“Amnistía general”: ¿estrategia uribista o posibilidad de entendimiento? - Razón Pública
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“Amnistía general”: ¿estrategia uribista o posibilidad de entendimiento?

Escrito por Álvaro Villarraga
Alvaro Villarraga Razón Pública

En su presentación ante la Comisión de la verdad, el expresidente Uribe propuso una “amnistía general”. ¿Qué hay detrás de la propuesta y qué podría ser factible?

Álvaro Villarraga Sarmiento*

La idea y las reacciones

El expresidente Álvaro Uribe participó con resistencia de una reunión con la Comisión de la Verdad y aprovechó la oportunidad para justificar sus actuaciones cuestionadas por muchos, negar la legitimidad del Acuerdo de la Habana y de las instituciones derivadas de él (incluyendo a la propia Comisión) y proponer una “amnistía general”.

El líder de la oposición, Gustavo Petro, apoyó la posibilidad de este tipo de propuesta, pero a condición de establecer compromisos con la verdad y los derechos de las víctimas. Uno de los líderes de la Coalición de la Esperanza, Juan Fernando Cristo, consideró que la discusión es válida, pero con compromisos como la “restitución de bienes despojados a víctimas y verdad, reconocimiento y arrepentimiento de victimarios. De todos”.

El senador Iván Cepeda declaró que los “crímenes contra la humanidad no son amnistiables y la verdad es una condición insoslayable”. Y el senador del Partido Comunes, Carlos Antonio Lozada, afirmó que esta propuesta: “evidencia(sic) que cada vez más el exsenador (Uribe) siente los pasos de la justicia… y por eso busca […]  garantizar la impunidad de él y sus copartidarios en la responsabilidad por crímenes gravísimos que se cometieron durante los ocho años en que él fue el comandante supremo de las fuerzas armadas”.

Por su parte, el padre Francisco De Roux, presidente de la Comisión de la Verdad, dijo que “la propuesta… parece armonizante y coherente con una paz más grande en Colombia (…) En la que realmente encontremos salidas que no sean militares y violentas para que este país pueda caminar hacia la reconciliación de los colombianos”.

Tres consideraciones  

Para evaluar esta propuesta, me anticipo a resumir las tres grandes conclusiones del análisis jurídico e histórico que presento en este artículo, así:

  1. Las amnistías aplicadas por el Estado colombiano a las guerrillas y los instrumentos de sometimiento a la justicia a paramilitares y narcotraficantes, excluyeron a los responsables de graves violaciones a los derechos humanos. No fueron amnistías generales o incondicionales con las guerrillas y tuvieron limitaciones con actores armados de naturaleza no insurgente.
  2. Uribe aceptó amnistías e indultos limitados para los integrantes de las guerrillas en acuerdos de paz y desertores de ellas de forma individual, pero de forma equivocada ha pugnado en repetidas ocasiones por otorgar beneficios que rayan en la impunidad para los agentes estatales, paramilitares y actores sociales involucrados en graves violaciones de los derechos humanos. Esto causó rechazo político en el pasado y resultaba inviable jurídicamente.
  3. Las iniciativas hacia la consolidación de la paz y la ambientación de la reconciliación son válidas, pero para eso no es posible una “amnistía general” para los responsables de graves, masivas y sistemáticas violaciones, sino otros instrumentos de sometimiento que exijan reconocer los derechos de las víctimas.

Las amnistías ayudan a la paz  

La amnistía es una figura jurídica que otorga perdón judicial a quienes participaron en la guerra.

Para las guerras de carácter “no internacional”, el Protocolo II de Ginebra establece que “a la cesación de las hostilidades, las autoridades en el poder procurarán conceder la amnistía más amplia posible a las personas que hayan tomado parte en el conflicto armado o que se encuentren privadas de libertad, internadas o detenidas por motivos relacionados con el conflicto”.

El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), intérprete oficial de los instrumentos del derecho internacional humanitario, explica que “la amnistía es competencia de las autoridades. Se trata de un acto de poder legislativo que borra un hecho punible, detiene las diligencias y anula las condenas”.

Amnistías limitadas

Pero las amnistías en Colombia relacionadas con los procesos de paz con las guerrillas históricamente recientes, han excluido a los implicados en graves violaciones; en el marco del “conflicto armado interno” aún vigente en cierto grado:

El gobierno Betancur expidió la Ley 35/1982 que dio amnistía a 2000 integrantes de las guerrillas durante el proceso de paz con las FARC EP, el EPL y el M-19.

El gobierno Barco expidió la Ley 77/1989 que dio lugar a amnistías e indultos para más de 4000 excombatientes, tras la firma de la paz con el M-19, el EPL, el PRT, el MAQL y varias organizaciones milicianas de Medellín.

Lo mismo hizo el gobierno Gaviria con el Decreto 1384/1994 que otorgó indulto entre 1994 y 2002 a más de 2000 excombatientes desertores de guerrillas.

La Ley 1820/2016 benefició con amnistía a la mayoría de los más de 13 000 excombatientes de las FARC acogidos al acuerdo de paz. Las personas excluidas por cometer graves violaciones debían comparecer ante la JEP con la opción de penas alternativas bajo la condición de “verdad completa” y acciones de reparación a las víctimas.

