Berrinches contra los jueces - Razón Pública
Inicio TemasPolítica y Gobierno Berrinches contra los jueces

Berrinches contra los jueces

Escrito por José Gregorio Hernández

jose gregorio hernandez galindoEl lamentable espectáculo de un Presidente que controvierte, iracundo, las decisiones de los jueces por los canales de la televisión, no tiene antecedentes en la historia de Colombia.

José Gregorio Hernández Galindo *

No juzgar sin conocer

No he seguido, como sí lo han hecho el abogado defensor, la Fiscalía, la Procuraduría y por supuesto la juez Stella Jara, los pormenores del proceso penal adelantado contra el coronel (r) Alfonso Plazas Vega. Por tanto sería irresponsable de mi parte entrar a resolver aquí si es justa o injusta la sentencia mediante la cual se le condenó a treinta años de prisión por su responsabilidad en la desaparición de once personas que salieron vivas del Palacio de Justicia tras las violentas acciones de su toma por el M-19 y su recuperación por parte del Ejército, el 6 y 7 de noviembre de 1985. Además, considero que se debe respetar el ámbito funcional de los jueces, y que, si bien algunos columnistas se han aventurado a despachar en un escrito de dos cuartillas el análisis del material probatorio en que se sustentó la providencia -allá ellos-, no está bien asumir el papel de juez de los jueces para descalificar o encomiar sus decisiones sin haber estado cerca del proceso.

Esta es ocasión propicia para afirmar que las providencias judiciales se deben discutir en los estrados y dentro de los procesos. Si alguien estima, por ejemplo, que la sentencia de la juez Jara se encuentra mal fundamentada desde el punto de vista probatorio, o que aplicó indebidamente las normas penales en vigor, que calificó erróneamente la conducta del procesado, que desconoció su derecho de defensa o sus garantías procesales, o que fue desproporcionada al momento de tasar la pena, bien puede alegarlo mediante el uso oportuno de los recursos ordinarios y extraordinarios que se encuentran definidos en la normatividad.

Lo que se ha hecho en este caso, comenzando por el Presidente de la República, no ha sido otra cosa que reaccionar emocionalmente ante los micrófonos para atacar a la funcionaria judicial por el sentido de la decisión adoptada, sin conocer el expediente, y sin debatir en Derecho sus argumentos, con el grave efecto de convertirla automáticamente en "enemiga de las instituciones y de las Fuerzas Armadas", y en objetivo militar de organizaciones delictivas de extrema derecha, que ya la han amenazado. Ha declarado ella que, tras el fallo y los acontecimientos de los últimos días, se ve obligada a salir del país[1].

El pez muere por la boca

Desde el punto de vista institucional, es sencillamente deplorable la actitud del presidente Uribe, tanto en este caso como en otros recientes, por ejemplo, el de la detención de Mario Aranguren, ex director de la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero (UIAF), o respecto de varios conceptos negativos de la Corte Suprema en materia de extradición. Hay que decirlo con toda franqueza: esa actitud no es la de un demócrata, ni corresponde al juramento prestado al posesionarse: "Juro a Dios y prometo al pueblo cumplir fielmente la Constitución y las leyes de Colombia" (Artículo 192 de la Constitución).

El artículo 188 de la Carta Constitucional proclama que el Presidente de la República simboliza la unidad nacional, y al jurar el cumplimiento de la Constitución y de las leyes, "se obliga a garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos".

El artículo 201 de la Constitución establece que, en relación con la Rama Judicial, al gobierno le corresponde, "1. Prestar a los funcionarios judiciales, con arreglo a las leyes, los auxilios necesarios para hacer efectivas sus providencias".

Pues bien. Lo que hace el presidente Uribe es lo contrario: descalifica las providencias judiciales; solamente acepta las que son favorables al gobierno; exige que los conceptos de la Corte Suprema, antes de ser emitidos, sean consultados con el Ejército; desafía a jueces y fiscales; y pretende sujetar el sentido de las sentencias a su personal concepto y a su voluntad, ignorando por completo la separación de funciones, la majestad de la justicia y la intangibilidad de los fallos. Muy seguramente, el presidente tiene la convicción errónea de que, como es el Jefe del Estado, los magistrados, los fiscales y los jueces son sus subalternos, y que le deben obediencia.

De otra parte, el Presidente -quien, a juzgar por sus actos, no ha abandonado la tesis del "Estado de opinión" con el que ha querido sustituir el Estado de Derecho- tiene la mala costumbre de prodigarse en los medios de comunicación electrónicos para controvertir allí las providencias judiciales, sin ningún rigor jurídico y sin el recato propio de su cargo. Ello implica someterlas injustamente a la crítica de auditorios que ignoran sus antecedentes y sus contenidos, mostrando a los jueces como subversivos.

