
En medio de su grave crisis económica, El Cerrejón fue cuestionado por la ONU y por la Corte Constitucional por la contaminación y el alto riesgo de COVID-19 para la comunidad indígena de la Guajira.
Luis Álvaro Pardo*
Las crisis de El Cerrejón
El Cerrejón se enfrenta a una de la peores crisis de su historia: la demanda mundial de carbón se ha reducido, los precios siguen siendo bajos, los planes de expansión están paralizados, un socio que quiere salir del negocio y hace ya un mes sus trabajadores se fueron a la huelga.
A lo anterior vino a sumarse la solicitud formal de la ONU para que El Cerrejón suspenda actividades en uno de sus frentes de trabajo, y la solicitud adicional al Gobierno colombiano para que cumpla los mandatos de la Corte Constitucional encaminados a evitar los impactos de la minería sobre la comunidad y la propagación de la COVID-19.
En efecto: dada la correlación significativa entre contaminación del aire, escasez de agua y contagio, el relator especial de la ONU sobre derechos humanos y medio ambiente solicitó la suspensión temporal de actividades en Tajo Patilla, ubicado a menos de dos kilómetros de la comunidad wayúu Provincial.
“La ciencia es clara: las personas que viven en las zonas que presentan niveles más altos de contaminación del aire —como la de los alrededores de la mina de El Cerrejón— se enfrentan a un mayor riesgo de muerte prematura por COVID-19”, dice David Boyd, relator especial del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.
La COVID y la huelga
El Decreto 457 de 2020 autorizó al sector minero para proseguir sus actividades en medio de la pandemia.
Pero según el Sindicato de Trabajadores de la Industria del Carbón (Sintracarbón), más de 300 trabajadores se han contagiado de COVID-19 y cuatro han muerto, pese a los protocolos diseñados por la compañía para evitar la propagación en espacios laborales.
Según el Instituto Nacional de Salud (INS), además de los 300 trabajadores, la pandemia ha afectado a 416 indígenas wayúu. Según la ONIC los muertos son muchos más, pero al no conocerse el resguardo al cual pertenecen, el Gobierno no los tiene en cuenta.
La huelga de trabajadores comenzó el 31 de agosto y sin posibilidades de acuerdo en el corto plazo; según Sintracarbón, los turnos impuestos por El Cerrejón contradicen los derechos adquiridos en anteriores convenciones: “pasar de jornadas de dos días de trabajo por uno de descanso (2 × 1) (2×3) y (4×4) a turnos de 7 días seguidos por 3 o 4 de descanso (7 × 3 o 7 × 4) tiene demasiadas implicaciones sobre la vida y la familia de los trabajadores; el agotamiento físico y sicológico puede elevar la accidentalidad […]. Por eso, los llamamos los turnos de la muerte”, dijo uno de los líderes sindicales.
A corto plazo, el cambio en los turnos de trabajo podría desencadenar el despido de más de mil trabajadores: una estrategia para reducir la compañía y, de esa manera, adaptarse a las duras condiciones del mercado internacional.
Los precios de carbón han caído; además, los países consumidores siguen un proceso de descarbonización, como resultado del Acuerdo de París y la lucha contra el cambio climático.
En 2019, El Cerrejón extrajo 30 millones de toneladas de carbón; en 2020, esta cifra podría bajar a 25 o 26 millones este año. Este es un duro golpe para quienes esperan de la minería un impulso reactivador para la maltrecha economía colombiana, más si se tiene en cuenta que las minas de CNR y Prodeco —en el Cesar— también están paralizadas.

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El fallo de la Corte Constitucional
Este no es un problema coyuntural: desde hace varios años El Cerrejón enfrenta litigios ambientales y movilizaciones, y sentencias de la Corte Constitucional —por ejemplo, sobre el arroyo Bruno, la ampliación de Puerto Bolívar, denuncias por contaminación de agua y aire, e impactos sobre la flora y fauna—.
Mediante su Sentencia T-614 de 2019, la Corte Constitucional acogió la tutela interpuesta por miembros del resguardo wayúu Provincial contra El Cerrejón y todas las entidades públicas nacionales y departamentales involucradas en explotación minera en La Guajira.