Incluso el gobierno Uribe expidió el Decreto 128/2003 de “desmovilización individual” al que se acogieron más de 20.000 personas durante dos décadas. Sin embargo, la Procuraduría discutió este decreto porque exigía a los beneficiados colaborar “en acciones de desmantelamiento” de las organizaciones guerrilleras de las que provenían, algo que contraviene el derecho humanitario.

Uribe también expidió la Ley 1424/2010, que benefició con la libertad a la mayoría de los paramilitares desmovilizados con la misma exclusión de los casos anteriores, a condición de contribuir a la verdad y la reparación de las víctimas.

La Ley 975/2005, para las desmovilizaciones de las AUC, permitió el acogimiento a la justicia de más de 4 000 exparamilitares responsables de graves violaciones, una ley que les concedió beneficios penales condicionados a algunos compromisos con los derechos de las víctimas.

Durante el gobierno Santos, también se estableció la comparecencia ante la JEP de los miembros de la fuerza pública, con normas diferenciadas y proporcionales, que permiten penas alternativas condicionadas a la revelación de la verdad y la reparación de las víctimas.

Lamentablemente, el Congreso le quitó a la JEP la facultad de obligar a comparecer a los terceros responsables y la convirtió en un acto voluntario. Por eso son pocos quienes comparecen y lo hacen por conveniencia ante excepcionales actuaciones de la justicia ordinaria que les impondría penas más altas.

Qué hay detrás de la propuesta   

En su primer gobierno, Uribe tramitó dos proyectos de ley que no incluían penas efectivas para los paramilitares desmovilizados ni exigencias claras relativas a los derechos de las víctimas. Esto se solucionó gracias a los organismos internacionales, los debates de opositores políticos, las exigencias de las organizaciones de derechos humanos y la Sentencia 370/2006 de la Corte Constitucional.

En su segundo mandato expidió la Ley 1312/2009, que otorgó beneficios en condiciones de impunidad y favoreció a los paramilitares que no se acogieron a la Ley 975. Pero la Corte declaró esa nueva ley inconstitucional.

Como senador, Uribe promovió sin éxito tres proyectos de ley contra el marco jurídico del Acuerdo con las FARC:

  1. Otorgar libertad a militares implicados en graves violaciones al cumplir cinco años de prisión;
  2. Crear un tribunal para dichos militares en condiciones de impunidad;
  3. Debilitar la autonomía y las facultades de la JEP; proyecto presentado por Duque y derrotado en Senado y Cámara en 2019.

En la reunión con la Comisión de la Verdad el expresidente afirmó que se necesita “una amnistía general, […] borrón y cuenta nueva”, o habría un “desbalance” jurídico a favor de los exintegrantes de las FARC.

Pero eso no le bastó, pues también propuso beneficios penales amplios para los miembros de la fuerza pública, exparamilitares y sectores de la delincuencia común, sin aludir a los compromisos con la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición por parte de los beneficiados.

Uribe afirma que la JEP debe acabarse y que los congresistas de las FARC deben perder sus curules y pagar pena de cárcel, pero aboga para que militares y paramilitares que aún tienen procesos pendientes tengan impunidad. También calla sobre la impunidad de los terceros, excluidos de la competencia de la JEP.

La inviabilidad de la amnistía general

Ante el predominio de la impunidad en Colombia, existen algunos desarrollos positivos en la Constitución de 1991, varias reformas penales y la contribución referida de amnistías, indultos y normas de sometimiento a la justicia.

El sistema previsto en La Habana contribuye a esclarecer la verdad, recuperar la justicia, reparar y garantizar la no repetición. Sería equivocado invalidar este avance con una “amnistía general” que implicaría un nuevo marco legal para los integrantes del conflicto. Esto choca con el derecho internacional de los derechos humanos después de entrar en vigencia el Estatuto de la Corte Penal Internacional en 2001, que prohibió amnistiar  a los responsables de crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidio.

Foto: Flickr - El expresidente aprovecho la oportunidad para justificar sus actuaciones, proponer una “amnistía general”.

El gobierno Duque

El CICR reconoce que las amnistías favorecen la reconciliación. Existen dispositivos legales para que las agrupaciones disidentes se acojan a la legalidad y la justicia. Además, pueden desarrollarse nuevas iniciativas que garanticen los derechos humanos y la reparación de las víctimas.

Pero parece que el gobierno Duque será el único desde los 80 que no avanzará en el proceso de paz. Este gobierno tampoco tendría un proceso de sometimiento colectivo a la justicia en el marco del conflicto.

Queda pendiente entonces la búsqueda de un acuerdo con el ELN que implicaría una amnistía a sus integrantes, con excepción de los principales responsables de graves infracciones humanitarias, que podrían tener igualmente tratamiento con figuras transicionales.

En resumen, cuando el respaldo del uribismo tiende a debilitarse y Uribe es acosado por los procesos judiciales, la propuesta de beneficios penales generalizada puede favorecer el entorno de sus aliados y su propia situación. También llama la atención la respuesta de los diversos sectores de oposición, que aceptan su propuesta como posible insumo hacia la paz, pero rechazan la impunidad y la negación del Acuerdo de Paz y los derechos de las víctimas.

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