Estas cosas… ¿dan ganas de llorar?

Pero hay algo más. Con arrojo digno de mejor causa, no vacila en exponer novedosas doctrinas jurídicas de creación suya o de sus consejeros, como la que presentó esta semana en apoyo a su propuesta de dictar leyes especiales para el juzgamiento de militares y en relación con el concierto para delinquir (léase "parapolítica"): "Cuando hay buena fe y patriotismo no hay espacio para el dolo", dijo el Presidente, y "se excluye totalmente el delito". Una nueva causal de justificación de la conducta punible, que no se encuentra en el ordenamiento ni en la jurisprudencia, pero que significaría excusar delitos tan graves como los "falsos positivos" si los procesados alegan que estaban pensando en la patria cuando asesinaban a los jóvenes de Soacha. También podrían quedar impunes las "chuzadas" sin orden judicial y los seguimientos ilegales a los magistrados, dado el "patriótico" propósito de verificar si de pronto estaban "tramando" en Sala alguna sentencia contra el Ejecutivo.

El jueves 10 de junio en la noche, el Presidente apareció en todos los canales de televisión, interrumpiendo la programación normal, rodeado del Ministro de Defensa y de los altos mandos militares y de policía, y dedicó por completo esa inusual alocución -reservada en el imaginario colectivo para momentos de extrema gravedad, o para el anuncio de trascendentales decisiones- a descalificar el fallo dictado por la juez Stella Jara en el caso del coronel (r) Plazas Vega. Algo muy parecido a un golpe de Estado, como lo señaló acertadamente Daniel Samper[2]. Y eso era en realidad, si se tienen en cuenta el temor y la amenaza implícitos en la imagen, en especial por la presencia militar, en lo que pareció una declaración de guerra contra la administración de justicia.

Allí, entre otras cosas, dijo el Presidente: "El Gobierno invita a los órganos del Estado y a todos los colombianos a pensar en una legislación que rodee de garantías a las Fuerzas Armadas en el marco de su debida eficacia y absoluto respeto a los Derechos Humanos". Y añadió: "Una nueva legislación debe ser rigurosa en la exigencia de probar el dolo para asignar responsabilidad a coautores mediatos tanto por acción como por omisión; también como elemento esencial del concierto para delinquir".

Impunidad como norma de conducta

Al respecto, sin perjuicio de que la propuesta presidencial se estudie con seriedad para evitar que los fallos se dicten atribuyendo responsabilidad penal o disciplinaria por meras inferencias o a partir solamente de indicios -en mi ejercicio profesional he visto varios casos-, lo cierto es que el sistema jurídico vigente contiene todos los elementos que, bien aplicados, aseguran el debido proceso, la presunción de inocencia, el derecho de defensa, el derecho a la prueba y las garantías procesales, y que si hay injusticias en casos concretos ellas no provienen de la falta de normas jurídicas al respecto, sino de fallas humanas en los procesos singularmente considerados. De ahí que se puedan corregir mediante el uso de recursos, y en casos de extrema gravedad mediante la acción de tutela contra providencias, por vías de hecho, según la jurisprudencia de la Corte Constitucional.

En lo que no podemos caer es en la introducción de disposiciones que procuren la impunidad, o que obstaculicen la función judicial cuando se trata de castigar crímenes de lesa humanidad, ni en la extensión del fuero militar a situaciones de esa naturaleza, por cuanto esto iría en contra de la tendencia jurídica universal que pretende un sólido sistema de protección de los Derechos Humanos. No debemos retroceder en el camino que se emprendió hace años, de una celosa y cada vez más estricta protección de los Derechos Humanos, ni en el juzgamiento y ejemplar sanción a los responsables de su violación en cualquier tiempo.

Ahora bien, en lo referente a las relaciones, que según la Carta Política deberían ser de armónica colaboración, entre la rama Ejecutiva y la Judicial, las cuales están hoy en su peor momento no sólo por las insólitas manifestaciones presidenciales sino por declaraciones desaforadas del Ministro del Interior y Justicia y del Ministro de Defensa -el mal ejemplo cunde-. Hago votos porque el próximo Presidente, en beneficio del Estado de Derecho, se comprometa a restablecer la normalidad, superando las rencillas, los rencores y las actuales modalidades de irrespeto y desacato hacia los jueces, y volviendo al ejercicio reposado y sereno del cargo de mayor responsabilidad dentro de nuestra organización democrática.

