Bajo el disfraz de una Ley Estatutaria que reglamenta la objeción de conciencia se pretende revivir el derrotado proyecto de reforma constitucional que castigaba el aborto aún bajo las circunstancias más extremas. Un análisis crítico de esta otra propuesta y del movimiento fundamentalista que la está impulsando.
Mónica Roa * Santiago Pardo**
Vuelve y juega
En la pasada edición de esta revista, Dalén, Guzmán y Noguera examinaron el proyecto de Acto Legislativo que pretendía criminalizar el aborto bajo cualquier circunstancia, y señalaron cómo esa reforma habría violado derechos fundamentales, además de tratados suscritos por Colombia, y habría tenido graves consecuencias prácticas. Enterrado el proyecto en el primer debate, sus defensores se apresuraron a anunciar que seguirían promoviéndolo, y de hecho en silencio ya estaba en curso un plan B, que resucita la idea bajo el disfraz de “la objeción de conciencia”.
Es el segundo round, o por lo menos son los golpes no visibles del primero. Por eso en este texto nos referimos de nuevo al debate en el Senado y analizamos el alcance de las propuestas nuevas o de las fórmulas alternativas que empiezan a emerger para criminalizar, sin excepciones el aborto y otros derechos reproductivos… Sin duda, vendrán otros rounds.
Parte de victoria y parte de alerta
Con el hundimiento del proyecto de acto legislativo 06 de 2011 tuvimos una nueva señal de que tal vez Colombia sí tiene esperanzas de llegar a ser el país soñado en la Constitución del 91. Por encima de las presiones del procurador, de las imposiciones morales y los argumentos poco rigurosos, triunfaron el Estado laico, el respeto a los derechos y la institucionalidad. Vimos un Congreso que por primera vez desde que comenzó a discutir el aborto, hace más de 35 años, se tomó en serio el debate, vimos bancadas que tomaron posiciones claras, y vimos senadores que se la jugaron por defender un derecho que nadie quiere nunca tener que usar.
Pero en medio del alivio de ver hundido este proyecto, surgen muchas inquietudes.
-La movilización promovida por la iglesia católica, el partido conservador y el procurador Ordoñez indica el poder que sigue teniendo esta esquina del espectro ideológico.
-La defensa del proyecto en la Comisión Primera se caracterizó por la exageración y el amarillismo. Testimonios que hablaban de conspiraciones internacionales contra Colombia, el supuesto machismo del aborto, un video que escandaliza y tergiversa, y el pretendido apoyo de varios millones de firmas (que nunca fueron debidamente auditadas) fueron los principales argumentos de quienes proponían la reforma.
Preocupa que en Colombia se recojan firmas -para lo que sea- a la salida de las iglesias. Indigna que en programas de radio y sin ningún pudor haya políticos haciendo alarde de su misoginia. Alarma un procurador que sabotea derechos que tiene la obligación de garantizar, sin que nadie lo controle. Duele lo poco que importan las personas cuando de defender embriones se trata.
Pataleta
Tras el voto final de 9 contra 7, las reacciones de los derrotados no se hicieron esperar, e incluyeron arengas en las gradas, insultos a los senadores que se opusieron al proyecto (especialmente a la senadora Karime Mota) y el anuncio de que “los defensores de la vida” promoverán un referendo contra el aborto y la eutanasia.
Estas reacciones ponen de bulto una contradicción elocuente en el discurso conservador. Según este partido, la despenalización parcial del aborto por parte de la Corte Constitucional carecía de legitimidad porque el poder judicial, al no estar avalado por elecciones democráticas, no tenía la capacidad para decidir sobre estos asuntos; pero ahora que el poder legislativo –ante quienes ellos mismos presentaron su iniciativa- hundió el proyecto, vuelven a objetar la legitimidad del proceso y mediante un discurso populista, insisten en un nuevo escenario donde puedan, con sus alegadas mayorías, aplastar los derechos reproductivos y el Estado laico.
El Plan B
Sin embargo, el verdadero “plan B” ideado por el procurador, ya cursa silenciosamente en la Comisión Primera de la Cámara. Se trata del proyecto de ley estatutaria (el 022 del 2011) que reglamenta la objeción de conciencia. Este texto incorpora en forma velada algunos términos que resultan problemáticos, desconoce de fondo la jurisprudencia de la Corte Constitucional acerca de la objeción de conciencia y busca hacer imposible la exigencia de los derechos sexuales y reproductivos.
El proyecto acepta abiertamente la objeción de conciencia institucional, que se ha constituido en serio obstáculo para acceder a servicios de interrupción voluntaria del embarazo, y que parte del imposible jurídico de admitir que las personas jurídicas tienen una conciencia definida y pueden hacer o dejar de hacer a partir de los juicios que se desprenden de la misma. El proyecto incluso les otorga a estas personas jurídicas la facultad de sancionar a los empleados que se aparten del “ideario institucional”, eliminando así la verdadera libertad de conciencia.
El proyecto, elaborado por la procuradora delegada Hoyos e impulsado por la bancada conservadora, acepta además la objeción de conciencia en los ámbitos:
- farmacéutico, o sea permitir que el vendedor de una droguería se abstenga, entre otras cosas, de suministrar métodos anticonceptivos.
- educativo (por ejemplo, negarse a impartir cátedras de derechos sexuales y reproductivos),
- de investigación científica (¿no es una contradicción en los términos?) y
- en el ejercicio de funciones públicas (contraviniendo el principio constitucional que establece que los servidores del Estado deben actuar conforme a derecho).
La idea conservadora llega al extremo de permitir la objeción de conciencia ejercida por los representantes legales a nombre de los menores de edad, sin tener en cuenta la autonomía que la jurisprudencia le ha reconocido a estos últimos [1].
Este Plan B tiene la ventaja (o desventaja) de no despertar una reacción tan fuerte, puesto que esconde detrás de una institución libertaria que cualquier organización de derechos humanos defendería, los verdaderos intereses del proyecto, es decir dar carta blanca a todo aquel que no “comulgue” con los avances en materia de derechos reproductivos. Es pues, un riesgo igual o peor al que representó el malogrado proyecto de reforma constitucional.
Con todo, el proyecto conservador encontró en una institución emancipadora -la objeción de conciencia- el caballo de Troya para legalizar los obstáculos que las mujeres colombinas han tenido que sortear para ejercer libre y plenamente sus derechos sexuales y reproductivos.
Con el propósito de neutralizar esta iniciativa, la senadora Maritza Martínez presentó paralelamente otro proyecto de ley estatutaria (el 136 de 2011) que también busca reglamentar la objeción de conciencia. Su proyecto sí es respetuoso de los lineamientos constitucionales, por lo que deja sentada la otra esquina del debate. ¿Van los congresistas a caer en la trampa del procurador o seguirán demostrando que en esa instancia sí pueden darse discusiones serias y votaciones sensatas?
*Abogada colombiana, Directora de Programas de Women’s Link Worldwide.
**Abogado (2007) y magíster (2010) en Derecho de la Universidad de los Andes con un MSc in Law, Anthropology and Society (2011) de The London School of Economics and Political Science. Forma parte del equipo consultor de Women’s Link Worldwide
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