de la JEP no pueden partir de cifras “parciales y sesgadas”, como las describe el mismo auto. Es necesario investigar por qué las instituciones tienen
diferentes datos, pues precisamente el Estado es quien debe llevar cuentas confiables sobre los hechos que ocurren en su territorio.

Si estas inexactitudes no se corrigen, las futuras decisiones de la JEP podrían verse afectadas, pues la magnitud de los hechos podría ser distinta. Esto, a su vez, podría abrir la posibilidad de que tribunales internacionales intervengan en Colombia para asegurar que todos los hechos se investiguen y que haya justicia para todas las víctimas.

Lo anterior es especialmente importante si se tiene en cuenta que muchos de los delitos descritos por la JEP se siguen cometiendo, lo que significa que cada vez sigue habiendo más víctimas.

La violencia sigue aumentando y las víctimas siguen abandonadas y asediadas. Por eso debemos preguntarnos: ¿bastará con sancionar los crímenes del pasado si en el presente la violencia se repite incesantemente y no hay una adecuada respuesta institucional?

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