En lenguaje deplorable

Las palabras de la Corte Suprema de Justicia al respecto[3] son muy precisas, y no deben pasar desapercibidas, dada la desinstitucionalización propiciada por el lamentable proceder de la cabeza del Ejecutivo:

"La Corte Suprema de Justicia, ante los acontecimientos de los últimos días, manifiesta:

Que la independencia judicial es un principio fundamental de todo Estado democrático, que implica un derecho y una garantía de la sociedad para acceder a una justicia imparcial.

Que las decisiones judiciales deben ser respetadas por todas las autoridades y por todos los ciudadanos, sin perjuicio de los recursos previstos en la ley; por tanto, es impropio descalificarlas o controvertirlas por medios diferentes a (sic) los previstos en el orden jurídico. Con preocupación observa la Corte que las decisiones de jueces y fiscales vienen siendo descalificadas por otras autoridades públicas en lenguaje deplorable, con grave peligro para la institucionalidad, para la supervivencia del estado social de Derecho y para la vida de integridad de los funcionarios.

Por lo anterior, decide:

Rechazar públicamente las expresiones inapropiadas, las disposiciones y las interferencias indebidas a la autonomía judicial.

Reclamar enérgicamente de las demás ramas del poder público la sensatez y la defensa del Estado de Derecho, de la independencia judicial y del sistema jurídico colombiano.

Solicitar a la sociedad colombiana, defender sus instituciones y manifestarse en apoyo a sus jueces que son el cimiento de la democracia.

Hacer un llamado a la comunidad internacional para que rodee con su apoyo y solidaridad a la judicatura colombiana, que una vez más viene siendo agredida por el ejercicio de sus funciones, e

Instar al Gobierno Nacional al cumplimiento de las recomendaciones que ya han sido impuestas por los relatores internacionales".

Para finalizar, debo repetir lo siguiente:

"No resulta honroso para la democracia colombiana, ni para la imagen internacional del Gobierno, que los jueces y fiscales tengan que adelantar una marcha y una suspensión de actividades para reclamar al Presidente de la República y a otros funcionarios el respeto que merecen la administración de Justicia y las decisiones judiciales".[4]

Si la sal se corrompe…

"Según la Constitución, los jueces son independientes; gozan de una autonomía funcional cuando resuelven sobre los casos a ellos sometidos, y, si alguien discrepa del sentido de una providencia, o si tiene motivos para contradecirla, el sistema jurídico proporciona medios para ventilar esas diferencias: los recursos ordinarios y extraordinarios. Dentro de la misma estructura de la rama judicial se puede llegar a la revocación o modificación de las decisiones, si bien a ello debe arribarse sólo con base en razones de Derecho, y no por la presión externa, ni por virtud de la furia televisada de un servidor público inconforme con determinado fallo.

Existiendo esas posibilidades, garantizadas por la Constitución y por la ley, frente a cualquier determinación de un juez o de un fiscal, que caben perfectamente dentro del necesario criterio de respeto hacia la majestad de la justicia, es absolutamente incomprensible que se prefiera el camino de la diatriba, la ofensa y el descrédito de los funcionarios judiciales. Menos todavía es aceptable que sea precisamente la cabeza del Ejecutivo la que, sin ninguna prudencia, rompa las reglas existentes y pretenda forzar decisiones creyendo que ocasiona temor o que inspira reverencia" .[5]

Si el Jefe del Estado y sus ministros se rebelan contra las sentencias de los jueces y utilizan conductos irregulares para controvertirlas ¿qué se puede esperar del ciudadano común?

 *Miembro fundador de Razón Pública. Para ver el perfil del autor, haga clic aquí. 

Notas de pie de página 


[1] "Una condena que encendió 25 años de polémica" En: El Tiempo, 13 de junio de 2010, pp. 1-2 y 1-3.

[2] "Golpe de Estado… y de estadio" En: El Tiempo, 13 de junio de 2010; Daniel Samper P., p. 1-17

[3] Corte Suprema de Justicia. Comunicado del 18 de junio de 2010.

[4] Hernández, José G., "El irrespeto a los jueces". En: El Nuevo Siglo, Columna: "Certidumbres e inquietudes", Bogotá 9 de junio de 2010.

[5] Ibid

 

Artículos Relacionados

Dejar un comentario

*Al usar este formulario de comentarios, usted acepta el almacenamiento y manejo de sus datos por este sitio web, según nuestro Aviso de privacidad

Este sitio web utiliza cookies para mejorar tu experiencia. Leer políticas Aceptar

Política de privacidad y cookies