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Delitos con arma blanca: se queda corta la restricción

Escrito por Hugo Acero
Porte de armas blancas

Porte de armas blancas

hugo aceroAnte el aumento de los asaltos, lesiones y homicidios con armas cortopunzantes, hay dos proyectos en curso que proponen lo que es obvio. Y sin embargo las cosas son más complicadas.

Hugo Acero Velásquez*

Los proyectos

Con la intención de reducir los homicidios, las lesiones personales y los robos o asaltos que se cometen con armas cortopunzantes, hoy existen dos proyectos que limitan el porte y venta de este tipo de armas:

Los homicidios con armas cortopunzantes han aumentado de 13 a 19 por ciento de los casos en el mismo lapso.
  1. El Proyecto de Ley “por medio de la cual se crea el Plan Nacional de Desarme Blanco Ciudadano” que fue presentado por el representante a la Cámara Buenaventura León León.
  2. El Decreto que va a expedir la Alcaldía Mayor de Bogotá mediante el cual y “de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Acuerdo Distrital 517 de 2012, se prohíbe en todo el territorio del Distrito Capital la venta y compra en el espacio público, en escenarios deportivos, culturales o de recreación de elementos cortantes, punzantes, corto punzantes y corto contundentes”.

Las razones

Las dos iniciativas se sustentan, sobre todo, en el aumento de los delitos cometidos con este tipo de armas.

Aunque los homicidios perpetrados con armas de fuego disminuyeron desde un 77 por ciento de los casos en 2012 a un 72 por ciento en 2017, los homicidios con armas cortopunzantes han aumentado de 13 a 19 por ciento de los casos en el mismo lapso:

arma-usada-hugo-acero.jpg - 48.44 kB

Puede leer: Armas de fuego: un problema sin control.

En cuanto a las lesiones personales, el uso de armas cortopunzantes aumentó de manera leve: pasó del 5,4 por ciento de los casos en 2010 a 6,5 por ciento en 2017.

También debe notarse que durante estos años se registró un aumento notable en la incidencia de las riñas, que pasaron de causar el 47,5 por ciento de las lesiones en 2011 al 83 por ciento en 2017. Sobresale el uso de armas contundentes, como se puede ver en la siguiente gráfica:

porcentaje-rinas-hugo-acero.jpg - 45.94 kB

Bogotá: un caso crítico.

La incidencia de este tipo de armas en la delincuancia es todavía más alta en Bogotá. Según las cifras de la Oficina de Análisis de Información y Estudios estratégicos de la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia, esas armas se emplearon en el 34 por ciento de los homicidios en 2013, en el 39 por cinto de los casos en 2017 y—según el Secretario de Seguridad—en este año ya casi llegan al 45 por ciento, como se indica en la siguiente gráfica:

tipos-arma-usada-bogota-hugo-acero.jpg - 29.19 kB

*Elaboración propia. Fuente: Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia. 2013: Sistema de Información Estadístico Delincuencial y Contravencional SIEDCO – PONAL. 2014- 2017: Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres SIRDEC – INMLCF. Elaborado por la Oficina de Análisis de Información y Estudios Estratégicos.

Los hurtos con armas cortopunzantes pasaron del 19 por ciento en 2013 al 30 por ciento en 2017, como se puede ver en el siguiente cuadro:

tipos-arma-usada-hugo-acero.jpg - 37.32 kB

*Cálculos del autor sobre la base de datos de la Secretaría Distrital de Seguridad Convivencia y Justicia. Sistema de Información Estadístico Delincuencial y Contravencional SIEDCO – PONAL. Elaborado por la Oficina de Análisis de Información y Estudios Estratégicos.

Del dicho al hecho

Muchos jóvenes son los que portan armas blancas.
Muchos jóvenes son los que portan armas blancas.
Foto: Policía Nacional

Las cifras anteriores dan la razón a aquellas dos iniciativas:

  • El proyecto de ley proveería un marco legal para que los alcaldes y demás autoridades competentes adoptaran medidas restrictivas sobre el porte de armas cortopunzantes.
  • Por su parte el Decreto de la Alcaldía se limita a prohibir la venta de elementos cortopunzantes en espacios públicos. Pero el decreto vendría a complementar la restricción al porte que ya fue establecida por el Acuerdo Distrital 517 de 2012 y el Código Nacional de Policía y Convivencia.

Pero tanto el proyecto como el decreto se quedan cortos en definir acciones que reduzcan efectivamente la incidencia de este tipo de armas en hechos violentos y delincuenciales.

Le recomendamos: Seguridad y convivencia ciudadana: sin novedad en el frente.

Por ahora en ninguno de los textos queda claro del todo cómo haría el policía de la calle para distinguir entre aquellos ciudadanos que portan elementos cortopunzantes o contundentes como herramientas de trabajo y estudio, y aquellos otros que las portan para agredir a otras personas.