El Cerrejón argumentó que la operación cumple con los más altos estándares, incluyendo los límites nacionales e internacionales de concentración de partículas; por lo tanto, sus operaciones no representarían un riesgo para la salud.
Aun así, la Corte Constitucional solicitó estudios relacionados con la calidad del aire y el agua a Corpoguajira, a la Agencias Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), a varias universidades y ONG; su conclusión: “La sala encontró que la comunidad de Provincial se encuentra en una grave situación de riesgo, como producto de la dispersión continua de material particulado y polvillo de carbón, que se desplazaba desde la mina hasta el interior de sus hogares”.
La concentración de material particulado sí supera los límites nacionales e internacionales; aún más, el suelo y los cuerpos de agua aledaños están contaminados, junto con la fauna y flora. Estos químicos causan diversas enfermedades a la comunidad, señala la sentencia.
A partir de estos hallazgos, la Corte insistió en los criterios constitucionales para proteger a las comunidades afectadas: la justicia ambiental y el principio de precaución. Además, señaló que las entidades ambientales no han actuado ante sentencias anteriores y ordenó a El Cerrejón que tome medidas para prevenir y mitigar los riesgos para la comunidad.
La comunidad wayúu esperaba que la Corte Constitucional ordenara cerrar Tajo Patilla. Como El Cerrejón y otras entidades incumplieron las órdenes de la Corte, la comunidad acudió ante la ONU, argumentando la contaminación del aire y el agua, así como el riesgo de contagio por COVID-19.
Cerrejón Limited —conformada por las compañías AngloAmerican, BHP y Glencore— señaló que, pese a la pandemia y a la huelga de trabajadores, avanza en el cumplimiento de la sentencia y está tomando medidas para emitir menos polvo.
La posición del Gobierno
En consecuencia, el relator especial solicitó a la empresa suspender las operaciones del Tajo Patilla y cumplir los fallos de la Corte Constitucional; no se ha cumplido ninguno de estos mandatos.
En respuesta, la Cancillería señaló que los comentarios del relator especial fueron apresurados: “No es admisible que se realicen afirmaciones y recomendaciones en medios de prensa, de manera prematura y sin elementos de juicio suficientes sobre una situación que merece un análisis cuidadoso y que se concreten las averiguaciones correspondientes sobre todos los hechos denunciados”.
La Cancillería desconoce que la comunidad wayúu ha denunciado por décadas la contaminación, la escasez de agua y otras violaciones de los derechos al ambiente sano y a la seguridad alimentaria. Tampoco tiene en cuenta que la Corte Constitucional en sentencias recientes ha amparado los derechos de los wayúu:
- Sentencia C-704 de 2016 (ampliación de Puerto Bolívar);
- Sentencia SU-698 de 2017 y Auto 419 de 2017 (arroyo Bruno);
- Sentencias T-614 de 2019 y T-302 de 2017, que determinó el estado generalizado de vulneración de los derechos fundamentales del pueblo wayúu.
Pero estas decisiones judiciales apenas se han tenido en cuenta.
Organizaciones sociales como CAJAR y la comunidad wayúu reclaman porque los mandatos de la Corte Constitucional no se cumplen o se cumplen a medias. “En público, Cerrejón habla de que cumple todos los estándares con creces, pero otra cosa es lo que vemos en el territorio: hacen lo que quieren”, dijo una líder gremial que pidió reservar su nombre por razones de seguridad.

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Los daños ambientales
La Corporación Terrae analizó datos diarios y anuales de concentración de PM10: en los periodos estudiados, El Cerrejón cumple con los límites establecidos por la Resolución 2254 de 2017, pero “existe un claro incumplimiento de los estándares internacionales enunciados por la OMS”; Provincial es uno de los sitios con niveles más críticos de contaminación.
Terrae explica que los límites permisibles nacionales son inexplicablemente superiores a los internacionales; esto explica la contaminación del aire y los daños a la salud de las comunidades y apenas desde 2017 empezaron a medir el PM2.5; La Corte Constitucional ordenó que los límites internacionales se tengan en cuenta, pero las autoridades ambientales no se han adaptado a estos estándares.