Se establece que los ciudadanos que sean sorprendidos con armas cortopunzantes pueden mostrar un carnet que los acredite como estudiantes o trabajadores que necesitan utilizar este tipo de elementos. Pero ¿cuantos ciudadanos trabajadores, artesanos que utilizan este tipo de elementos tienen un carnet que acredite la profesión u oficio o la actividad deportiva?

¿Qué va a pasar con los vendedores ambulantes que están en el espacio público y que utilizan cuchillos para preparar y vender alimentos?

Por los tanto, esta medida—que no es tan fácil de aplicar como parece o como se quisiera— debe ser complementada con programas que desestimulen el porte y uso de armas cortopunzantes por parte de la ciudadanía.

Los adolescentes

Requisas.
Requisas.
Foto: Alcaldía de Cali

El porte de armas blancas no implica una intención de asaltar, lesionar o matar a otra persona.

Muchos ciudadanos las portan con el fin de defenderse, y por hacerlo están en riesgo permanente de lesionar o ser lesionados de manera grave. Vale decir por eso que estos ciudadanos necesitan protección para evitar ese tipo de accidentes.

Otras personas portan armas cortopunzantes para mostrar cierto grado de poder. Este es el caso de adolescentes que las exhiben en escuelas, colegios y barrios. Y por tratarse de adolescentes, no bastaría con desestimular el porte y uso de este tipo de armas, sino que sus familias deben ser involucradas.

Tanto el proyecto como el decreto se quedan cortos en definir acciones que reduzcan efectivamente la incidencia de este tipo de armas en hechos violentos y delincuenciales.

Además de confiscar las armas que se encuentren en sus manos, los policías deberían trasladarlos a las comisarías de familia, para que ellos convoquen a los padres para informarles sobre lo sucedido y para que tomen cartas en el asunto. Suele ocurrir que los padres sean los últimos que se enteran y que a veces lo hagan cuando sus hijos están lesionados o lesionaron gravemente a alguien.

Más que decomisar

Respecto de los adultos que portan armas blancas para defenderse, amenazar o agredir a otros ciudadanos, la autoridad debería decomisar el arma y además hacer uso de la medida de traslado por protección.

Esta medida está prevista en el artículo 155 del Código Nacional de Policía y Convivencia  (Ley 1801 de 2014) y consiste en la secuencia del decomiso, la sanción por el porte, el registro del hecho en el sistema, la verificación de los antecedentes de la persona y la asistencia obligatoria a talleres de convivencia, manejo de riesgos y resolución pacífica de conflictos.

Además de evitar muertos o lesionados, el traslado protege a los mismos portadores—quienes, por ejemplo y en no pocas ocasiones, se encuentran con que la persona frente a la cual esgrime su arma cortopunzante es ella misma portadora de un arma de fuego—.

Para cualquier autoridad, lo más fácil es prohibir o restringir mediante nuevas disposiciones legales. Pero los resultados reales exigen conocimiento, dedicación, tiempo y recursos para empezar por donde siempre debe comenzarse: por evitar los comportamientos riesgosos.

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La discusión del proyecto de ley en el Congreso daría además la oportunidad para considerar la reincidencia como posible agravante para aplicar medidas punitivas (incluyendo la privación de la libertad). La atención de las autoridades se concentraría entonces sobre quienes reincidan un cierto número de veces en el porte de armas blancas o presenten graves antecedentes delictivos.

Frente a este y otros tipos de delitos que no se consideran tan graves, podría establecerse medidas de privación de la libertad alternativas:

  • Atención diaria de los infractores ante equipos municipales de seguimiento y resocialización en espacios abiertos,
  • Restricción de la libertad en las noches, los fines de semana u
  • Otras modalidades en establecimientos de baja seguridad y costo. Estos establecimientos podrían ser financiados por algunas alcaldías, adecuando casas grandes, edificios o edificaciones públicas que se han dejado de utilizar. Y esta medida además ayudaría a reducir el hacinamiento las cárceles y a lograr procesos verdaderos de resocialización.

Finalmente, muchos de los casos de homicidios y lesiones con armas cortopunzantes se producen en medio de riñas porque los ciudadanos no saben resolver las diferencias y conflictos de manera pacífica. Y otra vez: este problema no se resuelve decomisando las armas, sino cambiando los comportamientos de la ciudadanía y ahí la tarea es dispendiosa.

*Sociólogo de la Universidad Nacional, experto en seguridad ciudadana.

 

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1 Comentario

Anónimo agosto 27, 2023 - 9:56 am

Soy una mujer y Me ciento vulnerable desprotegida intimidada y aterrorizada xq el pasado sábado 5 de agosto del 2023 fuy atacada el señor José santos diaz moreno con un harma blanca (macheta) en horas de la mañana yo me dirijia a mi casa cuando el señor me machetio y me cortó en 5 ocasiones y de las cuales me cojieron 9 puntos en el hospital y de el hospital pase ala fiscalía de cumaral a poner la denuncia y no a pasado nada y el sábado 19 de agosto tuve que llamar a la policía para q vinieran ya q el man estaba borracho y con la misma macheta con la q me machetio el 5 de agosto con esa misma estaba allá desafiandome esperando que yo pasará por allá para matarme

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